Decreto 176
Decreto 176 DECLARA OBLIGATORIA NORMA TECNICA QUE INDICA
MINISTERIO DE ECONOMÍA; FOMENTO Y RECONSTRUCCION; SUBSECRETARIA DE ECONOMIA; FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Promulgación: 14-JUN-1985
Publicación: 04-SEP-1985
Versión: Única - 04-SEP-1985
SUBSECRETARIA DE ECONOMIA, FOMENTO y RECONSTRUCCION DECLARA OBLIGATORIA NORMA TECNICA QUE INDICA
Núm. 176.- Santiago, 14 de Junio de 1985.- Visto: El oficio CNE (0) No. MEC/29 de 22 de Mayo de 1985, de la Comisión Nacional de Energía; lo dispuesto en el artículo 10° del decreto con fuerza de ley No. 1, de 1982, del Ministerio de Minería; lo establecido en el número 33 del artículo 3° de la Ley No. 18.410, y lo previsto en la resolución No. 600, de 1977, de la Contraloría General de la República, cuyo texto refundido y actualizado fue fijado por resolución No.
1.050, de 1980, del mismo Organo Contralor
Decreto:
Articulo único.- Declárase obligatoria la siguiente norma técnica relativa a tarifa horaria de potencia contratarla, cuya denominación y contenido forman parte integrante de este decreto y se transcriben a continuación:
NCH ELEC. 32/85. ELECTRICIDAD. SISTEMA DE MEDIDA PARA TARIFA HORARIA BT 4.1. CASO MONOFASICO
1.- OBJETIVO
1. 1 Esta norma tiene por objeto fijar los requisitos mínimos que deberán cumplir los sistemas de medida adicional. en lo sucesivo llamados SIMA. que se instalarán anexos a los empalmes monofásicos, todo lo cual permitirá el registro y control de las variables que intervienen en la tarifa horaria BT 4.1, de tal modo que la aplicación de ésta resulte factible para cualquier cliente, tanto desde el punto de vista económico como de confiabilidad.
2.- ALCANCE
2. Las disposiciones de esta norma se aplicarán en la ejecución de los SIMA que controlen una potencia contratada que no exceda de 9 kW.
2. 2 Esta norma se aplicará en caso que la empresa rechace los equipos y dispositivos que a su juicio no cuenten con el grado de confiabilidad requerido y el cliente apele de tal determinación al Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en adelante el Ministerio.
2. 3 Complementan la aplicación de esta norma las disposiciones contenidas en la estructura tarifaria eléctrica vigente o en sus modificaciones posteriores, en lo que procedan.
2. 4 De acuerdo a lo establecido en el DFL No. 1, de 1982, del Ministerio de Minería, corresponde al Ministerio controlar la aplicación de esta norma, interpretar sus disposiciones y resolver los casos no contemplados en ella.
3.- REFERENCIAS
3. 1 Esta norma contiene referencias al decreto No.
272, de fecha 30 de Octubre de 1984, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y sus modificaciones posteriores. Estructura tarifaria eléctrica.
4.- TERMINOLOGIA
4. 1 Para los efectos de aplicación de esta norma, los términos empleados tienen el significado que se indica.
CONTACTOR DE POTENCIA. Elemento del SIMA que complementa la acción del interruptor horario.
DEMANDA MAXIMA CONTRATADA EN HORAS DE PUNTA.
Potencia máxima contratada por el cliente para
su uso en las horas de punta.
DEMANDA MAXIMA CONTRATADA. Potencia máxima contratada por el cliente para su uso en las horas fuera de punta.
EMPRESA, Empresa concesionaria de servicio público de distribuición de energía eléctrica.
INTERRUPTOR CAMBIADOR. Elemento del interruptor horario destinado a alimentar el consumo desde el empalme, ya sea directamente, en horas fuera de punta, o bien, a través del interruptor termomagnético que limita la demanda máxima contratado en horas de punta.
INTERRUPTOR HORARIO. Elemento destinado a controlar el período de horas de punta.
PLACA DE CONEXION, Dispositivo destinado a poner fuera de servicio el SIMA durante los meses fuera de punta.
SISTEMA DE MEDIDA ADICIONAL (SIMA). Sistema destinado a controlar la demanda máxima contratado en las horas de punta.
