Decreto 945
Decreto 945 APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL DE LA DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
MINISTERIO DE HACIENDA
Promulgación: 10-JUL-2007
Publicación: 31-AGO-2007
Versión: Última Versión - 25-AGO-2012
APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL DE LA DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Núm. 945.- Santiago, 10 de julio de 2007.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política; el artículo 47 del DFL Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; los artículos 32 y siguientes del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el decreto Nº 1.825, de 1998, del Ministerio del Interior, que aprueba Reglamento General de Calificaciones del personal afecto al Estatuto Administrativo; los artículos 28 y siguientes de la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y la resolución 520/96, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución Nº 55/92 de la Contraloría General de la República.
Decreto:
Apruébase el siguiente Reglamento Especial de Calificaciones del Personal de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Artículo 1º: Este Reglamento Especial de Calificaciones contiene las normas que regulan el sistema de Calificaciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública y regula el procedimiento que da origen a las calificaciones de los funcionarios, contemplando los aspectos de desempeño funcionario relevantes para quienes se desempeñan en la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante "La Dirección".
Artículo 2º: El procedimiento de calificaciones consiste en el conjunto de instrumentos que deben ser utilizados en la evaluación de los funcionarios; de factores y subfactores a evaluar; la ponderación de cada uno de estos factores de acuerdo a la función desempeñada por los funcionarios y a los procedimientos que se detallan en este reglamento.
Artículo 3º: Los funcionarios que participen en el proceso de calificación deberán actuar con responsabilidad, imparcialidad, objetividad y con un total conocimiento de los procedimientos y las normas que los rigen.
Artículo 4º: La Dirección deberá capacitar a los funcionarios precalificadores respecto de las normas que rigen el proceso de calificación, así como también de los procedimientos que contiene, los plazos, criterios y políticas relacionados con el proceso de calificación de la Dirección.
Artículo 6º: Para el proceso de calificación se utilizarán los siguientes instrumentos:
1.- Hoja de Vida Funcionaria: Documento que registra todas las actuaciones del funcionario durante su desempeño en la Dirección, que impliquen una conducta funcionaria destacada o reprochable. Este documento contendrá, además, las diferentes actas de los respectivos períodos de calificaciones atendidas las exigencias y características de los cargos desempeñados al interior de la Dirección.
2.- Informes de Desempeño: Son aquellos informes confeccionados trimestralmente, en el que los precalificadores evalúan el desempeño de los funcionarios de acuerdo a los factores de evaluación contenidos en este reglamento.
3.- Informe de Precalificación: Informe que contiene la precalificación de cada funcionario, elaborado por los precalificadores al final de cada período de evaluación y que es enviado a la Junta Calificadora como antecedente para su calificación final.
Artículo 7º: Los factores y subfactores que contendrá la calificación de los funcionarios serán los siguientes:
1. Cantidad de trabajo: Tiene por objeto medir y evaluar el trabajo desarrollado por el funcionario en un período de tiempo determinado. El cumplimiento de las tareas asignadas en dicho período se deberá realizar sobre la base del compromiso de desempeño suscrito. Este factor comprenderá la valoración y evaluación de los siguientes subfactores:
i. Volumen de trabajo desarrollado: Medido en
razón del trabajo realizado en el período de
tiempo sujeto a evaluación.
ii. Rapidez y cumplimiento del trabajo: Medido en
razón de la agilidad y velocidad con que se
ejecutan las tareas asignadas.
iii. Oportunidad en el cumplimiento del trabajo:
Medido en razón del cumplimiento del trabajo
encomendado en los plazos determinados por su
Unidad y por la Dirección.
2. Calidad del trabajo: Tiene por objeto medir y evaluar la eficacia, precisión y excelencia alcanzados por el funcionario en el trabajo ejecutado. Este factor comprenderá la valoración y evaluación de los siguientes subfactores:
i. Precisión en el trabajo: Medido en razón de la
exactitud con que realiza el trabajo, los
errores u omisiones cometidos en su
elaboración.
ii. Habilidad en la ejecución en el trabajo:
Medido en razón de la presentación, contenido
y capacidad de desempeñar su trabajo o función
de manera autónoma.
iii. Autonomía en la resolución de problemas:
Medido en razón de la capacidad para resolver
problemas o imprevistos que se presenten en el
desempeño de sus funciones.
