Decreto 110
Decreto 110 MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE CASABLANCA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE CASABLANCA
Santiago, 19 de junio de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 110.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y
e) El decreto supremo Nº 963 de 16.10.2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
Considerando:
a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante decreto supremo indicado en la letra e) de los Vistos, ingreso Subtel Nº 53.293 de 25.11.2008, complementado mediante ingreso Subtel Nº 16.048 de 13.02.2009;
b) La resolución favorable del H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, de fecha 20.11.2008, notificada mediante ingreso Subtel Nº 54.785 de 09.12.2008, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la ley Nº 19.733 de 2001;
c) La resolución exenta Nº 1.011 de 04.03.2009, que autorizó previamente la transferencia;
d) El instrumento privado de fecha 29.04.2009, que da cuenta material de la transferencia de concesión, así como de la inserción en el mismo de la resolución de la letra c) anterior, que dispuso la autorización previa a la que se refiere el inciso segundo del artículo 21º de la ley;
e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel Nº 27.177 de 30.04.2009, y en uso de mis atribuciones,
D e c r e t o:
1. Modifícase la concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQB-386, para la localidad de Casablanca, V Región, cuyo titular es la sociedad Desarrollos Electrónicos Dofox Limitada, RUT Nº 77.332.300-3, según consta en el decreto supremo indicado en la letra e) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es la sociedad Radio y Televisión de Casablanca Limitada, RUT Nº 77.306.600-0, con domicilio en calle Uno Nº 629, Villa María Elena, Comuna de Casablanca, V Región.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley, sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Nelson Donoso Yantén, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 14-AGO-2009
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14-AGO-2009 |
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