TARIFA HORARIA BT 4.1. Opción de tarifa contemplado en la estructura tarifaria que consta de un cargo fijo mensual, un cargo por energía, un cargo mensual por demanda máxima controlada en horas de punta y un cargo mensual por demanda máxima contratado (en horas fuera de punta).
5.- DISPOSICIONES GENERALES
5. 1 Los materiales y equipos usados en la construcción del SIMA deberán estar protegidos de acuerdo al medio ambiente en que sean instalados.
5. 2 Todos los dispositivos y elementos que conforman el SIMA deberán ser ubicados en una taja para empalme monofásico, mostrado en la Hoja de Norma No. 1, que se instalará anexa a la caja del empalme monofásico de la instalación. Eléctricamente, el SIMA deberá estar en serie con el empalme, aguas abajo de éste.
5. 3 Todos los dispositivos y elementos que conforman el SIMA, además de la ubicación de éste en relación al empalme, deberán ser dispuestos en la forma señalada en las Hojas de Norma Nos.. 2, 3, 4, 5 y 6.
5. 4 El interruptor horario del SIMA deberá ser instalado frente a la ventanilla de la caja de empalme de tal modo que pueda ser fácilmente visto
5. 5 El interruptor termomagnético del SIMA deberá ser instalado de manera tal que pueda ser operado sin tener que abrir la caja.
5. 6 El SIMA y su instalación serán de cargo del cliente. Podrá ser previsto e instalado por la empresa o por el diente; en este último caso, la empresa podrá revisar la instalación y los equipos y rechazar el SIMA si no cumple con la presente norma u otras disposiciones vigentes sobre la materia.
5. 7 El Ministerio podrá controlar la correcta ejecución, funcionamiento y operación del SIMA.
5. 8 Una vez instalados todos los dispositivos del SIMA en la taja de empalme, ésta deberá ser sellada por la empresa.
5. 9 Las configuraciones mostradas en esta norma podrán ser cambiadas por otras que implementen las empresas, siempre que cumplan con el objetivo y de común acuerdo con el cliente.
5.10 El SIMA limitará la demanda máxima contratarla en las horas de punta.
5.11 Durante los meses fuera de punta el SIMA será puesto fuera de servicio a través de una conexión puente entre la entrada del empalme al SIMA y la salida hacia el consumo. Esta operación será efectuada por la empresa, sin costo para el cliente. Este puente se efectuará mediante una placa de conexión, la cual se especifica en la Hoja de Norma No. 7.
El modelo mostrado en dicha Hoja de Norma podrá ser reemplazado por otro siempre que cumpla con el objetivo.
5.12 En horas fuera de punta la energía será registrada por el medidor monofásico y la demanda máxima contratarla será limitada por el interruptor termomagnético del empalme.
5.13 En horas de punta la energía será registrada por el medidor monofásico del empalme y la demanda máxima contratado en dichas horas será limitada por el interruptor termomagnético ubicado en el SIMA.
5.14 La función comando para determinar cuál de los interruptores limitará la potencia se ubicará en el SIMA y será cumplida por un interruptor horario de precisión con reserva de marcha que será apoyado, en caso de ser necesario, por contactores de potencia.
6.- CONDICIONES DE USO
6. 1 Los SIMA, que se instalarán anexos a los empalmes monofásicos en baja tensión, tendrán las siguientes designaciones:
6.1.1 SIMA 11
6.1.2 SIMA 11 A
6.I.3 SIMA 11 B
6.1.4 SIMA 12
6.1.5 SIMA 12 A
6.2 El Uso de los diferentes SIMA dependerá de las demandas máximas contratadas, tanto en horas de punta como en horas fuera de punta, como asimismo de las capacidades de los interruptores horarios que se utilicen en su implementación.
6. 3 El monto de la potencia contratada en horas de punta que solicite el usuario será controlado por interruptores termomagnéticos, ciñéndose a las capacidades disponibles en el mercado, de acuerdo a la fórmula 6.1.
FORMULA 6.1
P = 0.2 In
en donde,
P = potencia contratado, en kW
In. = corriente nominal del interruptor termomagnético,
en A.