3. Conocimiento del trabajo: Tiene por objeto medir y evaluar el dominio que posee el funcionario respecto de las diversas tareas que ejecuta, comprendiendo la competencia que posee para la ejecución de su trabajo sin que se requiera una acción de supervisión directa o permanente, y el interés para realizar tareas de mayor complejidad a las exigidas al cargo o para mejorar su función.
4. Interés por el trabajo: Tiene por objeto medir y evaluar el interés por perfeccionar y adquirir nuevos conocimientos y mejorar las habilidades que permitan el cumplimiento de su función y/o realizar tareas de mayor complejidad.
Este factor comprenderá la valoración y evaluación de los siguientes subfactores:
i. Interés por perfeccionarse: Medido en razón
del interés por mejorar su desempeño
funcionario en el desarrollo de sus
responsabilidades. Considerará, además, el
interés por actividades de capacitación
formales tanto internas como externas.
ii. Iniciativa y aportes para mejorar la labor
desempeñada: Medido en razón de la capacidad
de generar propuestas para mejorar el
desarrollo de sus funciones y el logro de los
objetivos institucionales.
5. Capacidad para el trabajo en equipo: Tiene por objeto medir y evaluar la capacidad para integrar equipos de trabajo contribuyendo a mantener un clima armónico y de respeto con los demás integrantes del equipo y de los funcionarios de la Dirección.
Este factor comprenderá la valoración y evaluación de los siguientes subfactores:
i. Colaboración con el equipo de trabajo: Mide el
grado de colaboración con el equipo de trabajo
tanto en el logro de los objetivos de su
unidad como de la Dirección.
ii. Facilidad de integración: Mide la capacidad de
adaptación a los distintos equipos de trabajo.
6. Cumplimiento de Normas e Instrucciones: Tiene por objeto medir y evaluar el cumplimiento de las normas e instrucciones establecidas por la Dirección.
Este factor comprenderá la valoración y evaluación de los siguientes subfactores:
i. Asistencia y puntualidad: Mide el cumplimiento
del horario establecido, la permanencia y
dedicación durante la jornada de trabajo.
ii. Cumplimiento de normas e instrucciones: Mide
el cumplimiento y respeto de los funcionarios
a las normas establecidas por la Dirección y
sus respectivas jefaturas.
7. Liderazgo: Tiene por objeto medir y evaluar la capacidad de conducción y motivación del funcionario en el desarrollo de las actividades institucionales y la capacidad de establecer vínculos entre los distintos equipos de trabajo con el fin de dar cumplimiento a los objetivos y metas de la Dirección.
Este factor comprenderá la valoración y evaluación de los siguientes subfactores:
i. Capacidad de Conducción: Mide la capacidad de
coordinar, dirigir y motivar a los equipos de
trabajo en el logro de los objetivos y metas
planteadas por la Dirección.
ii. Capacidad de Supervisión: Mide el nivel de
preocupación por la administración y gestión
de su área o unidad, la forma en que ejerce el
control y la capacidad para formar equipos de
trabajo.
8. Calidad en Atención de Usuarios: Tiene por objeto medir y evaluar la eficacia y excelencia en el trato del funcionario a los diferentes usuarios de la Dirección (internos como externos), así como las conductas y actitudes para satisfacer sus requerimientos.
Este factor comprenderá la valoración y evaluación de los siguientes subfactores:
i. Comunicación: Medirá la capacidad de colaborar
con el usuario, la capacidad de atender a sus
requerimientos y la disposición a resolver el
problema.
ii. Resolución de Problemas: Medirá la creatividad
y capacidad para solucionar el problema
colaborando con otros en la búsqueda de la
mejor respuesta.
iii. Cordialidad en el trato: Medirá la actitud
colaborativa, de respeto, la interacción y
disposición frente a los requerimientos
efectuados por los usuarios.
iv. Imagen institucional: Mide la capacidad y el
compromiso de proyectar una imagen positiva y
adecuada de la institución.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 25-AGO-2012
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Texto Original
De 31-AGO-2007
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