Decreto 47
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Decreto 47
- Encabezado
- CAPÍTULO I. INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES GENERALES
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CAPÍTULO II. REGULACIÓN PARA EL CONTROL DE EMISIONES PROVENIENTES DEL USO DE LEÑA Y BIOMASA
- 1) Regulación referida al mejoramiento térmico de la vivienda
- 2) Acciones complementarias
- 3) Regulación referida al mejoramiento de la eficiencia de los artefactos de combustión a leña y otros derivados de la madera
- 4) Regulación referida mejoramiento de la calidad de la leña
- CAPÍTULO III. CONTROL DE LAS EMISIONES AL AIRE DE CALDERAS DE USO RESIDENCIAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL
- CAPÍTULO IV. CONTROL DE EMISIONES ASOCIADAS A QUEMAS AGRÍCOLAS, FORESTALES Y DOMICILIARIAS
- CAPÍTULO V. CONTROL DE EMISIONES ASOCIADAS A TRANSPORTE Regulación referida al control de emisiones asociadas al transporte urbano.
- CAPÍTULO VI. COMPENSACIÓN DE EMISIONES DE PROYECTOS NUEVOS DESARROLLADOS EN LA ZONA SATURADA EN EL MARCO DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
- CAPÍTULO VII. PLAN OPERACIONAL PARA LA GESTIÓN DE EPISODIOS CRÍTICOS
- CAPÍTULO VIII. EDUCACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN A LA COMUNIDAD
- CAPÍTULO IX. FISCALIZACIÓN, VERIFICACIÓN DEL ESTADO DE AVANCE DE LAS MEDIDAS DEL PLAN Y ACTUALIZACIÓN
- CAPÍTULO X. PROGRAMAS COMPLEMENTARIOS
- Artículo Transitorio
- Promulgación
- Anexo Cursa con alcance los decretos Nos 46, 47, 48 y 49, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente
Decreto 47 ESTABLECE PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LA COMUNA DE OSORNO
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Promulgación: 28-OCT-2015
Publicación: 28-MAR-2016
Versión: Última Versión - 03-NOV-2022
ESTABLECE PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LA COMUNA DE OSORNO
Núm. 47.- Santiago, 28 de octubre de 2015.
Visto:
Lo establecido en la Constitución Política de la República de Chile, en sus artículos 19 números 8 y 9, 32 número 6; lo dispuesto en la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el DFL N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado de la ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades; en el DFL N° 725, de 1967, del Ministerio de Salud, Código Sanitario; en el DS N° 47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; en el DS N° 39, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento para la Dictación de Planes de Prevención y de Descontaminación; en el DS N° 27, de 26 de julio de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que declara Zona Saturada por Material Particulado Respirable MP10, como concentración diaria y anual, y por Material Particulado Fino Respirable MP2,5, como concentración diaria y anual a la comuna de Osorno; en la resolución exenta N° 434, de 27 de mayo de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2013, y en el Diario Austral de Osorno el día 2 de junio de 2013, que dio inicio al proceso de elaboración del Plan de Descontaminación Atmosférica por Material Particulado Respirable MP10, como concentración diaria y anual, y por Material Particulado Fino Respirable MP2,5, como concentración diaria y anual, para la comuna de Osorno; en la resolución exenta N° 1.218, de 28 de noviembre de 2014, que aprobó al Anteproyecto del Plan de Descontaminación Atmosférica, cuyo extracto fuera publicado en el Diario Oficial el 19 de diciembre de 2014; la opinión del Consejo Consultivo del Medio Ambiente de fecha 25 de mayo de 2015; la opinión del Consejo Consultivo Regional del Medio Ambiente de fecha 18 de junio de 2015; el Acuerdo N° 15 de 19 de octubre de 2015, del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, y en la resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República; y
Considerando:
Que, por decreto supremo N° 27, de 26 de julio de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, se declaró Zona Saturada por Material Particulado Respirable MP10, como concentración diaria y anual, y por Material Particulado Fino Respirable MP 2,5 como concentración diaria y anual a la comuna de Osorno.
Que, por resolución exenta N° 434, de fecha 27 de mayo de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2013, y en el Diario Austral de Osorno el 2 de junio de 2013, se dio inicio al proceso de elaboración del Plan de Descontaminación Atmosférica por Material Particulado Respirable MP10, como concentración diaria y anual, y por Material Particulado Fino Respirable MP2,5 como concentración diaria y anual, para la comuna de Osorno.
Que, por resolución exenta N° 1.218, de 28 de noviembre de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, se aprobó el Anteproyecto del Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Osorno, cuyo extracto fuera publicado en el Diario Oficial el 19 de diciembre de 2014.
Que, el plan de descontaminación es un instrumento de gestión ambiental que tiene por finalidad recuperar los niveles señalados en las normas primarias y/o secundarias de calidad ambiental de una zona saturada por uno o más contaminantes.
Decreto:
Plan de Descontaminación Atmosférica para la Comuna de Osorno.
PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LA COMUNA DE OSORNO
Artículo 1.- El presente Plan de Descontaminación Atmosférica regirá en la comuna de Osorno y tiene por objetivo lograr que, en la zona saturada, se dé cumplimiento a la norma primaria de calidad ambiental para material particulado respirable MP10, y a la norma primaria de calidad ambiental para material particulado fino respirable MP2,5, en un plazo de 10 años.
El Plan de Descontaminación Atmosférica se enmarca en la Estrategia de Planes de Descontaminación Atmosférica 2014-2018. El objetivo de definir una estrategia, corresponde a considerar la contaminación atmosférica como un problema país, visión que permitirá elaborar medidas estructurales que optimicen los recursos sectoriales en las zonas saturadas o latentes.
Al igual que en las ciudades del centro y sur del país, en la comuna de Osorno la principal fuente de contaminación atmosférica corresponde al sector residencial, debido a la combustión de leña, tanto para calefacción, agua caliente sanitaria y cocina, razón por la cual, el presente Plan se enfoca principalmente en disminuir las emisiones en este sector.
A lo anterior, se agrega la contribución en menor cantidad de otras actividades económicas o fuentes, tales como industrias, transporte y quemas. Estos sectores contribuyen con emisiones de material particulado con niveles de toxicidad y patrones de exposición que aumentan el riesgo de efectos adversos sobre la salud de la población. Asimismo, la emisión de gases provenientes de estas fuentes son precursoras en la formación de MP2,5 secundario. Por lo tanto, es necesario regular también estos sectores con el fin de contribuir a una mejora en la calidad del aire.
Es importante señalar, que el material particulado fino (MP2,5) puede ser emitido directamente al aire, lo que se conoce como material particulado fino primario, o puede formarse por reacciones químicas entre contaminantes gaseosos precursores de material particulado, tales como SO2 y NOx principalmente, que se conoce como material particulado fino secundario. El material particulado fino secundario se forma tanto por la condensación de gases enfriados después de su emisión, que se añaden a partículas ya existentes y se van combinando entre sí para formar conglomerados de mayor tamaño, como también mediante la formación de gotas de nubes o neblina, en las cuales los gases condensados sirven de núcleos.
De acuerdo a lo anterior, con el fin de prevenir la formación de material particulado fino secundario en la zona saturada, el presente instrumento de gestión ambiental también considera el control de las emisiones de SO2 , desde fuentes industriales como calderas y procesos. Según los antecedentes disponibles, actualmente en la zona saturada existen calderas y procesos que utilizan combustibles sólidos o líquidos con altos contenidos de azufre, los cuales emiten cantidades significativas de SO2 al aire.
Concordante con la Estrategia del Ministerio del Medio Ambiente, que busca disminuir las emisiones del sector residencial, el Plan de Descontaminación Atmosférica para Osorno, considera cuatro ejes estratégicos de la Política de Calefacción Sustentable:
1) Mejoramiento térmico de las viviendas.
2) Mejoramiento de la eficiencia de los artefactos de combustión a leña y otros derivados de la madera.
3) Mejoramiento de la calidad de la leña y disponibilidad de otros combustibles.
4) Educación y Sensibilización a la comunidad.
La implementación de las medidas estructurales propone una visión integral del problema considerando la economía local en torno a la leña, el arraigo cultural en el uso de calefacción tradicional y el problema social asociado a los costos de la calefacción.
Finalmente, los planes de descontaminación buscan resguardar la salud de la población disminuyendo enfermedades y provocando una disminución de gastos en salud.
Artículo 2.- Los antecedentes que fundamentan el presente Plan de Descontaminación Atmosférica, se indican a continuación:
1.1 Antecedentes Normativos
De acuerdo a los antecedentes recopilados en la comuna de Osorno respecto del incumplimiento de las normas primarias de calidad ambiental para material particulado MP10 y MP2,5 a través de la constatación de la superación de dichas normas en la Estación de Monitoreo con Representatividad Poblacional (EMRP) El Alba, se procedió a declarar a la comuna de Osorno como zona saturada mediante DS N° 27, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), publicado en el Diario Oficial el 28 de noviembre de 2012, por las concentraciones de material particulado respirable en la fracción gruesa y fina, MP10 y MP2,5.
De conformidad a lo dispuesto en la ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y en el Reglamento para la Dictación de Planes de Prevención y de Descontaminación, una vez declarada la zona saturada se debe elaborar un Plan de Descontaminación. En este contexto, el Ministerio del Medio Ambiente, mediante la resolución exenta N° 434, del 27 de mayo de 2013, publicada en el Diario Oficial el 30 de mayo del mismo año, dio inicio a la elaboración del Anteproyecto del Plan de Descontaminación Atmosférica por MP10 y MP2,5, para la comuna de Osorno.
Se considera el año 2012, año de declaración de zona saturada, como año base y de referencia para el diseño del presente plan.
1.2. Antecedentes y descripción de la Zona Saturada
1.2.1 Descripción de la Zona Geográfica de Osorno
Osorno se encuentra ubicada en el norte de la Región de Los Lagos a 40°34' Latitud Sur y a 73°9' Longitud Oeste y distante a 946 Km. al sur de Santiago, a 110 Km. al norte de la capital regional Puerto Montt, y a 110 Km. al sur de Valdivia capital de la Región de Los Ríos. Limita al Norte con la comuna de San Pablo, al Oeste con la comuna de San Juan de la Costa, al Este con la comuna de Puyehue y al Sur con las comunas de Río Negro y Puerto Octay.
Posee una superficie aproximada de 6.805 km2, que representa el 14% de la superficie regional. Se encuentra inserta dentro de una cuenca hidrográfica, conformada por los ríos Rahue y Damas, y actualmente su actividad complementa el desarrollo de centros lacustres y montañosos, situados al este y sureste, y a los Parques Nacionales que se encuentran a los pies de la Cordillera de los Andes.
Las condiciones geográficas y meteorológicas de Osorno, sumadas a la ineficiente aislación térmica de las viviendas y la dependencia de energía en base a leña a nivel residencial, generan un problema de contaminación atmosférica en la comuna. Desde el inicio del monitoreo continuo de la calidad del aire en la Estación de Monitoreo El Alba en el año 2008, se han superado continuamente las normas primarias de calidad ambiental para material particulado respirable MP10 y material particulado fino MP2,5; situación que se agudiza en la temporada otoño-invierno.
1.2.2 Antecedentes Demográficos de la Comuna de Osorno
La comuna de Osorno cuenta con una población de 145.475 habitantes, según datos del CENSO 2002, lo que corresponde al 20% de la población regional, con una variación entre 2002 y 2012 (proyectado) de 13,8%, por debajo de los valores regional y nacional (INE, 2002). La siguiente tabla resume los antecedentes demográficos de la comuna.

