Decreto 82
Decreto 82 OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE VOZ SOBRE INTERNET A LA EMPRESA NÓMADE TELECOMUNICACIONES S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE VOZ SOBRE INTERNET A LA EMPRESA NÓMADE TELECOMUNICACIONES S.A.
Santiago, 12 de mayo de 2014.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 82.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) Decreto supremo Nº 484 de 2007, que Aprueba Reglamento del Servicio Público de Voz sobre Internet, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 56.847 de 24.07.2013.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Público de Voz sobre Internet, a la empresa Nómade Telecomunicaciones S.A., RUT Nº 76.355.720-0, con domicilio en Avenida del Valle Nº 928, oficina Nº101, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar un nodo ubicado en Avenida del Valle Nº 928, oficina Nº 101, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana.
2. El servicio se suministrará mediante facilidades propias o de terceros debidamente autorizados. La zona de servicio corresponde al Territorio Nacional.
3. Los plazos de inicio y término de obras, y de inicio del servicio son los que a continuación se indican:

El periodo de vigencia de la concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
4. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
5. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 05-JUL-2014
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05-JUL-2014 |
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