Decreto 117
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Decreto 117
Decreto 117 MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 532, DE 2015, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE RECTIFICÓ EL DECRETO N° 2.360, DE 2008, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN LA FORMA QUE INDICA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 532, DE 2015, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE RECTIFICÓ EL DECRETO N° 2.360, DE 2008, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN LA FORMA QUE INDICA
Núm. 117.- Santiago, 25 de abril de 2016.
Considerando:
Que, mediante el oficio Ord. N° 1.1103, de 30 de marzo de 2016, el Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales ha informado acerca de un error en la determinación de los puntos A y H de las coordenadas UTM, del polígono de protección de los límites del monumento histórico "Cerro Colo Colo", declarado como tal por el decreto N° 2.360, de 2008, y cuyos límites fueron rectificados mediante el decreto supremo N° 532, de 2015, ambos de esta Secretaría de Estado;
Que, en mérito de lo anterior se hace necesario modificar en la parte pertinente el citado decreto supremo N° 532, de 2015, así como también ordenar la rectificación de la información contenida en el plano que formó parte de dicho decreto; y
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la ley N° 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales; los decretos exento N° 2.360, de 2008, y supremo N° 532, de 2015, ambos del Ministerio de Educación; el oficio Ord. N° 1103/16, de 30/03/2016 del Vicepresidente Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales; el Acta de Sesión Ordinara del Consejo de Monumentos Nacionales de 9 de marzo de 2016 (punto 73) y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;
Decreto:
Artículo único.- Modifíquese el decreto supremo N° 532, de 2015, del Ministerio de Educación, que rectificó límites del monumento histórico "Cerro Colo Colo", ubicado en la comuna y provincia de Arauco, Región del Biobío, declarado como tal por el decreto exento N° 2.630, de 2008, del Ministerio de Educación, como a continuación se indica:
1. En el artículo 1° en el cuadro denominado "Polígono de Protección Coordenadas UTM PSAD 56 Huso 18", en el punto A, bajo la columna Este(x) donde dice "648.603,33" debe decir "648.586,26", en tanto que bajo la columna Norte (y), donde dice "5.876.261,06" debe decir "5.876.260,33".
2. En el artículo 1° en el cuadro denominado "Polígono de Protección Coordenadas UTM PSAD 56 Huso 18", en el punto H, bajo la columna Este(x) donde dice "648.020,53" debe decir "648.040,66", en tanto que bajo la columna Norte (y), donde dice "5.875.093,13" debe decir "5.876.072,24".
2. Remplácese el plano del decreto supremo N° 532, de 2015, del Ministerio de Educación, por el que se adjunta en el presente decreto, el cual contiene las modificaciones a que se refieren los Nos 1 y 2 de este artículo.
Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Adriana Delpiano Puelma, Ministra de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Valentina Karina Quiroga Canahuate, Subsecretaria de Educación.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcances el decreto N° 117, de 2016, del Ministerio de Educación
Nº 34.903.- Santiago, 12 de mayo de 2016.
Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que modifica el decreto N° 532, de 2015, el que, a su vez, rectificó el decreto N° 2.360, de 2008, ambos del Ministerio de Educación, en la forma que indica, por encontrarse ajustado a derecho.
No obstante, cumple con hacer presente que en el pie de firma de la Ministra de Educación no se estampó el timbre que debe acompañar la rúbrica del acto administrativo que emite dicha autoridad (aplica dictámenes Nos 22.103 y 24.293, ambos de 2016).
De igual modo, cabe señalar que en lo sucesivo, se deberán inutilizar con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco del instrumento que se remita a control previo de juridicidad, lo que no ocurrió en la especie, tal como se ha manifestado en los dictámenes Nos 77.287, de 2013; 65.301, de 2015 y 21.870 de 2016, entre otros, de esta Contraloría General.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del documento del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermudez Soto, Contralor General de la República.
A la Señora
Ministra de Educación
Presente.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 18-MAY-2016
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18-MAY-2016 |
Comparando Decreto 117 |
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