DFL 35
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DFL 35
DFL 35 CREA UNIVERSIDAD DE MAGALLANES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Promulgación: 03-OCT-1981
Publicación: 26-OCT-1981
Versión: Única - 26-OCT-1981
CREA UNIVERSIDAD DE MAGALLANES
D.F.L. N° 35.- Santiago, 3 de Octubre de 1981.- Teniendo presente la proposición formulada por el señor Rector del Instituto Profesional de Magallanes, por el señor Intendente de la XII Región, y visto lo dispuesto en el decreto ley N° 3.541, de 1980, y en el D.F.L. N° 1, de 1980.
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- Créase a contar de la fecha de vigencia de esta ley, la Universidad de Magallanes, institución de educación superior independiente, autónoma, con personalidad jurídica propia.
Su representante legal es el Rector.
Artículo 2°.- El domicilio de la entidad es la ciudad de Punta Arenas, y sus fines son los propios de las Universidades que se señalan en los artículos 1° y 2° del D.F.L. N°1, de 1980.
Su patrimonio estará constituido por la totalidad de los bienes, de cualquiera naturaleza que ellos sean, que integren el activo del Instituto Profesional de Magallanes a la fecha de vigencia de esta ley.
Para todos los efectos legales, la Universidad de Magallanes será la sucesora y continuadora legal del Instituto Profesional de Magallanes en el dominio de todos los bienes señalados en el inciso anterior y en todos los convenios o contratos que dicho Instituto Profesional hubiese celebrado.
Artículo 3°.- Los actuales alumnos y funcionarios docentes, administrativos y demás, personal del Instituto Profesional de Magallanes continuarán siéndolo de la Universidad de Magallanes.
Artículo primero transitorio.- Los aportes fiscales y el crédito fiscal universitario que correspondían al Instituto Profesional de Magallanes, que se determinaron en conformidad a lo establecido en el artículo 1°, 2°, 4° y 5° transitorio del D.F.L. número 4, de 1981, corresponderán a la Universidad de Magallanes.
Artículo segundo transitorio.- Dentro del plazo de 90 días, contados desde la vigencia de la presente ley, el Rector de la Universidad de Magallanes propondrá al Presidente de la República, para su aprobación, las normas estatutarias que la regirán. Mientras dichas normas no sean aprobadas se aplicarán a esta Universidad, en cuanto correspondan, las disposiciones legales, estatutarias y reglamentarias que rigen al Instituto Profesional de Magallanes.
Dentro del mismo plazo, el Rector de la Universidad de Magallanes deberá dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el D.F.L. N° 2, de 1980.
Tómese razón, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de la Contraloría General de la República.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Manuel José Errázuriz Rozas, Ministro de Educación Pública subrogante.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel de Ejército, Ministro de Hacienda subrogante.- Mónica Madariaga Gutiérrez, Ministro de Justicia.- Miguel Kast Rist, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Alvaro Arriagada Norambuena, Subsecretario Educación subrogante.
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica Cursa con alcances decreto con fuerza de ley 35, 36 y 37, de 1981, del Ministerio de Educación Pública N° 34.754.- Santiago, 22 de Octubre de 1981.
La Contraloría General ha tomado razón de los actos administrativos individualizados en el epígrafe, mediante los cuales se crean las universidades de Magallanes, de Talca y de Atacama, respectivamente, en atención a que han sido dictados en conformidad a la autorización conferida por el artículo único del decreto ley 3.541 de 1980, pero cumple sin embargo con hacer presente que las normas estatutarias que regirán a dichas Instituciones y a las cuales se refiere el artículo 2° transitorio de los documentos en examen, deberán aprobarse de acuerdo con el mismo precepto delegatorio ya citado y dentro del plazo que en él se señala, a través de decretos con fuerza de ley.
Con el alcance que antecede, este Organismo Contralor ha procedido a dar curso a los documentos indicados en el rubro.
Dios guarde a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General.
Al señor Ministro de Educación
Pública Presente.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 26-OCT-1981
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26-OCT-1981 |
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