7.- DISPOSICIONES CONSTRUCTIVAS
7. 1 El SIMA 11 estará formado por un interruptor horario S1, que incluya un interruptor cambiador, y un interruptor termomagnético Q2,
7. 2 La configuración del SIMA 11 se muestra en la Hoja de Norma No. 2, 7. 3 En las horas fuera de punta el interruptor horario Si alimentará el consumo directamente desde el empalme a través del interruptor termomagnético QI, que limitará la demanda má xima contratado en horas fuera de punta.
En las horas de punta el interruptor horario Si hará circular la corriente a través del interruptor termomagnético Q2, que limitará la demanda máxima contratarla en horas de punta.
7. 4 El SIMA 11 A estará formado por un interruptor horario SI, que incluya un interruptor cambiador, un interruptor termomagnético Q2 y un contactor de potencia K 1. 7. 5 La configuración del SIMA 11 A se muestra en la Hoja de Norma No. 3. 7. 6 El SIMA 11 B estará formado por un interruptor horario SI, que incluya un interruptor cambiador, un interruptor termomagnético Q2 y dos contactores de potencia K1 y K2. 7. 7 La configuración del SIMA 11 B se muestra en la Hoja de Norma No. 4.
7. 8 Las configuraciones de los SIMA 11 A y I l B serán iguales a la del SIMA 11, excepto que a esta última se le adicionarán contactores de potencia, según sea el caso, en el evento que el interruptor cambiador del interruptor horario S1 no sea capaz de conducir la corriente requerida por el consumo. 7. 9 El principio de funcionamiento de los SIMA 11 A y 11 B, en dichas condiciones, será igual al del SIMA 11.
7.10 El SIMA 12 estará formado por un interruptor horario con contacto simple S2, un interruptor termomagnético Q2 y una resistencia R1.
7.11 La configuración del SIMA 12 se muestra en la Hoja de Norma No. 5,
7.12 En las horas de punta el contacto simple del interruptor horario S2 estará abierto y la corriente será limitada por el interruptor termomagnético Q2.
En las horas fuera de punta el contacto simple del interruptor horario S2 estará cerrado y la corriente circular tanto a través de la rama que contiene el contacto simple como por la rama que contiene la resistencia B1 y el interruptor termomagnético Q2.
La resistencia R1 será un conductor de cobre aislado y su longitud 1 se calculará mediante la siguiente fórmula:
1 = 0,256 q P
Pp
en donde,
1 = longitud del conductor, en m q = sección del
conductor, en mm2 P = potencia contratado, en kW
Pp = potencia contratado en horas de punta, en kW
7.13 El SIMA 12 A estará formado por un interruptor horario con contacto simple S2, un contactor de potencia K1, una resistencia R1 y un interruptor termomagnético Q2.
7.14 La configuración del SIMA 12 A se muestra en la Hoja de Norma No. 6.
7.15 La configuración del SIMA le A será igual a la del SIMA 12, excepto que a esta última se le adicionará un contactor de potencia para el caso en que el contacto simple del interruptor horario S2 no sea capaz de conducir la corriente requerido por el consumo.
7. 16 El principio de funcionamiento del SIMA 12 A, en dichas condiciones, será igual al del SIMA 12.
8.- ESPECIFICACIONES TECNICAS
Los componentes del SIMA deberán cumplir, a lo menos, las siguientes especificaciones técnicas.
8. 1 INTERRUPTOR HORARIO
Reserva de marcha mínima: 48 horas Tolerancia de tiempo de conmutación: ± 5 minutos Rango de temperatura: -10°C a + 50°C
8. 2 INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO.
Tensión nominal: 220 V
Frecuencia nominal: 50 Hz
Capacidad de ruptura mínima: será tal que permita su correcta operación en el nivel de cortocircuito existente en el empalme correspondiente del usuario Factor de respuesta en 15 minutos: 1,3 In ± 10%
8. 3 CONTACTOR DE POTENCIA
Tensión nominal: 220 V
Frecuencia nominal: 50 Hz
Rango de temperatura: -10° C a + 40°C
Vida mecánica útil mínima: 50.000 operaciones
8. 4 CAJA DE EMPALME
Las especificaciones de la caja de empalme se indican en la Hoja de Norma No. 1.
8. 5 PLACA DE CONEXIÓN
Las especificaciones de la placa de conexión se indican en la Hoja de Norma No. 7.
