Decreto 1841
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Decreto 1841
Decreto 1841 Decreto 1841/2012 APRUEBA ORDENANZA Nº 24 "ESTABLECE EXENCIONES AL COBRO DE ASEO DOMICILIARIO"
MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO
APRUEBA ORDENANZA Nº 24 "ESTABLECE EXENCIONES AL COBRO DE ASEO DOMICILIARIO"
Núm. 1.841/2012.- Alto Hospicio, 10 de octubre de 2012.- Vistos y teniendo presente: La ley Nº 19.943, que crea la Municipalidad y la comuna de Alto Hospicio; Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, artículos 12 y 65 letra k), en especial su artículo 12, que indica que las ordenanzas son normas generales y obligatorias aplicables a la comunidad; decreto ley Nº 3.063, que fija texto refundido de Ley de Rentas Municipales, artículo 7, que establece la facultad de las municipalidades de cobrar una tarifa anual por el servicio domiciliario de aseo por cada vivienda o unidad habitacional, local, oficina, kiosco y sitio eriazo; ordenanza Nº 1 de Derechos Municipales, de fecha 20 de enero de 2005, y sus posteriores modificaciones; ordenanza Nº 16, que incluye el Cobro de Derechos Municipales de Aseo Domiciliario; Propuesta del Departamento de Rentas Municipales, para establecer situaciones de exención de derechos municipales por concepto de aseo domiciliario, y Acuerdo de Concejo Municipal Nº 117, tomado en la 17ª sesión ordinaria, de fecha 12 de junio de 2012, que aprueba por unanimidad de los miembros presentes, incorporar exenciones al cobro de aseo domiciliario, con las modificaciones sugeridas por el Sr. Alcalde en la referida sesión, en los términos que se indican en el cuerpo del presente documento.
Y considerando: 1°) Que desde que se inició el cobro de derechos por aseo domiciliario, una serie de contribuyentes ha llegado al Municipio, indicando la imposibilidad económica de poder cumplir con tales pagos; 2º) Que, en razón de lo anterior, el Jefe del Departamento de Rentas Municipales preparó y expuso al Honorable Concejo una proposición de exenciones del cobro de aseo domiciliario, fundada en el puntaje obtenido en la Ficha de Protección Social, en casos de personas con discapacidad, tercera edad y otros; 3º) Y que durante la discusión de la propuesta, el Sr. Alcalde acotó que en materia de edad debiera distinguirse entre varones y mujeres, debido a que estas últimas tienen una edad de jubilación diferenciada de los primeros.
Decreto:
I.- Apruébese la siguiente Ordenanza Municipal Nº 24, denominada "Establece Exenciones al Cobro de Aseo Domiciliario" para la comuna de Alto Hospicio, que es del siguiente tenor:
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 24
ESTABLECE EXENCIONES AL COBRO DE ASEO DOMICILIARIO
Artículo único: Establézcanse las siguientes exenciones al cobro de los derechos municipales por los servicios de aseo domiciliario, fijados en el Título VII "Derechos Municipales por Servicios de Aseo y Ornato" de la Ordenanza de Derechos Municipales:
1. Puntaje en Ficha de Protección Social igual o inferior a 8.500 puntos.
2. Personas que presenten situaciones de discapacidad mayor a los dos tercios.
3. Mujeres mayores de 60 años de edad y/o varones mayores de 65 años de edad, que se encuentren jubilados, que sean propietarios, cuando alguno de los integrantes del grupo familiar presente alguna enfermedad comprobable y, además, genere un gasto importante en el presupuesto familiar.
4. Casos con existencia de VIF o alguna disfuncionalidad familiar de carácter grave, que afecte la dinámica familiar y su presupuesto, previo Informe Social.
Las referidas causales deberán ser acreditadas documentalmente ante el Departamento de Rentas Municipales, mediante Informe Social que deberá contener mínimamente: 1º) Ficha de Protección Social; 2º) Domicilio al cual corresponde el pago de aseo; y 3º) Antecedentes de respaldo que acrediten las situaciones que se señalen.
Luego de verificar que se cumple una cualquiera de las causales de exención, el Departamento de Rentas Municipales deberá remitir los antecedentes a la Dirección Jurídica para la elaboración del decreto respectivo para cada caso particular.
II.- La presente ordenanza comenzará a regir a contar del día primero del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 01-DIC-2012
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01-DIC-2012 |
Comparando Decreto 1841 | Decreto 1841/2012 |
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