Decreto 1065 EXENTO
Decreto 1065 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA DE MÍNIMA COBERTURA, PARA LA COMUNA DE TOMÉ
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA DE MÍNIMA COBERTURA, PARA LA COMUNA DE TOMÉ
Santiago, 26 de julio de 2011.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 1.065 exento.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
f) Ley Nº 19.418 de 1997, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias;
g) La ley Nº 20.433 de 2010, que crea los Servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana, y
Considerando:
a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante decreto supremo indicado en la letra h) de los Vistos, ingreso Subtel Nº 47.917 de 04.11.2010; complementado mediante ingreso Subtel Nº 57.362 de 29.12.2010.
b) El informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificado mediante ingreso Subtel Nº 40.217 de 14.09.2010, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º inciso segundo de la ley Nº 19.733;
c) La resolución exenta Nº 1.210, de 16.03.2011, que autorizó previamente la transferencia;
d) El instrumento privado de fecha 25.04.2011;
e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel Nº 37.281 de 27.05.2011, y en uso de mis atribuciones.
Decreto:
1. Modifícase la concesión de Radiodifusión Sonora de Minina Cobertura, señal distintiva XQK-87, para la comuna de Tomé, VIII Región, cuyo titular es el Centro Cultural y de Comunicación Radiofónica Lorenzo Arenas, RUT Nº 75.764.800-8, según consta en el decreto supremo indicado en la letra h) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es el Centro Cultural Latinoamérica, RUT Nº 65.088.810-3, con domicilio en calle Llanura Nº1178, Los Tilos, comuna de Tomé, VIII Región.
2. El nuevo concesionario gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesor en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la Ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley.
4. Se deja constancia que, en virtud de lo dispuesto en los artículos 1º y 3º Transitorios de la ley Nº 20.433 de la letra g) de los Vistos, los concesionarios de servicios de radiodifusión de mínima cobertura que al momento de la publicación de la citada ley mantengan vigente su concesión podrán acogerse a esta última, cumpliendo para ello con los requisitos que a tales efectos en la misma se señalan. De no hacerlo, la concesión no podrá renovarse una vez expirado el término de su vigencia.
5. De acuerdo a lo establecido en el artículo 29º de la ley 19.418, citada en la letra f) de los Vistos, las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias estarán exentas de todas las contribuciones, impuestos y derechos fiscales y municipales, con excepción de los establecidos en el decreto ley Nº 825, de 1974.
6. Es obligación del nuevo concesionario, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese al interesado y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Eduardo Charme Aguirre, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 27-AGO-2011
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27-AGO-2011 |
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