De acuerdo a las proyecciones del INE, en la actualidad la cantidad de habitantes de la comuna de Osorno debiera estar por sobre las 165.000 personas.
La comuna cuenta con 41.811 viviendas (Tabla 2), de las cuales el 90% se ubica dentro del radio urbano (INE, 2002).

Fuente: Censo 2002 y proyección 2011, Instituto Nacional de Estadísticas (INE).
De acuerdo a información entregada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en la comuna de Osorno un 72% de las viviendas del parque actual corresponden a construcciones realizadas antes del año 2000, es decir que fueron construidas antes de la entrada en vigencia de la primera reglamentación térmica del país, por lo que en su mayoría no cuentan con estándares de aislación térmica en sus componentes constructivos, lo que se traduce en una alta demanda de energía para calefacción y el consecuente consumo de leña.
Considerando que la principal fuente de contaminación del aire en la comuna es el sector residencial y que sobre el 70% de las viviendas demanda grandes cantidades de combustible para calefacción (aprox. 12 m3/vivienda al año), es posible dimensionar la magnitud del problema, al contar con más de 40.000 artefactos a leña en la comuna de Osorno con altos consumos de combustible y altas emisiones contaminantes.
1.2.3 Características climáticas y meteorológicas de la zona
En la comuna de Osorno predomina el clima oceánico, con una alta pluviosidad en los meses de invierno. La temperatura media anual es de 10,5°C con una media en verano de 14°C, que puede llegar a 28°C y con una máxima absoluta de 36°C. En invierno una media de 6,7 °C pudiendo bajar a -8 °C como mínima diaria absoluta. Las precipitaciones alcanzan los 1.332 mm anuales. Esto es más bajo de lo que correspondería por latitud, ya que la Cordillera de la Costa cumple un rol de biombo climático, deteniendo el flujo de los vientos del oeste y permitiendo la existencia de vientos secos del sur.
A partir de datos obtenidos en la Estación de Monitoreo El Alba durante el año 2013 y tal como muestra la Figura 1, la dirección de vientos predominante en el periodo marzo a septiembre es nor-noroeste (NNW) y sur-sureste (SSE). La velocidad del viento es mayoritariamente baja, con un promedio de 1,6 m/s con los máximos durante la tarde y un mínimo durante la noche.
Figura 1. Variación diaria en temperatura y velocidad del viento (izquierda) y rosa de los vientos (derecha) de Estación El Alba. Resultado para el periodo 01-03-2013 al 30-09-2013.

