Decreto 34
Decreto 34 DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPUBLICA LAS APROBADAS POR EL INSTITUTO NACIONAL DE NORMALIZACION
MINISTERIO DE ECONOMÍA; FOMENTO Y RECONSTRUCCION; SUBSECRETARIA DE ECONOMIA; FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Promulgación: 04-FEB-1985
Publicación: 14-MAR-1985
Versión: Única - 14-MAR-1985
DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPUBLICA LAS APROBADAS POR EL INSTITUTO NACIONAL DE NORMALIZACION
Núm. 34.- Santiago, 04 de Febrero de 1985.- Visto: Estos antecedentes; lo dispuesto en el DFL N° 1 de Minería de 1982; los decretos supremos N°s. 132, de 1979, del Ministerio de Minería y 541, de 1980, de Economía; la facultad que me confiere el artículo 32, N° 8 de la Constitución Política, y lo previsto en la resolución N° 600, de 1977, de la Contraloría General de la República,
Decreto:
Artículo 1°.- Decláranse Normas Oficiales de la República las siguientes normas técnicas aprobadas por el Instituto Nacional de Normalización.
NCh 1949 Combustible de aviación - Determinación del punto de congelación.
NCh 1950 Productos de petróleo - Líquidos transparentes y opacos - Determinación de la viscosidad cinemática y cálculo de la viscosidad dinámica.
Artículo 2°.- Corresponderá al apresado Instituto Nacional de Normalización, publicar el presente decreto en el Diario Oficial y el texto íntegro de las normas en documentos oficiales del mencionado instituto.
A contar de la fecha de publicación de este decreto en el Diario Oficial, las normas individualizadas en el artículo 1° se denominarán como sigue:
NCh 1949.Of.85 Combustibles de aviación - Determinación del punto de congelación.
NCh 1950.Of.85 Productos de petróleo - Líquidos transparentes y opacos - Determinación de la viscosidad cinemática y cálculo de la viscosidad dinámica.
Artículo 3°.- El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de dichas normas debidamente certificado su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República, y además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares al Ministerio que las declara Normas Oficiales de la República.
Anótese, tómese razón, notifíquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Modesto Collados Núñez, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Jorge Valenzuela Durán, Coronel de Ejército, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 14-MAR-1985
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14-MAR-1985 |
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