Decreto 194
Decreto 194 OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE HUALQUI
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES
Promulgación: 27-NOV-2014
Publicación: 30-ENE-2015
Versión: Última Versión - 14-FEB-2015
OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE HUALQUI
Santiago, 27 de noviembre de 2014.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 194.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126 de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
f) La resolución exenta Nº 36 de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora;
g) La resolución exenta Nº 479 de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que Fijó Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora;
h) La resolución exenta Nº 5.234, de 30.10.2012, de la Subsecretaría, que aprobó las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Tercer Cuatrimestre del 2012.
Considerando:
a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial Nº 40.364, de 15.09.2012, rectificado por resolución exenta Nº 5.176, de 25.10.2012, publicada en el Diario Oficial el 30.10.2012;
b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Seremitt Nº 236-11, de 12.12.2012, ingreso Subtel Nº 98.019, de 14.12.2012;
c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante Memorándum Nº 56/C, de 01.07.2012;
d) Lo dispuesto en el inciso 6º del artículo 13A de la ley;
e) La resolución exenta Nº 3.033, de 09.08.2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que llamó a sorteo para la asignación de concesiones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada;
f) El Acta que da cuenta de lo obrado en el sorteo realizado el 05.11.2013;
g) Lo informado por la Subsecretaría, mediante Memorándum Nº 32/C, de 19.03.2014;
h) La resolución exenta Nº 2.304, de 30.06.2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Hualqui, VIII Región, a Sociedad de Comunicaciones Medio a Medio Limitada;
i) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión; y, en uso de mis atribuciones;
Decreto:
1.- Otórgase una concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Hualqui, VIII Región, a Sociedad de Comunicaciones Medio a Medio Limitada, RUT Nº 76.229.603-9, con domicilio en Álvaro Bazan Nº 1621, Villa San Andrés, comuna de Concepción, VIII Región, en adelante la concesionaria.
2.- Apruébase el proyecto técnico, contenido en la solicitud de concesión presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQC-594, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican:
ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN
- Tipo de servicio: Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada.
- Zona de servicio: Localidad de Hualqui, VIII Región.
Superficie delimitada por una intensidad de campo mayor o igual que 54 dB (?V/m), referida al punto de emisión de la señal.
- Período de la concesión: 25 años.
- Plazo inicio de obras: 15 días.
- Plazo término de obras: 30 días.
- Plazo inicio de transmisiones: 75 días.
- Potencia: 100 W.
- Frecuencia: 90,5 MHz.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES
- Tipo de emisión: 180KF8EHF
- Desviación máxima: ±75 KHz
- Diagrama de Radiación: Direccional.
- Ganancia: 9,96 dBd de ganancia máxima.
- Polarización: Vertical.
- Tipo de antenas: Dipolo con panel.
- Nº Antenas: 4.
- Altura del centro de radiación: 25 m.
- Pérdidas en cables, conectores y otros: 1,4 dB.
- Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla:
Radial 0º 20º 40º 60º 80º 100º 120º 140º 160º
Pérd. por lóbulo (dB) 9,79 6,07 3,34 1,64 0,64 0,14 0,01 0,36 1,01
Radial 180º 200º 220º 240º 260º 280º 300º 320º 340º
Pérd. por lóbulo (dB) 2,40 4,61 7,79 11,7 13,94 13,68 13,19 14,07 13,23
UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES
- Ubicación del Estudio: La Araucana Nº 3, comuna de Hualqui, VIII Región.
- Coordenadas Geográficas: 36º58'21'' Latitud Sur.
72º56'19'' Longitud Oeste.
Datum WGS84.
- Ubicación de la Planta Transmisora
y Sistema Radiante: Fundo El Porvenir, Sector San Onofre, Quilanchico, comuna de Hualqui, VIII Región.
- Coordenadas Geográficas: 36º59'29'' Latitud Sur.
72º56'20'' Longitud Oeste.
Datum WGS84.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL RADIOENLACE ESTUDIO - PLANTA TRANSMISORA
- Frecuencia: 304,3 MHz.
- Potencia: 10 W.
- Ganancia: 10 dBd.
- Polarización: Horizontal.
- Tipo emisión: 180KF8EHF.
- Antena: Yagi de 6 elementos, abertura lóbulo principal 55.
- Coordenadas etapa transmisora: 36º58'21'' Latitud Sur.
72º56'19'' Longitud Oeste.
Datum: WGS84.
- Coordenadas etapa receptora: 36º59'29'' Latitud Sur.
72º56'20'' Longitud Oeste.
Datum: WGS84.
4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
5.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley.
6.- La concesionaria no podrá iniciar los servicios, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado.
7.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por la Contraloría General de la República.
8.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Aviso S/N,
TRANSPORTES
D.O. 14.02.2015 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
TRANSPORTES
D.O. 14.02.2015 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División de Infraestructura y Regulación
Subdivisión Jurídica
Cursa con alcances el decreto N° 194, de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones
N° 100.616.- Santiago, 26 de diciembre de 2014.
La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que otorga una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Hualqui, pero cumple con hacer presente que de conformidad con los antecedentes adjuntos, la razón social de la concesionaria es "Sociedad de Comunicación Medio a Medio Limitada", y que el memorándum N° 56/C, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, es de fecha 1 de julio de 2013, y no como se indica en el decreto en análisis.
Saluda atentamente a Ud., por orden del Contralor General de la República, Jefe Subdivisión Jurídica, División de Infraestructura y Regulación.
Al señor
Ministro de Transportes y Telecomunicaciones
Presente.
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De 30-ENE-2015
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