Desde el punto de vista de la calidad del aire, desde mayo a septiembre, se producen incursiones de masas de aire frío, asociadas a altas presiones. Esta condición meteorológica produce fuerte enfriamiento nocturno, vientos prácticamente calmos y alta estabilidad atmosférica, lo que inhibe la ventilación de la cuenca y que finalmente da como resultado altas concentraciones de material particulado, sobre todo en la fracción fina (Dirección General de Aeronáutica, Puerto Montt, mayo 2014).
1.2.4 Condiciones meteorológicas que dan origen a episodios de contaminación
Los altos niveles de concentraciones de MP2,5 y MP10 presentan una marcada estacionalidad y un ciclo diario característico. Para el ciclo anual, las concentraciones promedio diarias se incrementan entre los meses de abril a septiembre, ocurriendo en este período los casos en los que se supera el valor establecido por la norma diaria.
Tanto el ciclo diario como anual, están fuertemente asociados a condiciones meteorológicas que determinan la baja dispersión de contaminantes (estabilidad atmosférica y bajas temperaturas) y la ocurrencia de episodios, así como también al aumento en las emisiones producto de la calefacción residencial (a menores temperaturas mayor requerimiento de calefacción y por ende de consumo de leña, para lograr la temperatura de confort en la vivienda). Adicionalmente, las características topográficas de la ciudad propician que altos niveles de MP2,5 y MP10 se concentren en las áreas de planicie y terraza inferior de los ríos Rahue y Dama, las que por su condición de ribera favorecen la presencia de neblina en épocas invernales, empeorando la calidad de aire.
Por otro lado, la proporción del MP2,5 en el MP10 en los meses fríos (abril-agosto) se incrementa de manera importante, llegando en algunos casos hasta el 90%.
Las siguientes condiciones meteorológicas caracterizan la ocurrencia de episodios de contaminación por material particulado:
a. Sistemas de altas presiones frías en superficie, asociadas con la irrupción de una dorsal cálida en altura y el desarrollo de una vaguada costera en la zona central.
b. Aproximación de un sistema frontal cálido de lento desplazamiento, acompañado de abundante nubosidad media, observándose condiciones de estancamiento atmosférico cerca de la superficie y baja dispersión atmosférica.
c. Condición mixta de las dos anteriores.
d. Desarrollo de núcleos fríos correspondientes a perturbaciones del aire polar desprendido hacia latitudes medias, generando subsidencia y por consiguiente una reducción de la capa de mezcla superficial, produciendo malas condiciones de ventilación.
1.3 Descripción de la calidad del aire y antecedentes que fundamentan la condición de Zona Saturada por MP10 y MP2,5
1.3.1 Material Particulado Grueso MP10
En la comuna de Osorno entre los años 2001 y 2003 se realizaron mediciones de MP10 en fase de diagnóstico mediante un equipo dicotómico Graseby & Andersen Model 241, cuyo principio de medición es gravimétrico. Los resultados mostraron valores que sobrepasaron el valor norma (150 µg/m3N) más de 7 ocasiones en el año, según se muestra en la Tabla 3, razón por la cual se instaló un equipo acorde a la normativa que permitiera seguir realizando la vigilancia ambiental en la comuna.

A partir del año 2008 se inició el monitoreo continuo de la calidad de aire en la comuna de Osorno, en la Estación El Alba, implementada con equipo continuo de MP10 y equipo para medición meteorológica (temperatura, precipitación y viento), en terreno adyacente al Hogar de Niñas El Alba, sector considerado representativo de la comuna luego de una apreciación de las condiciones atmosféricas y topográficas, y considerando lo establecido en la norma primaria de calidad del aire para la ubicación de estaciones de monitoreo, obteniendo la resolución de Calificación de Estación de Monitoreo con Representatividad Poblacional (EMRP) para MP10, mediante la resolución exenta N° 1.346, de 17 de diciembre de 2008, de la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud de la Región de Los Lagos, y calificada como EMRP para MP2,5 mediante resolución exenta N° 1.456, de 14 de junio de 2012, de la Seremi de Salud de la Región de Los Lagos, modificada por la resolución exenta N° 820, de 6 de julio de 2012, y la resolución exenta N° 1.176, de 25 de julio de 2012, ambas de la Seremi de Salud de la Región de Los Lagos.
Junto con la estación de monitoreo, se instaló una estación meteorológica para obtener parámetros como temperatura, precipitación, humedad, dirección, velocidad del viento y radiación solar.
Los resultados relativos a la concentración de MP10 obtenidos entre los años 2008 y 2011 se muestran en la siguiente tabla:

Se puede observar en la tabla anterior, que la Norma para MP10 se ha superado todos los años, de acuerdo al valor para concentración promedio diaria en el valor del percentil 98 (mayor a 150 µg/m3 de la concentración promedio diaria) y en la cantidad de días de superación por año (mayor a 7), como también en la concentración anual (mayor a 50 µg/m3 de la concentración promedio de tres años consecutivos).
La concentración de MP10 durante el año presenta una marcada estacionalidad, presentándose los valores más altos entre los meses de mayo a septiembre, de acuerdo a la Figura 2:

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Junto con la estacionalidad asociada al periodo del año, la concentración de MP10 también presenta un patrón en el ciclo diario.

