Decreto 133
Decreto 133 FIJA LÍMITES DEL MONUMENTO HISTÓRICO "EDIFICIO DE LA ESTACIÓN DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE SAN FRANCISCO DE MOSTAZAL", DECLARADO MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO Nº 6.006, DE 1981, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Promulgación: 29-ABR-2016
Publicación: 17-MAY-2016
Versión: Única - 17-MAY-2016
FIJA LÍMITES DEL MONUMENTO HISTÓRICO "EDIFICIO DE LA ESTACIÓN DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE SAN FRANCISCO DE MOSTAZAL", DECLARADO MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO Nº 6.006, DE 1981, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Núm. 133.- Santiago, 29 de abril de 2016.
Considerando:
Que, por decreto supremo Nº 6.006, de 10 de septiembre de 1981, del Ministerio de Educación Pública, se declaró como Monumento Histórico al "Edificio de la Estación de Ferrocarriles del Estado de la ciudad de San Francisco de Mostazal", ubicado en Pasaje O'Higgins s/n, de la comuna de Mostazal, provincia de Cachapoal, región del Libertador Bernardo O'Higgins;
Que, los requerimientos de la planificación territorial y el manejo correcto de información sobre las áreas protegidas por la Ley de Monumentos Nacionales, hacen necesaria la dictación del presente acto administrativo;
Que, la Comisión de Arquitectura y Patrimonio Urbano del Consejo de Monumentos Nacionales, propuso en la sesión de 11 de marzo de 2015, la fijación de los límites respectivos del monumento histórico ya citado, en atención a que la declaratoria anterior no los consideró;
Que, el Consejo de Monumentos Nacionales, aprobó por mayoría de los presentes en dicha sesión, la propuesta de fijación de límites de que trata este acto administrativo, y
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la ley Nº 17.288 de Monumentos Nacionales; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el decreto supremo Nº 6.006, de 1981 del Ministerio de Educación Pública; el oficio Ord. Nº 188/16, de 19/01/2016 del Vicepresidente Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales; el Acta de la Sesión Ordinaria de 11 de marzo de 2015 (punto 432) y la resolución Nº 1.600, de 2008 de la Contraloría General de la República,
Decreto:
Artículo único: Fíjense los límites del Monumento Histórico "Edificio de la Estación de Ferrocarriles del Estado de la ciudad de San Francisco de Mostazal", declarado en calidad de tal, mediante el decreto supremo Nº 6.006, de 1981, como a continuación se indica:
El área del polígono tiene una superficie aproximada de 1.950,44 mts.2, según se delimita por el polígono A- B - C- D - A, del plano adjunto, que forma parte del presente decreto y cuyos límites son los siguientes:

Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 17-MAY-2016
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17-MAY-2016 |
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