Decreto 49
Decreto 49 RENUEVA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN AMPLITUD MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE CONCEPCIÓN
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
RENUEVA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN AMPLITUD MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE CONCEPCIÓN
Santiago, 23 de marzo de 2016.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 49.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
f) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora;
g) La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que Fijó Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora;
h) El decreto supremo N° 1.468, de 06.08.1963, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, publicado en el Diario Oficial de 17.10.1964, y sus modificaciones, renovada por decreto supremo N° 135, de 21.07.1989, publicado en el Diario Oficial de 14.08.1989;
i) La resolución exenta Nº 4.129, de 25.10.2013, de la Subsecretaría, que aprobó las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Tercer Cuatrimestre de 2013.
Considerando:
a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial Nº 40.661, de 16.09.2013;
b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 97.898, de 03.12.2013;
c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum Nº 7/C, de 24.01.2014;
d) La resolución exenta Nº 4.755, de 29.12.2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada, para la localidad de Concepción, VIII Región, a Bío Bío Comunicaciones S.A.;
e) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión, y, en uso de mis atribuciones,
Decreto:
1.- Renuévese por un período de 25 (veinticinco) años, contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto, la concesión de radiodifusión sonora en amplitud modulada para la localidad de Concepción, VIII Región, otorgada mediante decreto supremo de la letra h) de los Vistos, a Bío Bío Comunicaciones S.A., RUT Nº 96.516.560-6, con domicilio en Libertador Bernardo O'Higgins N° 680, piso 3, comuna de Concepción, VIII Región, en adelante la concesionaria.
2.- Apruébense las especificaciones técnicas del proyecto técnico que sustentó la concesión original y sus modificaciones anteriores al concurso, ratificadas por la concesionaria en su presentación al concurso. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
3.- Facúltase a la concesionaria para continuar operando y explotando la estación de radiodifusión sonora en amplitud modulada, señal distintiva CC-62, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican:

4.- El presente decreto de renovación deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley.
5.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por la Contraloría General de la República.
6.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 26-MAY-2016
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26-MAY-2016 |
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