Resolución 2912 EXENTA
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Resolución 2912 EXENTA
Resolución 2912 EXENTA FORMALIZA DESIGNACIÓN DE DON FELIPE ALONSO SCHUSTER PINEDA COMO INTEGRANTE DEL CONSEJO DEL ARTE Y LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL
CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES
FORMALIZA DESIGNACIÓN DE DON FELIPE ALONSO SCHUSTER PINEDA COMO INTEGRANTE DEL CONSEJO DEL ARTE Y LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL
Núm. 2.912 exenta.- Valparaíso, 24 de julio de 2013.- Vistos: Estos antecedentes, memorando interno Nº 05-S/2378, del Jefe del Departamento de Fomento de las Artes e Industrias Creativas, recibido por el Departamento Jurídico con fecha 22 de julio de 2013, que solicita la formalización de la designación de integrante para el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual del representante de los productores de audiovisuales, acompañando entre otros documentos: estatutos de la Asociación Gremial de Productores Cinematográficos de Chile (APCT), carta de aceptación de cargo de Felipe Schuster y carta dirigida al Fondo de Fomento Audiovisual designando a don Felipe Schuster para el período 2013-2015.
Considerando:
Que la Ley Nº 19.981 sobre Fomento Audiovisual, señala que su objetivo es el desarrollo, fomento, difusión, protección y preservación de las obras audiovisuales y de la industria audiovisual, así como la investigación y el desarrollo de nuevos lenguajes audiovisuales, y que, para el cumplimiento de estos objetivos, crea al interior del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual.
Que, de acuerdo a su normativa, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, se integra en la forma preceptuada en el artículo 5º de la ley Nº 19.981, y que de acuerdo a la letra i) de dicho artículo, corresponderá a la entidad de carácter nacional más representativa designar al consejero que representará a los productores de audiovisuales, quien durará dos años en sus funciones, desde la formalización de su designación mediante el acto administrativo correspondiente, pudiendo ser designado hasta por un nuevo período consecutivo.
Que, teniendo presente lo señalado en los artículos 4º y 5º del decreto supremo Nº 265, de 2005, del Ministerio de Educación, que aprueba el Reglamento para la Constitución de este Consejo, en el mes de marzo del presente año, el Ministro Presidente de este Servicio solicitó por escrito a las respectivas entidades más representativas de las diferentes áreas del quehacer audiovisual a objeto que comunicaran a este Servicio las designaciones efectuadas.
Que, en virtud de lo anterior, la Asociación Gremial de Productores de Cine y Televisión de Chile A.G., en su calidad de entidad de carácter nacional más representativa de dicho sector, designó a don Felipe Alonso Schuster Pineda como reemplazante de don Marcos de Aguirre, quien presentó su renuncia a dicho cargo.
Que la designación de don Felipe Alonso Schuster Pineda fue formalizada a través de resolución exenta Nº 2.030, de 24 de mayo de 2013, y por el período que restaba al Consejero renunciado para completar su período, esto es, hasta el 22 de julio de 2013.
Que, habiéndose vencido el período para el cual fue designado el Consejero Schuster Pineda, corresponde la realización de una nueva designación por parte de la entidad más representativa que agrupa a los productores de audiovisuales.
Que, en mérito de lo anterior, la Asociación Gremial de Productores de Cine y Televisión de Chile A.G., en su calidad de entidad de carácter nacional más representativa de dicho sector, designó a don Felipe Alonso Schuster Pineda para integrar el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, para el período 2013-2015.
Que en virtud de lo señalado precedentemente, es necesaria la dictación del acto administrativo que formalice la designación recién referida.
Y teniendo presente: Lo dispuesto en la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.891, que crea el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la Ley Nº 19.981 sobre Fomento Audiovisual; en el decreto supremo Nº 176, de 2011, del Ministerio de Educación, que aprueba el Reglamento del Fondo de Fomento Audiovisual; en el decreto supremo Nº 265, de 2005, del Ministerio de Educación, que aprueba el Reglamento para la Constitución del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, dicto la siguiente
Resolución:
Artículo primero: Formalízase la designación en calidad de integrante del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual y en conformidad a lo dispuesto en el artículo 5º letra i) de la ley 19.981 sobre Fomento Audiovisual, de don Felipe Alonso Schuster Pineda, cédula de identidad Nº 13.271.650-1, como representante de los productores de audiovisuales.
Artículo segundo: Téngase presente que la persona individualizada en el artículo precedente desempeñará sus funciones por el período de dos años a contar del día 23 de julio de 2013 hasta el día 23 de julio de 2015 y no percibirá remuneración en el ejercicio de sus funciones.
Artículo tercero: Téngase presente que el Consejero designado deberá cumplir con las normas de probidad administrativa, velando por ello el Departamento de Fomento de las Artes y las Industrias Creativas, en coordinación con la Secretaría del Fondo de Fomento Audiovisual.
Artículo cuarto: En cumplimiento de lo previsto en el artículo 48 de la Ley Nº 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado, una vez que se encuentre totalmente tramitada, publíquese la presente resolución, por la Secretaría Administrativa y Documental, en el Diario Oficial.
Artículo quinto: Notifíquese lo resuelto en los domicilios indicados en la distribución del presente acto, dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos a contar de la fecha de la total tramitación del presente acto administrativo, por la Secretaría Administrativa y Documental, a la Asociación Gremial de Productores Cinematográficos de Chile y a don Felipe Alonso Schuster Pineda, vía carta certificada, la que deberá contener una copia de esta resolución.
Artículo sexto: Una vez que se encuentre totalmente tramitada, publíquese la presente resolución en el sitio electrónico de Gobierno Transparente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, por la Secretaría Administrativa y Documental, en la sección "actos y resoluciones", en la categoría "actos con efectos sobre terceros", en la tipología "integraciones de órganos colegiados", a objeto de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 7º de la Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, y en el artículo 51 de su Reglamento. Asimismo y en cumplimiento de la Ley Nº 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, omítanse, por la Secretaría Administrativa y Documental, el número de cédula de identidad y los domicilios, por tratarse de datos personales, para el solo efecto de su publicación en el sitio electrónico de Gobierno Transparente.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 07-AGO-2013
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07-AGO-2013 |
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