Como se muestra en la Figura 3, en el período de mayores índices de contaminación o meses críticos (mayo a septiembre), las mayores concentraciones se establecen después de las 18 hrs. y comienzan a decaer desde las 23 hrs., logrando normalizarse en la madrugada.
Esto se atribuye al uso de artefactos de calefacción a leña a nivel residencial, que es el principal combustible utilizado para estos fines en la zona sur. Luego se ve un pequeño aumento entre las 8 y las 12 horas.
Al analizar la época de mayores temperaturas o meses estables (noviembre a marzo) se observa que los índices de contaminación se mantienen bajo la norma, y con una curva menos pronunciada, reafirmando la causa del aumento de la concentración.
1.3.2 Material Particulado Fino MP2,5
La medición de material particulado fino (MP2,5) en la Estación El Alba comenzó el año 2009, registrándose los siguientes valores: 

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De la tabla anterior se puede determinar la superación permanente de la norma para MP2,5 de acuerdo al valor para concentración promedio diaria en el valor del percentil 98 (mayor a 50 µg/m3 de la concentración promedio diaria) como también en la concentración trianual promedio (mayor a 20 µg/m3 de la concentración promedio de tres años consecutivos).
La concentración de MP2,5 durante el año, al igual que el MP10, presenta una marcada estacionalidad, presentándose los valores más altos entre los meses de mayo a septiembre, de acuerdo a la Figura 4.
La concentración de los episodios entre otoño e invierno da cuenta de la estacionalidad y tipo de la fuente principal de contaminación en la comuna, la combustión residencial de leña, asociada a los periodos del año con bajas temperaturas y periodos de estabilidad atmosférica.
Según lo que se puede observar en la Figura 5, respecto del ciclo diario de concentración de MP2,5 se puede señalar que la situación es similar a lo que ocurre con el MP10, presentándose las mayores concentraciones en el horario nocturno, periodo en que además, el factor humano de operación de los artefactos tiene su mayor impacto al cerrar el tiraje del equipo, produciéndose una combustión incompleta de la leña.

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1.3.3 Relación entre MP10 y MP2,5
El material particulado respirable MP10 se constituye generalmente por partículas de origen primario, es decir, emitidas directamente a la atmósfera, ya sea por fuentes naturales o antropogénicas y es el resultado de procesos mecánicos tales como la erosión o abrasión de materiales. Las fuentes antropogénicas más comunes de esta fracción son el polvo resuspendido en la agricultura, la minería, caminos sin pavimentar y actividades de construcción. La fuente natural más importante de esta fracción es el levantamiento de polvo por acción del viento. Otras fuentes naturales son la evaporación de gotas de agua de mar y las de origen biológico como el polen y fracciones de bacterias.
El material particulado respirable MP2,5 se produce por emisiones directas de los procesos de combustión de combustibles fósiles, a partir de la condensación de gases, de reacciones químicas en la atmósfera a partir de gases precursores como el dióxido de azufre, óxidos de nitrógeno, compuestos orgánicos volátiles, amoníaco, y otros compuestos; y a través de procesos de nucleación y coagulación de partículas ultra finas. Las partículas que se forman en la atmósfera constituyen lo que se conoce como aerosol secundario, o partículas secundarias. En ese contexto, las principales fuentes del MP2,5 son los automóviles, buses y camiones, tanto a diésel como a gasolina, plantas termoeléctricas, calderas, procesos industriales, hornos, fundiciones, procesos metalúrgicos, combustión de biomasa (como la calefacción residencial a leña), quemas agrícolas e incendios forestales, y emisiones de amoníaco de las operaciones agrícolas.
En el estudio realizado por el Instituto Meteorológico e Hidrológico de Suecia (SMHI), en el que se evaluó el impacto de las emisiones del material particulado proveniente de la combustión residencial de leña en Osorno, se señala que un 80% del material particulado (MP10) corresponde a MP2,5 (SMHI, 2013). Esto da cuenta de la estrecha relación entre ambos contaminantes y la predominancia de la combustión residencial de leña en la emisión de estos contaminantes, producto de la alta relación de material particulado fino en el MP10.
Dicho porcentaje puede alcanzar valores peak por sobre el 90% de MP2,5 en el periodo más crítico de mala calidad de aire, lo que refuerza la relevancia de las emisiones provenientes del sector residencial, tal como se puede observar en el siguiente gráfico de la distribución anual del porcentaje de concentración de MP2,5 en MP10, para el año 2013, a partir del monitoreo de calidad del aire en la Estación El Alba.

1.4 Fuentes emisoras que generan el material particulado respirable MP10 y MP2,5
1.4.1 Inventario de emisiones
La principal fuente emisora de Material Particulado Respirable MP10 y MP2,5 en la comuna de Osorno corresponde a la combustión residencial de leña. En la tabla siguiente se muestra el inventario de la comuna, indicando el aporte de cada una de las fuentes a las emisiones totales de la comuna de Osorno en toneladas por año.

La distribución porcentual de cada fuente para los principales contaminantes se presenta a continuación:

Como es esperable, las emisiones debidas a la combustión residencial de biomasa en la zona representan el 89% y 95% de las emisiones de MP10 y MP2,5, respectivamente.
1.4.2 Caracterización del consumo residencial de leña
El "Estudio de consumo y caracterización del uso de la leña en la ciudad de Osorno", desarrollado por la Universidad Católica de Temuco el año 2013, caracteriza el consumo de leña de acuerdo a la siguiente distribución espacial
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Los resultados de este estudio concluyen que un 95% de los hogares de la comuna utilizan leña como combustible, es decir, aproximadamente 36.000 viviendas (INE, 2002), concentradas en los sectores de Rahue, Francke y Ovejería, debido a que estos sectores poseen la mayor cantidad de viviendas, lo que se puede apreciar en la Tabla 8.
El consumo promedio de leña por vivienda es de 12,7 m3 /año, lo que da cuenta de un consumo estimado total de leña para la comuna de 490.000 m3 /año aproximadamente.

Respecto a la caracterización del parque actual de artefactos a leña en la comuna, se estima que en la comuna existen en operación un total de 49.756 artefactos que combustionan leña, es decir, que gran parte de las viviendas de la comuna poseen más de un artefacto a leña. La mayor cantidad de artefactos corresponden a cocinas a leña con un 50,3% del parque total, seguido de un 30,7% correspondiente a calefactor a leña con templador y un 10,6% correspondientes a calefactor a leña sin templador. El resto de artefactos corresponden a chimeneas de hogar abierto, salamandras y otros artefactos (ver Tabla 9).

A continuación se presenta el parque de artefactos según sector y distribución por tipo de artefacto:

Respecto de la tenencia de artefactos según uso (cocción y calefacción), que utilizan leña como combustible, se cuenta con la siguiente información proveniente del Estudio "Encuesta de consumo de energía a nivel residencial" realizado por el CIVA de la Universidad Austral el año 2014:

