Decreto 908
Decreto 908 APRUEBA LA DESAFECTACIÓN DE LAS DECLARATORIAS DE UTILIDAD PÚBLICA DE LOS TERRENOS QUE SE INDICAN
MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO
Promulgación: 21-ABR-2015
Publicación: 06-MAY-2015
Versión: Única - 06-MAY-2015
APRUEBA LA DESAFECTACIÓN DE LAS DECLARATORIAS DE UTILIDAD PÚBLICA DE LOS TERRENOS QUE SE INDICAN
Núm. 908.- Alto Hospicio, 21 de abril de 2015.
Vistos:
La Constitución Política de la República; Ley Nº 19.943, que crea la Comuna de Alto Hospicio; Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; Ley 20.791, publicada en el Diario Oficial el 29 de octubre del año 2014, la cual modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones en materia de Afectaciones de Utilidad Pública de los Planes Reguladores; artículo transitorio de la ley señalada precedentemente, que restablece las declaratorias de utilidad pública de los terrenos que hubiesen sido destinados por el Plan Regulador Comunal a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, con anterioridad a las leyes números 19.939 y 20.331, y lo dispuesto en mismo artículo transitorio que señala que la Municipalidad podrá dejar sin efecto estas declaratorias para circulaciones, plazas y parques que incluyan en una nómina aprobada por decreto alcaldicio, en un plazo de seis meses a contar de la publicación de la Ley 20.791; resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; memorandum Nº 002/2015, de 17 de abril de 2015, de don Jorge Orellana Ávila, Asesor Urbanista.
Decreto:
1.- Apruébese la desafectación de las declaratorias de utilidad pública de los terrenos que se incorporan en la siguiente nómina destinados por el Plan Regulador Comunal vigente a circulaciones y parques graficadas en el Plano de Vialidad AH-AM-0496-S 2 regulados por artículo 78º de la Ordenanza Local y de los terrenos destinados a Parques regulados por el artículo Nº 63º de la misma Ordenanza, graficados en el Plano de Zonificación AH-AM-0496-PS1.

2.- Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial.
3.- Remítase para conocimiento, copia del expediente del presente decreto a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo I Región, para lo cual pasen los antecedentes al Departamento de Asesoría Urbana.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 06-MAY-2015
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06-MAY-2015 |
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