Decreto 270
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Decreto 270
Decreto 270 OTORGA A SOCIEDAD AUSTRAL DE ELECTRICIDAD S.A. CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION EN LA NOVENA Y DECIMA REGIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA; FOMENTO Y RECONSTRUCCION; SUBSECRETARIA DE ECONOMIA; FOMENTO Y RECONSTRUCCION
OTORGA A SOCIEDAD AUSTRAL DE ELECTRICIDAD S.A. CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION EN LA NOVENA Y DECIMA REGIONES
Núm. 270.- Santiago, 22 de Agosto 1986.- Visto: Estos antecedentes y lo dispuesto en el artículo 28º del DFL N° 1, de 1982, del Ministerio de Minera, y en la Ley N° 18.410,
Decreto:
Artículo 1°.- Otórgase a la Sociedad Austral de Electricidad S.A. concesión definitiva para establecer, operar y explotar las instalaciones de servicio público de distribución de energía eléctrica de su propiedad ubicadas en la Novena y Décima Regiones.
Artículo 2°.- Las instalaciones señaladas en el artículo precedente corresponden a las que complementan y amplían a aquellas, cuyas concesiones fueron regularizadas por Decreto N° 252, de 1984, de este Ministerio.
Artículo 3°.- Las zonas de concesión, en las provincias y comunas que más adelante se señalan, serán las comprendidas en una franja de cien metros circundantes a cada una de las líneas de distribución de alta y baja tensión que se indican a continuación:
Red o Línea Comuna/Provincia Plano de la Obra N°
que se amplía
R. Loncoche Loncoche/Cautín 4.055
R. Lican Ray Villarrica/Cautín 4.056
R. San José Mariquina/Valdivia 4.052
L. Futrono-Llifén Futrono/Valdivia 4.981
L. Llifén-Calcurrupe Futrono/Valdivia 3.638,1
R. La Unión La Unión/Valdivia 4.989
B. Río Bueno Río Bueno/Valdivia 4.031
R. Río Bueno Río Bueno/Valdivia 4.032
R. Riachuelo Río Negro/Osorno 4.057
R. Parga Fresia/Llanquihue 4.058
R. Ancud Ancud/Chiloé 3.968
R. Castro Castro/Chiloé 4.077
L. Quemchi-Dalcahue Quemchi y Dalcahue/Chiloé 4.007
L. Castro-Chonchi Castro y Chonchi/Chiloé 3.992
L. Puqueldón-Aldachildo Puqueldón/Chiloé 3.054
R. Queilén Queilén/Chiloé 4.085
R. Quellón Quellón/Chiloé 3.899
Artículo 4°.- Apruébanse los planos de servidumbres de las obras, los que quedarán archivados en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
Artículo 5°.- Constitúyanse, de acuerdo con lo que sobre el particular establece el DFL N° 1, de 1982, del Ministerio de Minería, las servidumbres de paso en los predios particulares que se indican a continuación. Asimismo autorízase la ocupación de caminos, calles y otros bienes nacionales de uso público y el cruce de otras líneas eléctricas que las instalaciones atraviesen en su recorrido.
LINEA FUTRONO - LLIFEN
Plano P.P. N° 4081
Longitud
Propietario Nombre del Predio (m)
Demetrio Manqui s/n 110
Fisco Camino público 20
Arístides González s/n 2
LINEA LLIFEN - CALCURRUPE
Plano P.P. N° 3638.1
Longitud
Propietario Nombre del Predio (m)
Fisco Camino público 326
Miguel Provoste Z. s/n 68
Fisco Camino público 134
Miguel Provoste Z. s/n 348
Fisco Río Calcurrupe 138
Eleuterio Lehuey s/n 321
Fisco Río Calcurrupe 41
Fisco Camino público 40
Eleuterio Lehuey s/n 78
RED LA UNION
Plano P.P. N° 4089
Longitud
Propietario Nombre del Predio (m)
Sucesión Barichivich s/n 60
Carlos Leisinger N. s/n 191
Sara Martínez v. de Delgado s/n 7
Carlos Leisinger N. s/n 244
Sara Martínez v. de Delgado s/n 151
Carlos Leisinger N. s/n 143
LINEA CASTRO - CHONCHI
Plano P.P. N° 3992
Longitud
Propietario Nombre del Predio (m)
Héctor Barría C. s/n 94
Fisco Camino público 17
Héctor Barría C. s/n 407
Abdón Calixto s/n 605
Epifanio C rcamo C. s/n 546
Sucesión Olegario Torres T. s/n 86
LINEA PUQUELDON - ALDACHILDO
Plano N° 3054
Longitud
Propietario Nombre del Predio (m)
José Oyarzo V. s/n 125
Francisco Barría V. s/n 353
Artículo 6°.- La presente concesión se otorga en conformidad a lo dispuesto en el DFL N° 1, ya citado, y queda sometida a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.
Artículo 8°.- El presente decreto deberá reducirse a escritura pública, antes de treinta días contados desde su publicación en el Diario Oficial, en una Notaría Pública del Departamento de Santiago.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Juan Carlos Délano Ortúzar, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud. Jorge Valenzuela Durán, Coronel de Ejército, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 23-OCT-1986
|
23-OCT-1986 |
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