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De la tabla anterior se puede indicar que el 48% de los hogares de Osorno posee sólo un artefacto a leña, que puede ser cocina o calefactor. Dentro de los que poseen más de un artefacto a leña (34% de los hogares), destacan los que tienen un calefactor a leña, cocina a leña y cocina a gas simultáneamente (28% de los hogares), lo que da cuenta de una utilización poco eficiente de los artefactos para cocinar (cocina a leña y cocina a gas).
Por otro lado, la comercialización de la leña en Osorno, tal como ocurre en el resto del país, se realiza en su mayoría de manera informal, por lo que no se cuenta con antecedentes respecto del cumplimiento de los requisitos legales vigentes aplicables a la producción, transporte y comercialización de leña. Lo anterior, debido principalmente a la falta de la normativa aplicable a este combustible, lo que hace que exista un escaso control a las actividades relacionadas con el rubro, lo que redunda en el suministro de un combustible de alta humedad. Esto, sumado a equipos de combustión ineficientes y sin control de emisiones, además de casas mal aisladas que demandan un exceso de combustible, causa los problemas de calidad de aire de la ciudad.
1.4.3 Descripción del sector industrial
En la comuna de Osorno se encuentran en funcionamiento 206 calderas, que cuentan con autorización de la Seremi de Salud, de las cuales cerca de un 19% son consideradas industriales y el 81% restante corresponden a calderas de calefacción usadas en el sector comercial o residencial. Los principales combustibles utilizados corresponden a leña, petróleo y carbón.
Los rubros industriales más relevantes corresponden a:
1) Rubro alimenticio: representado por empresas tales como Prolesur (Soprole), Nestlé, Watt's S.A. y Skretting (Nutreco).
2) Faenadoras de animales: representado por empresas tales como Frigosorno y Mafrisur.
3) Rubro maderero: representado por empresas tales como Maderas Castilla y Madexpo.
Del universo de calderas, el 50% tiene una potencia térmica menor a 75 KWt y cerca del 7% es mayor a 1MWt.
Una de cada tres calderas industriales es anterior al año 1980 y el 85% no posee tecnología de control de abatimiento para ningún contaminante.
Las industrias que incorporan equipos de control de material particulado (MP), a través de distintas tecnologías tales como: filtros, precipitador electroestático y multiciclones; corresponden a Watts S.A., Nestlé (Cancura) y Skretting.
La distribución de estas fuentes en el radio urbano se detalla a continuación:
. Zona Francke: Soprole (Prolesur S.A.). Esta planta opera 2 calderas a vapor que usan petróleos pesados, con una potencia nominal de 16 y 12 MWt.
. Zona Oriente: Industrias Watts-Loncoleche y Skretting: El complejo Watts - Loncoleche se encuentra en una zona industrial, al lado oriente de la Ruta 5. La planta opera 3 calderas a vapor que utilizan carbón bituminoso, con una potencia nominal total de 30,7 MWt. La planta de Skretting se ubica en el sector poniente de la Ruta 5, quedando en las cercanías de las zonas residenciales del sector Las Quemas. Skretting opera una caldera a biomasa y otra a gas, con una potencia nominal total de 9,2 MWt.
. Zona Amador Barrientos: En este sector, se localiza el Hospital Base de Osorno, el cual tiene 5 calderas que utilizan como combustible petróleo y biomasa, con una potencia nominal total de 6 MWt.
. Zona Ovejería: La planta de Nestlé se ubica en el suroeste de la comuna y posee una caldera a vapor que usa petróleo, con una potencia nominal de 12 MWt. Frente a Nestlé se ubica el Frigorífico de Osorno, que cuenta con una caldera a biomasa cuya potencia es de 5,4 MWt.
. Zona Rahue: El Aserradero Madexpo opera una caldera alimentada por los propios residuos que se generan en sus procesos, es decir, combustiona biomasa con una potencia de 4,6 MWt.
Las principales industrias que se encuentran fuera del radio urbano son:
1) La empresa Nestlé con la planta Cancura, que inició las operaciones en el año 2012, cuenta con dos calderas de potencia 10 MWt cada una y utilizan un combustible en estado sólido (biomasa) como combustible principal y combustible gaseoso como respaldo.
2) Mafrisur con dos calderas de potencia aproximada a 5 MWt cada una, que consumen combustible sólido (leña en metro certificada).
1.4.4 Descripción del Sector Transporte
La distribución del parque de vehículos para el año 2013, según tecnología y combustible utilizado se muestra en la Figura 8. El parque total en Osorno se estima en 33.300 vehículos aproximadamente para el año 2013.

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A la fecha, los registros señalan que existe una flota de 313 buses en la comuna de Osorno, distribuidos de la siguiente manera, según la antigüedad:

1.4.5 Descripción Quemas Agrícolas
A partir de los resultados del Estudio "Emisiones y Costos de Abatimiento para el Sector de Quemas Agrícolas", realizado por SISTAM el año 2013, en el cual se utilizaron antecedentes entregados por la Corporación Nacional Forestal (CONAF), fue posible determinar que entre los años 2010 y 2012 la superficie sometida a quemas en la comuna superó las 11.000 hectáreas, donde la mayoría se realizó con el objetivo de eliminar desechos post cosecha, destacando la quema de rastrojos de trigo con más de 2.000 ha/año en la comuna.

La Corporación Nacional Forestal autorizó para los años 2010, 2011 y 2012, la cantidad de 115, 122 y 108 quemas al año, respectivamente. La estimación de emisiones por quemas en Osorno, se muestra en la siguiente tabla:

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1.5 Sobre las Metas del Plan
1.5.1 Meta global de reducción de emisiones
La meta de este Plan de Descontaminación Atmosférica es disminuir las concentraciones diarias y anuales de MP10 y MP2,5 hasta valores que se encuentren por debajo de los niveles considerados de saturación, de tal forma de dar cumplimiento a las normas primarias de calidad ambiental para MP10 y MP2,5.
Se establece el año 2012, año de la declaración de Zona Saturada de la comuna de Osorno, como Año Base del Plan, a partir del cual se referenciarán los indicadores de seguimiento de los avances en calidad del aire. Al mismo tiempo, se establece un plazo de 10 años para alcanzar valores de concentración de material particulado bajo la norma, tomando como referencia los porcentajes de reducción requeridos, que se indican en la siguiente tabla:

