Decreto 361
Decreto 361 MODIFICA DECRETO Nº 352, DE 2003, QUE REGLAMENTA EJERCICIO DE LA FUNCION DOCENTE
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
MODIFICA DECRETO Nº 352, DE 2003, QUE REGLAMENTA EJERCICIO DE LA FUNCION DOCENTE
Núm. 361.- Santiago, 25 de octubre de 2007.
Considerando:
Que por decreto supremo Nº 352, de 2003, del Ministerio de Educación, se reguló el ejercicio de la función docente, aumentándose los requisitos mínimos para acceder a su otorgamiento al hecho de estar cursando estudios de pedagogía y contar, a lo menos, con cuatro semestres aprobados en dicha carrera;
Que, por la naturaleza de su formación, la gran mayoría de las personas que imparten el Subsector de Religión no cuentan con estudios en pedagogía;
Que, el Subsector de Religión indicado constituye un componente obligatorio de los planes de estudio;
Que, en raíz de lo anterior, mediante decreto supremo Nº 168, de 2004, del Ministerio de Educación, se modificó el señalado decreto supremo Nº 352, de 2003, a objeto de contemplar una norma de excepción para que las personas que contaban con autorización docente para impartir Religión a la fecha de la publicación del mismo decreto supremo Nº 352, de 2003, pudieran renovar su autorización sin la exigencia del requisito de contar con una formación mínima en pedagogía, fijándose como plazo máximo para el ejercicio de este derecho el 1º de marzo de 2008;
Que el plazo establecido ha resultado insuficiente para que estas personas puedan alcanzar el requisito de formación mínima en pedagogía que les será exigible para obtener la autorización docente a partir del 2 de marzo del año 2008, por lo cual se hace imprescindible introducir una nueva modificación al indicado decreto Nº 353, en el sentido de prorrogar el plazo contemplado en su artículo transitorio hasta el 31 de diciembre del año 2010, y
Visto: Lo dispuesto en las leyes Nºs 18.956 que reestructura el Ministerio de Educación y 19.638; los decretos leyes Nºs 678 de 1974, 1.477 de 1976 y 3.621 de 1981; D.F.L. Nºs 630, de 1981, de Justicia, 29 de 1981 y 1 de 1996, de Educación; decretos supremos de Educación Nºs 352 de 2003 y 924 de 1983; y en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
Decreto:
Artículo único: Modifícase el artículo transitorio del decreto supremo de Educación Nº 352, de 2003, que reglamentó el ejercicio de la función docente, en el sentido siguiente:
Sustitúyase la frase "1º de marzo de 2008" ubicada entre las expresiones "hasta el" y "para completar", por la siguiente frase "31 de diciembre de 2010".
Anótese, tómese razón, publíquese e insértese en la Recopilación Oficial de la Contraloría General de la República.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Yasna Provoste Campillay, Ministra de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a usted, Pilar Romaguera Gracia, Subsecretaria de Educación.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 26-ENE-2008
|
26-ENE-2008 |
Comparando Decreto 361 |
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