Decreto 19
Decreto 19 CREA LA RESERVA NACIONAL "RIO CLARILLO" EN LA COMUNA DE PIRQUE, PROVINCIA DE CORDILLERA, REGION METROPOLITANA
MINISTERIO DE AGRICULTURA
CREA LA RESERVA NACIONAL "RIO CLARILLO" EN LA COMUNA DE PIRQUE, PROVINCIA DE CORDILLERA, REGION METROPOLITANA
Santiago, 29 de Enero de 1982.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 19.- Visto: El oficio ordinario Nº 589, de 1981, de la Corporación Nacional Forestal; lo dispuesto en el decreto del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 531, de 23 de Agosto de 1967, que previa aprobación del Congreso Nacional ordenó cumplir como ley de la República la Convención para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América, firmada en la ciudad de Washington el 12 de Octubre de 1940; lo prescrito por el artículo 32, Nº 8 de la Constitución Política del Estado, el decreto ley N.
1.028, de 1975, y el DFL. N.º 294, de 1960, y
Considerando:
Que es función del Estado tutelar la preservación de la naturaleza.
Que, de acuerdo con lo establecido en el decreto supremo N.º 531, de 1967, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se pueden crear Reservas Nacionales con el objeto de preservar y aprovechar racionalmente riquezas naturales y dar a la flora y fauna toda protección compatible con estos fines.
Que el inmueble denominado "Retazo del predio que forma parte de la porción del predio denominado Reserva CORA N.º 9 del Proyecto de Parcelación El Principal", ubicado en la Comuna de Pirque, Provincia de Cordillera, Región Metropolitana, con una superficie aproximada de 10.185 hás. presenta un conjunto de características y recursos naturales relevantes comprendidos en una sola unidad físico-geográfico.
Que la vegetación natural existente en el predio constituye una muestra representativa de la vegetación característica de la zona mesomórfica, factor acentuado por la variedad de situaciones climáticas debidas al amplio rango altitudinal de la unidad; destacando además en forma especial la presencia de Ciprés de la Cordillera (Austrocedrus chilensis), el cual es extremadamente escaso en la zona central del país.
Que la fauna silvestre referida a aves y mamíferos es abundante y representativa de la existente en la zona central, especialmente el grupo de las aves, el que presenta la mayor diversidad de especies.
Decreto:
1º.- Créase la Reserva Nacional Río Clarillo en los terrenos del inmueble denominado "Retazo del predio que formaba parte de la porción del predio denominado Reserva CORA Nº 9 del Proyecto de Parcelación "El Príncipal", ubicado en la Comuna de Pirque, Provincia de Cordillera, Región Metropolitana, de propiedad de la Corporación Nacional Forestal e inscrito a su nombre a fs. 344 N.º 370 del Registro de Propiedad del año 1979 del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, de una superficie aproximada de 10.185 hás. y cuyos deslindes según sus títulos son:
Norte.- Línea que va desde el Río Clarillo por la Quebrada Retamilla al cerro Papilla 1.865 metros, cerro Quilín 2.013 metros, cerro sin nombre 2.068 metros, cerro sin nombre 2.532 metros, cerro sin nombre 2.405 metros, cerro Las Heladas 2.437 metros, cerro sin nombre 2.194 metros, hasta cerro San Roque 2.147 metros.
Sur.- Línea que va por el cerro sin nombre 2.712 metros, cerro sin nombre 2.953 metros, cerro Los Cristales 3.057 metros, cerro sin nombre 2.635 metros hasta cerro sin nombre 2.856 metros.
Oriente.- Línea que va por el cerro San Roque 2.147 metros, cerro sin nombre 2.304 metros, cerro del Diablo 2.324 metros, cerro sin nombre 2.298 metros, cerro Toro Seco 2.384 metros, cerro sin nombre 2.361 metros, cerro sin nombre 2.435 metros, cerro Quelén 2.468 metros, cerro sin nombre 2.270 metros, cerro sin nombre 2.505 metros, cerro sin nombre 2.373 metros, cerro sin nombre 2.405 metros, cerro sin nombre 2.408 metros, cerro sin nombre 2.408 metros, hasta cerro sin nombre 2.712 metros, cerro sin nombre 2.953 metros, a cerro sin nombre 2.940 metros a cerro Los Cristales 3.057 metros.
Poniente.- Línea que va por el cerro sin nombre 2.856 metros, cerro sin nombre 2.765 metros, cerro sin nombre 2.682 metros, cerro El Corazón del Principal 2.592 metros, cerro Morado 2.732 metros, cerro sin nombre 2.540 metros, cerro sin nombre 2.575 metros, Loma Blanca, cerro sin nombre 1.995 metros, cerro Blanco 2.248 metros, cerro sin nombre 1.371 metros, Loma Los Baños, cerro sin nombre 975 metros, hasta el Río Clarillo, unos trescientos metros más debajo de la Quebrada Retamilla.
La Reserva Nacional que se crea por este decreto comprende todos los terrenos del inmueble señalados, precedentemente.
El Plano de la Reserva Nacional Río Clarillo será confeccionado por la Corporación Nacional Forestal de acuerdo con los deslindes del predio que se ha indicado y se archivará en las oficinas de la citada Corporación.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Luis Simón Figueroa del Río, Ministro de Agricultura subrogante.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Luis Simón Figueroa del Río, Subsecretario de Agricultura.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
---|---|---|---|---|
Única
De 05-MAR-1982
|
05-MAR-1982 |
Comparando Decreto 19 |
Loading...