Los antecedentes disponibles respecto de la concentración ambiental de MP10 y MP2,5, de acuerdo con el monitoreo en la Estación El Alba, refuerzan la necesidad de focalizarse en el contaminante MP2,5 que representa mayores riesgos para la salud y tiene una relación directa con la principal fuente emisora que corresponde a las emisiones del sector residencial. Por esto, las medidas y acciones del Plan se orientan al control prioritario de las emisiones directas de material particulado provenientes de procesos de combustión, con énfasis en el sector residencial.
1.5.2 Indicadores de efectividad
Si bien, la meta del Plan de manera global es cumplir con las normas primarias de calidad ambiental para material particulado MP10 y MP2,5, se definen indicadores que permitirán demostrar que las medidas del Plan tienen un efecto positivo en la calidad del aire.
Para ello se identifican los siguientes indicadores orientados a la relación exposición-dosis de la población:
. Disminución anual de la cantidad de episodios críticos por MP2,5.
. Disminución de las máximas concentraciones promedio diarias de MP10 y MP2,5 en período de otoño e invierno de cada año.
La disminución de cada uno de ellos, en conjunto o por separado, puede señalar que existe una disminución de las concentraciones ambientales de MP10 y MP2,5, lo que implica que la población se verá menos expuesta.
1.6 Beneficios y costos del Plan
El DS Nº 39, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial el 22 de julio de 2013, que aprueba el Reglamento para la Dictación de Planes de Prevención y Descontaminación, exige la elaboración de un Análisis General del Impacto Económico y Social (AGIES) de los planes de descontaminación.
La metodología empleada en la elaboración del AGIES del Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Osorno es el Análisis CostoBeneficio, ampliamente utilizado y recomendado en la literatura para la evaluación de proyectos sociales. La reducción de emisiones asociadas a planes de descontaminación tiene efectos económicos, sociales y ambientales, que se resumen en beneficios para los receptores de las emisiones y costos para el regulado.
El AGIES tiene como objetivo evaluar los costos y beneficios asociados a las medidas propuestas en el presente Plan, de tal forma de apoyar a la toma de decisiones en el proceso de elaboración del Plan.
Los beneficios valorizados asociados a las medidas del Plan corresponden a impactos en la salud de la población expuesta, producto de la disminución de concentración ambiental de MP2,5 asociado a la reducción de emisiones de las fuentes reguladas. Específicamente se valoran los eventos evitados de mortalidad prematura, morbilidad, días de actividad restringida y productividad perdida. No obstante, no han sido evaluados beneficios en visibilidad, materiales, efectos sobre ecosistemas, reducción de tala de árboles para leña, disminución de gases de efecto invernadero, beneficios para la agricultura y suelos, imagen país, externalidades positivas asociadas a la educación ambiental, efectos en la salud en otras comunas del país y cobeneficios derivados de la reducción de Black Carbon (Carbono Negro).
Con respecto a los costos evaluados, éstos corresponden al costo incremental de las medidas respecto del escenario base, esto es, en ausencia del Plan de Descontaminación, pero considerando normativas previas vigentes a nivel nacional o en la zona de aplicación de las medidas. Debido a las diferentes vidas útiles de las inversiones necesarias para dar cumplimiento al Plan, se anualizan los costos para una adecuada comparación de éstos con los beneficios asociados a salud y al ahorro de combustibles.
Si bien las metas del Plan tienen relación con dar cumplimiento a las normas primarias de calidad ambiental de MP10, en su métrica diaria y anual, y MP2,5, en su métrica diaria y anual, la evaluación realizada en el AGIES se enfoca en la métrica diaria del MP2,5 al constituir la mayor meta de reducción de la concentración que se debe lograr con el Plan.
A continuación se presentan los principales resultados de la elaboración del AGIES, bajo la metodología de Análisis Costo – Beneficio utilizada y considerando las medidas propuestas en el presente Plan.
La siguiente figura muestra en valor presente de los beneficios y costos asociados a la implementación del Plan.

El beneficio social neto es de US$ 267 millones de dólares para el periodo de evaluación. Es importante destacar que la mayoría de estos beneficios (86%) son atribuibles a la disminución de casos de mortalidad, el resto se divide en los beneficios asociados a los costos evitados en el tratamiento de enfermedades y productividad perdida.
El costo total del Plan corresponde a US$ 48 millones de dólares para el período de evaluación. Los subsidios de aislación térmica dan cuenta del 38% de estos costos, debido al alto número de subsidios y al alto costo de cada uno.
La valoración de los beneficios y costos del Plan indica que la implementación es altamente rentable desde la perspectiva social. Los beneficios netos se estiman en US$ 219 millones, lo que constituye una razón beneficio-costo de 5,6.
La siguiente figura presenta la distribución de los beneficios y costos
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De los beneficios obtenidos con la implementación del Plan, un 89% será debido a ahorros en salud, debido a casos evitados de mortalidad prematura y otros casos que implican admisiones hospitalarias, y un 11% por ahorros en el menor consumo de leña producto de la mayor eficiencia de equipos y menor demanda energética asociada a la aislación térmica de viviendas. Por otra parte, los costos de implementación del Plan asumidos por el Estado corresponden al 40% mediante la implementación, principalmente, de recambios de calefactores y reacondicionamientos térmicos. El 60% restante de costos es asumido por los privados.
Finalmente, el resumen de los beneficios y costos asociados a la implementación de las principales medidas del Plan, en millones de dólares, además de la razón Beneficio – Costo de cada una, se presentan en la siguiente tabla:

