Decreto 405
Decreto 405 OTORGA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA A EMPRESA NACIONAL DE TRANSMISIONES Y DUPLEXIONES LIMITADA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES
OTORGA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA A EMPRESA NACIONAL DE TRANSMISIONES Y DUPLEXIONES LIMITADA
Santiago, 29 de agosto de 2001.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 405.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977;
b) La ley Nº 18.168 de 1982 y sus modificaciones, Ley General de Telecomunicaciones;
c) El artículo 1º de la ley Nº 16.436 de 1966;
d) El Nº 1 del artículo 3 párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado por resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
e) La resolución exenta Nº 692 de 30.06.2000, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que Aprueba las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2000,
Considerando:
a) El llamado a concurso público para optar a concesiones de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial Nº 36.663 de 15.05.2000.
b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 30.059 de 24.08.2000.
c) Lo informado por la Subsecretaría de
Telecomunicaciones mediante memorándum Nº 83 de 28.03.2001.
d) La resolución exenta Nº 436, de 04.04.2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, a la sociedad Empresa Nacional de Transmisiones y Duplexiones Limitada, para la localidad de Río Bueno, X Región.
e) Que la resolución exenta que asignó la concesión no fue reclamada,
D e c r e t o:
1.- Otórgase una concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Río Bueno, X Región, a la sociedad Empresa Nacional de Transmisiones y Duplexiones Limitada, RUT Nº 78.965.080-2, con domicilio en calle Carlos Dorlhiac Nº 867, La Reina, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria.
2.- Apruébase el proyecto técnico, base de la solicitud, presentado por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQD-403, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de la radioemisora se indican a continuación:
Elementos de la esencia de la concesión
- Tipo de servicio : Radiodifusión Sonora
en Frecuencia
Modulada.
- Zona de servicio : Localidad de Río
Bueno.
Superficie delimitada
por una intensidad de
campo mayor o igual
que 54 dB (uV/m),
referida al punto de
emisión de la señal.
- Período de la concesión : 25 años.
- Plazo inicio de obras : 10 días.
- Plazo término de obras : 30 días.
- Plazo inicio de transmisiones : 60 días.
- Potencia máxima radiada : 80 Watts.
- Frecuencia : 94,1 MHz.
Características técnicas del sistema radiante
- Tipo de emisión : 180KF8EHF.
- Desviación máxima : ± 75 KHz.
- Diagrama de radiación : Direccional.
- Ganancia : 2,95 dBd de ganancia
máxima, con un azimut
de radiación máxima
en 45º.
- Polarización : Vertical.
- Tipo de antena : Dipolo.
- Nº antenas : 2.
- Altura del centro de radiación: 12,4 metros.
- Altura torre : 14 metros.
- Diagrama de radiación horizontal,
de acuerdo a la siguiente tabla:
Radial 0º 45º 90º 135º 180º 225º 270º 315º
Pérdida
Por
Lóbulo
(dB) 0,0 0,0 0,0 0,3 1,4 4,3 1,4 0,3
Ubicación de la radioemisora
- Dirección del estudio, planta
transmisora y sistema radiante: Parcela Contra
Coronel, Río Bueno, X
Región.
- Coordenadas geográficas : 40º20'07" Latitud Sur
72º58'17"
Longitud Oeste.
4.- La concesionaria no podrá iniciar servicios, sin que sus obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría; para estos efectos deberá solicitar, por carta certificada, que se verifique que dichas obras e instalaciones se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan al proyecto aprobado.
5.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Carlos Cruz Lorenzen, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Edgardo Mimica Miranda, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 20-NOV-2001
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20-NOV-2001 |
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