NOTA: VER DIARIO OFICIAL 04.09.1985
LAMINA 1 DE 3
TAPA PARA CAJA MODELO BASICO
NOTAS:
1.- SE PODRA MODIFICAR EL MODELO BASICO MANTENIENDO LAS COTAS SEÑALADAS CON * Y LAS SIG. CARACTERISTICAS:
a) INTERCAMBIABILIDAD CON TAPAS EXISTENTES
b) ASEGURAR CIERRE A PRUEBA DE LLUVIAS
c) VIDRIO 92,5 X 92,5 X 2,5 m.m.
MATERIAL METALICO O PLASTICO
CARACTERISTICAS: RESISTENTE AL IMPACTO Y A LA
INTERPERIE; PLASTICO AUTO EXTINGUIENTE
HC = HILO CORRIENTE (WHITWORTH)
LAMINA 2 DE 3
BASE PARA CAJA
MATERIAL Y CARACTERISTICAS:
SIMILAR A LA TAPA. HOJA DE NORMA 1,1 de 3
NOTA:
PARA FIJAR LA CAJA SE HARAN 4 PERFORACIONES EN EL LUGAR
MAS APROPIADO DEL FONDO ESTA.
LAMINA 3 DE 3
ACCESORIOS PARA TAPAS DE CAJAS
LLAVE TRIANGULAR
PERNO DE CIERRE
MATERIAL METALICO
VISTA DE CONJUNTO CAJA ARMADA
LAMINA 1 DE 1
CONFIGURACION DEL SIMA 11
ESQUEMA UNILINEAL DEL EMPALME MONOFASICO
CAJA PARA EMPALME MONOFASICO
AL CONSUMO
M1: Medidor de energía monofásico de inducción
Q1 y Q2: Interruptores termomagnéticos
S1: Interruptor horario con cambiador
LAMINA 1 DE 1
CONFIGURACION DEL SIMA 11A
ESQUEMA UNILINEAL DEL EMPALME MONOFASICO
CAJA PARA EMPALME MONOFASICO
AL CONSUMO
SIMA 11A
M1: Medidor de energía monofásico de inducción
Q1 y Q2: Interruptores termomagnéticos
S1: Interruptor horario con cambiador
K1: Contactor de Potencia
LAMINA 1 DE 1
CONFIGURACION DEL SIMA 11B
ESQUEMA UNILINEAL DEL EMPALME MONOFASICO
CAJA PARA EMPALME MONOFASICO
AL CONSUMO
SIMA 11B
M1: Medidor de energía monofásico de inducción
Q1 y Q2: Interruptores termomagnéticos
S1: Interruptor horario con cambiador
K1 y K2: Contactores de Potencia
LAMINA 1 DE 1
CONFIGURACION DEL SIMA 12
ESQUEMA UNILINEAL DEL EMPALME MONOFASICO
CAJA PARA EMPALME MONOFASICO
AL CONSUMO
SIMA 12
M1: Medidor de energía monofásico de inducción
Q1 y Q2: Interruptores termomagnéticos
S2: Interruptor horario con contacto simple
R1: Resistencia
LAMINA 1 DE 1
CONFIGURACION DEL SIMA 12A
ESQUEMA UNILINEAL DEL EMPALME MONOFASICO
CAJA PARA EMPALME MONOFASICO
AL CONSUMO
SIMA 12A
M1: Medidor de energía monofásico de inducción
Q1 y Q2: Interruptores termomagnéticos
S2: Interruptor horario con contacto simple
K1: Contactor de Potencia
R1: Resistencia
LAMINA 1 DE 2
PLACA DE CONEXION
1) Base de plástico
2) Perno de sujeción cable. Material: Latón.
3) Perno de sujeción neutro. Material: Latón.
4) Tapa de plástico
5) Contactos. Material: Bronce fosfórico 1mm de espesor, extra duro.
Nota: El modelo y sus medidas podrán ser reemplazadas por otras de características similares con alternativa, siempre que cumplan el objetivo.
LAMINA 2 DE 2
PLACA DE CONEXION
PLANTA
PARTE INFERIOR
PARTE SUPERIOR
PUENTE
MAT: PLASTICO
Anótese, tómese razón y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército. Presidente de la República.- Modesto Collados Núñez, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Jorge Valenzuela Durán, Coronel de Ejército, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 04-SEP-1985
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04-SEP-1985 |
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