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Artículo 3.- Definiciones. Para efectos de lo dispuesto en el presente decreto, se entenderá por:
Artefacto: Calefactor o cocina que combustiona leña, destinado a calefacción o cocción de alimentos.
Área urbana: Superficie del territorio ubicada al interior del límite urbano de la comuna de Osorno, según el instrumento de planificación territorial vigente, destinada al desarrollo armónico de los centros poblados y sus actividades existentes y proyectadas por el instrumento de planificación territorial.
Briqueta: Combustible sólido, generalmente de forma cilíndrica, elaborado a partir de biomasa densificada de tamaño superior al pellet de madera. Sus características técnicas se establecen en la Norma NCh3246.
Caldera: Unidad principalmente diseñada para generar agua caliente, calentar un fluido térmico y/o para generar vapor de agua, mediante la acción del calor.
Caldera existente: Aquella caldera que se encuentra operando a la fecha de entrada en vigencia del presente Plan o aquella que entrará en operación dentro de los 12 meses siguientes a dicha fecha.
Caldera nueva: Aquella caldera que entra en operación después de los 12 meses siguientes a la entrada en vigencia del presente Plan.
Calefacción distrital: Sistema de generación y distribución centralizada de calor, mediante el cual se proporciona un servicio de calefacción y agua caliente sanitaria a un conjunto de edificaciones conectadas en red.
Calefactor: Artefacto que combustiona o puede combustionar leña o pellets de madera, fabricado, construido o armado, en el país o en el extranjero, que tiene una potencia térmica nominal menor o igual a 25kW, de alimentación manual o automática, de combustión cerrada, provisto de un ducto de evacuación de gases al exterior, destinado para la calefacción en el espacio en que se instala y su alrededor.
Calefactor con templador: Artefacto a leña utilizado para calefacción. Esta tecnología posee un templador en la parte interna superior de la cámara de fuego para mejorar el proceso de combustión.
Calefactor de cámara simple: Calefactor que posee sólo entrada de aire primario.
Calefactor hechizo: Artefacto a leña utilizado para la calefacción y/o cocción de alimentos. Se fabrica en hojalaterías o talleres de forma artesanal. No posee templador, tiene evacuación directa de gases de combustión y son reconocibles por la falta de terminaciones y soldaduras visibles en sus uniones.
Chimenea de hogar abierto: Artefacto para calefacción de espacios –construido en albañilería, piedra, metal u otro material– en el que la combustión de leña u otro combustible sólido se realiza en una cámara que no cuenta con un cierre y, por tanto, está desprovista de un mecanismo adicional a la regulación del tiraje, que permita controlar la entrada de aire.
Cocina: Artefacto que combustiona o puede combustionar leña, diseñado para transferir calor a los alimentos, provisto de un horno no removible.
Condiciones normales (N): Se entenderán como aquellas condiciones normalizadas a una temperatura de 25 grados Celcius (°C) y a una presión de 1 atmósfera (atm).
Cogeneración: Corresponde a aquel proceso de producción de dos o más formas de energía útil a partir de una fuente primaria, aumentando significativamente la eficiencia térmica global.
Derivados de la madera: Aquellos productos sólidos que han sido obtenidos a partir de un proceso físico de transformación de la madera.
Eficiencia de calderas: Corresponde a la relación entre la potencia útil cedida al fluido portador de calor y el consumo calorífico de la caldera, expresada como porcentaje, donde se entenderá como potencia útil, a la cantidad de calor útil transmitida al agua por la caldera por unidad de tiempo y se entenderá como consumo calorífico a la cantidad de energía por unidad de tiempo aportada por el combustible a la cámara de combustión de la caldera, expresada en función del poder calorífico inferior del combustible.
Fuente de proceso industrial: Corresponde a una unidad de operación industrial cuyo propósito es la transformación de materia prima para la obtención de un producto, y que descarga sus emisiones al aire, tales como: almacenamiento y transporte de materiales, procesos de reducción de tamaño, procesos de separación de componentes, procesos térmicos, reacciones químicas y procesamiento biológico, entre otros.
Fuente de proceso industrial existente: Aquella fuente de proceso industrial que se encuentra operando a la fecha de entrada en vigencia del presente Plan o aquella que entrará en operación dentro de los 12 meses siguientes a dicha fecha.
Fuente de proceso industrial nueva: Aquella fuente de proceso industrial que entra en operación después de los 12 meses siguientes a la entrada en vigencia del presente Plan.
Leña: Porción de madera en bruto de troncos, ramas y otras partes de árboles o arbustos, utilizada como combustible sólido.
Leña seca: Aquella que tiene un contenido de humedad menor al 25% medida en base seca, de acuerdo a lo estipulado en la Norma NCh2907 o la que la reemplace.
NCh2907: Se refiere a la NCh2907:2005 Combustible sólido – Leña – Requisitos. Fue declarada Oficial por resolución exenta N° 569, de fecha 13 de septiembre de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicada en el Diario Oficial el 23 de septiembre de 2005.
NCh2965: Se refiere a la NCh2965:2005 Combustible sólido – Leña – Muestreo e Inspección, que permite verificar que un lote de leña cumple con los requisitos establecidos en la Norma NCh2907. Fue declarada Oficial por resolución exenta N° 569, de fecha 13 de septiembre de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicada en el Diario Oficial el 23 de septiembre de 2005.
NCh3173: Se refiere a la NCh3173:2009 Estufas que utilizan combustibles sólidos - Requisitos y métodos de ensayo. Fue declarada Oficial por resolución exenta N° 1.535, de 27 de agosto de 2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, publicada en el Diario Oficial el 2 de septiembre de 2009.
NCh3246: Se refiere a la NCh3246/1:2011 Biocombustibles sólidos- Especificaciones y clases - Parte 1: Requisitos generales. Fue declarada Oficial por decreto exento N° 227, de fecha 30 de mayo de 2013, del Ministerio de Energía, publicado en el Diario Oficial el 2 de agosto de 2013.
NCh851: Se refiere a la NCh851:2008 ISO 8990:1994 Aislación térmica - Determinación de propiedades de transmisión térmica en estado estacionario y propiedades relacionadas - Cámara térmica calibrada y de guarda. Fue declarada Oficial por decreto exento N° 823 de fecha 5 de diciembre de 2008, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial del 16 de diciembre de 2008.
NCh853: Se refiere a la NCh853:2007 Acondicionamiento térmico - Envolvente térmica de edificios - Cálculo de resistencias y transmitanciastérmicas. Fue declarada Oficial por decreto N° 44 de fecha 25 de enero de 2008, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial del 25 de febrero de 2008.
NCh1973: Se refiere a la NCh1973:2008 Características higrotérmicas de los elementos y componentes de edificación - Temperatura superficial interior para evitar la humedad superficial crítica y la condensación intersticial - Métodos de cálculo. Fue declarada Oficial mediante decreto exento N° 823, del 5 de diciembre del 2008, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicada en el Diario Oficial el 16 de diciembre de 2008.
NCh3117: Se refiere a la NCh3117:2008 Comportamiento térmico de edificios - Transmisión de calor por el terreno - Métodos de cálculo. Fue declarada Oficial por decreto exento N° 845 de fecha 22 de diciembre de 2008, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial del 29 de diciembre de 2008.
NCh3308: Se refiere a la NCh3308:2013 Ventilación - Calidad aceptable de aire interior – Requisitos.
NCh3309: Se refiere a la NCh3309:2014, Ventilación - Calidad de aire interior aceptable en edificios residenciales de baja altura – Requisitos.
NCh3295: Se refiere a la NCh3295:2013 Aislación térmica - Determinación de la permeabilidad del aire en edificios- Método de presurización por medio del ventilador.
NCh3296: Se refiere a la NCh3296:2013 Puertas y ventanas - Permeabilidad al aire – Clasificación.
NCh3297: Se refiere a la NCh 3297:2013 Puertas y ventanas - Permeabilidad al aire - Método de Ensayo.
NCh3076 parte 1 y 2: Se refiere a la NCh3076/1:2008 ISO 12567-1:2002 Comportamiento térmico de puertas y ventanas - Determinación de la transmitancia térmica por el método de la cámara térmica – Parte 1: Puertas y ventanas; y a la NCh3076/2:2008 ISO12567-2:2005 Comportamiento térmico de puertas y ventanas - Determinación de la transmitancia térmica por el método de la cámara térmica – Parte 2: Ventanas de techumbres y otras ventanas sobresalientes. Ambas fueron declaradas Oficiales por decreto exento N° 845 de fecha 22 de diciembre de 2008, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial del 29 de diciembre de 2008.
NCh3137 parte 1 y 2: Se refiere a la NCh3137/1:2008 ISO 10077-1:2006 Comportamiento térmico de ventanas, puertas y contraventanas - Cálculo de transmitancia térmica - Parte 1: Generalidades; y a la NCh3137/2:2008 ISO 10077- 2:2003 Comportamiento térmico de ventanas, puertas y contraventanas - Cálculo de transmitancia térmica - Parte 2: Método numérico para marcos. Ambas fueron declaradas Oficiales por decreto exento N° 845 de fecha 22 de diciembre de 2008, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial del 29 de diciembre de 2008.
Pellet de madera: Combustible sólido, generalmente de forma cilíndrica, fabricado a partir de madera pulverizada sin tratar, extraída del conjunto del árbol y aglomerada con o sin ayuda de ligantes. Las características técnicas serán aquellas señaladas en la Norma NCh3246.
Potencia térmica nominal: Corresponde a la potencia máxima de la caldera, informada por el fabricante, que puede suministrar un equipo en funcionamiento continuo, ajustándose a la eficiencia declarada por el fabricante.
Quemas controladas: Acción de usar el fuego para eliminar vegetación en forma dirigida, circunscrita o limitada a un área previamente determinada, conforme a metodologías o procedimientos preestablecidos, con el fin de mantener el fuego bajo control.
Quema libre: Aquella que se realiza al aire libre, sin ningún factor de control de la emisión, con la finalidad de eliminar residuos de cualquier clase.
Rastrojos: Desechos vegetales que quedan en el terreno después de efectuada la cosecha o poda en el ámbito silvoagropecuario.
Rendimiento del calefactor: Es la relación entre el calor total que sale del artefacto y el calor total introducido en el mismo, durante el período de ensayo, expresada como porcentaje, según la Norma NCh3173.
Salamandra: Calefactor de cámara simple y de fierro fundido.
Sistema de calefacción: Sistema compuesto por uno o más equipos (y sus conexiones), destinado para la calefacción en el espacio en que se instalan sus componentes y su alrededor, generando calor a través de diferentes energéticos, entre ellos, electricidad, gas y parafina.
Valor R100: Corresponde a la resistencia térmica del material aislante térmico multiplicada por 100. Se expresa en [(m2K)/W] x 100. La resistencia térmica del material aislante térmico corresponde al espesor del material (medido en metros) dividido por su conductividad térmica (medida en [W/ (mK)]).
Vivienda nueva: Toda vivienda cuya solicitud de permiso de edificación o de anteproyecto sea ingresada con posterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto.
Xilohigrómetro: Instrumento portátil que permite determinar el contenido de humedad en la madera mediante resistencia eléctrica.
Artículo 4.- La Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos (Seremi de Vivienda y Urbanismo), entregará al menos 15.000 subsidios para Acondicionamiento Térmico de las viviendas existentes en la zona saturada, dentro del plazo de 10 años, conforme al DS N° 255, de 2006, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que reglamenta el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, o el que lo reemplace. Para su implementación se realizarán llamados especiales en la zona saturada que indicarán los requisitos de postulación.
Artículo 5.- A partir de la entrada en vigencia del presente decreto, y en caso que la vivienda que postule al subsidio de Acondicionamiento Térmico cuente con ampliaciones no regularizadas, el monto del subsidio podrá ser complementado con un monto adicional que permita financiar total o parcialmente, tanto las obras necesarias como las gestiones administrativas para regularizar dichas construcciones. El proyecto de regularización deberá ser desarrollado antes de comenzar la ejecución de las obras, para asegurar su incorporación, cuando sea necesario, en forma conjunta al acondicionamiento térmico.
Artículo 6.- Desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial, las viviendas a las cuales se les entregue el subsidio de acondicionamiento térmico, referido en el artículo 4, deberán cumplir al menos los siguientes estándares:
1. Transmitancia térmica de la envolvente:
Los proyectos de Acondicionamiento Térmico de viviendas existentes deberán verificar el estándar que se señala en la siguiente tabla:

