Decreto 28
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Decreto 28
- Encabezado
- TÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales
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TÍTULO SEGUNDO De la solicitud, acreditación, otorgamiento, pago e incompatibilidades del subsidio al emple
- Párrafo 1º Normas generales de la solicitud del subsidio
- Párrafo 2º De la solicitud del empleador
- Párrafo 3º De la solicitud del trabajador
- Párrafo 4º De la acreditación de los requisitos y otorgamiento del subsidio
- Párrafo 5º Del pago del subsidio al empleador
- Párrafo 6º Del pago del subsidio al trabajador
- Párrafo 7º Normas comunes del pago del subsidio
- Párrafo 8º De las Incompatibilidades
- TÍTULO TERCERO Del plazo adicional para acceder al subsidio al empleo
- TÍTULO CUARTO Del cálculo y la reliquidación
- TÍTULO QUINTO Del reintegro, de la retención y la cobranza
- TÍTULO SEXTO De la revisión, suspensión y extinción del subsidio al empleo
- TÍTULO SÉPTIMO De la fiscalización
- Disposiciones transitorias
- Promulgación
Decreto 28 APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL SUBSIDIO AL EMPLEO ESTABLECIDO EN LA LEY Nº20.338
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; SUBSECRETARÍA DE PREVISIÓN SOCIAL
Promulgación: 20-MAY-2009
Publicación: 16-JUN-2009
Versión: Última Versión - 02-AGO-2012
APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL SUBSIDIO AL EMPLEO ESTABLECIDO EN LA LEY Nº20.338
Núm. 28.- Santiago, 20 de mayo de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en el Nº6, del artículo 32, de la Constitución Política de la República; en la ley Nº20.338, y en la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,
D ec r e t o:
Apruébase el siguiente Reglamento para la aplicación del Subsidio al empleo establecido en la ley Nº20.338.
Artículo 1º.- El subsidio al empleo se regirá por las disposiciones de la ley Nº20.338 y de este reglamento.
Artículo 2º.- Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por:
a) Subsidio al Empleo: Es el beneficio a que se refiere la Ley Nº20.338, a que tendrán derecho los trabajadores dependientes regidos por el Código del Trabajo e independientes, y los empleadores por sus trabajadores dependientes.
b) Superintendencia: Superintendencia de Seguridad Social.
c) SENCE: Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.
d) IPS: Instituto de Previsión Social.
e) Ley: La Ley Nº20.338, publicada en el Diario Oficial de 1º de abril de 2009.
f) Cotizaciones de Seguridad Social: Las cotizaciones de los regímenes de pensiones, de salud, del seguro de la Ley Nº16.744 y del seguro de cesantía de la Ley Nº19.728.
Artículo 3º.- Serán beneficiarios del subsidio al empleo los trabajadores dependientes que cumplan los siguientes requisitos:
a) Sean trabajadores regidos por el Código del Trabajo;
b) Tengan entre 18 y menos de 25 años de edad;
c) Integren un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población, y
d) Sus rentas brutas sean inferiores a $4.320.000 en el año calendario en que se devenga el subsidio.
Artículo 4º.- Serán también beneficiarios del subsidio al empleo los trabajadores independientes que cumplan los siguientes requisitos:
a) Los señalados en las letras b) y c) del artículo anterior;
b) Acrediten rentas brutas por un monto inferior a $4.320.000 en el año calendario en que se devenga el subsidio;
c) Acrediten rentas de las señaladas en el Nº2 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta en el año calendario en que se devenga el subsidio, y
d) Se encuentren al día en el pago de sus cotizaciones obligatorias de pensiones y de salud, del año calendario indicado.
Artículo 5º.- Tendrán, además, derecho al subsidio los empleadores por sus trabajadores dependientes que cumplan los siguientes requisitos:
a) Sean trabajadores regidos por el Código del Trabajo;
b) Tengan entre 18 y menos de 25 años de edad;
c) Integren un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población, y
d) Las remuneraciones brutas mensuales del trabajadores sean inferiores a $360.000.
Además, el empleador deberá haber pagado, dentro del plazo legal, las cotizaciones de seguridad social, correspondientes al trabajador que origina el subsidio.
Este beneficio lo podrá percibir el empleador por cada uno de sus trabajadores dependientes, por los cuales solicite el beneficio, y que reúnan los requisitos señalados en los incisos anteriores.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 02-AGO-2012
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02-AGO-2012 | |||
Texto Original
De 16-JUN-2009
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16-JUN-2009 | 01-AGO-2012 |
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