Para efectos de cumplir estos estándares, se podrá optar por alguna de las siguientes alternativas:
a) Mediante la especificación y colocación de un material aislante térmico, incorporado o adosado al complejo de techumbre, al complejo de muro o al complejo de piso ventilado, cuyo R100 mínimo rotulado cumpla con los valores establecidos en la siguiente tabla:

b) Mediante un Certificado de Ensaye en base a la Norma NCh851, otorgado por un laboratorio con inscripción vigente en el Registro Oficial de Laboratorios de Control Técnico de Calidad de la Construcción del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, demostrando el cumplimiento de la transmitancia o resistencia térmica total de la solución del complejo de techumbre, muro y piso ventilado.
c) Mediante cálculo, el que deberá ser realizado de acuerdo a lo señalado en las Normas NCh853 y NCh3117, según corresponda, demostrando el cumplimiento de la transmitancia o resistencia térmica total de la solución del complejo de techumbre, muro y piso ventilado. Dicho cálculo deberá ser efectuado por un profesional competente.
d) Mediante una solución constructiva específica para el complejo de techumbre, muro y piso ventilado que corresponda a alguna de las soluciones inscritas en el Listado Oficial de Soluciones Constructivas para Acondicionamiento Térmico, confeccionado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Corresponderá al profesional competente o al Prestador de Servicio de Asistencia Técnica (PSAT), si lo hubiere, informar la alternativa adoptada al momento del ingreso del proyecto al Serviu.
2. Riesgo de condensación:
Las soluciones constructivas que se adopten deberán disminuir el riesgo de condensación superficial e intersticial. Lo anterior será acreditado por el PSAT o responsable del proyecto al momento del ingreso del proyecto al Serviu, mediante la norma de cálculo NCh1973, considerando los criterios de cálculo que el MINVU defina para ello.
3. Infiltraciones de aire:
Los proyectos de Acondicionamiento Térmico de viviendas existentes deberán verificar el estándar para la vivienda que se señala en la siguiente tabla:

Para efectos de cumplir este estándar, se podrá optar por alguna de las siguientes alternativas:
a) Mediante un Certificado de Ensaye otorgado por un laboratorio con inscripción vigente en el Registro Oficial de Laboratorios de Control Técnico de Calidad de la Construcción del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, efectuado a una vivienda o una muestra representativa de un conjunto de viviendas, en terreno, en base a la Norma NCh3295 y según el procedimiento de muestreo que el referido Ministerio defina para ello.
b) Mediante Especificaciones Técnicas Mínimas, a falta de laboratorios acreditados en la certificación de ensaye para el cumplimiento de este estándar. Esta alternativa dejará de estar permitida cuando el Ministerio de Vivienda y Urbanismo así lo establezca, mediante el correspondiente acto administrativo.
Corresponderá al profesional competente o al Prestador de Servicio de Asistencia Técnica (PSAT), si lo hubiere, informar la alternativa adoptada al momento del ingreso del proyecto al Serviu.
4. Ventilación:
Las viviendas deberán contar con un sistema de ventilación que garantice la calidad del aire interior. Lo anterior será acreditado por el PSAT o responsable del proyecto al momento del ingreso del proyecto al Serviu, según lo establecido en las Normas NCh3308 y NCh3309, según corresponda. El sistema de ventilación deberá considerar sistemas mecánicos de salida del aire al exterior, pudiendo ser las entradas de aire natural o mecánica, con al menos dos puntos de extracción de aire ubicados en baño y cocina con encendido mediante control de higrostato.
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De 03-NOV-2022
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03-NOV-2022 | |||
Texto Original
De 28-MAR-2016
|
28-MAR-2016 | 02-NOV-2022 |
Comparando Decreto 47 |
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