Resolucion 12
Resolucion 12 AUTORIZA A LA COMPAÑIA METROPOLITANA DE DISTRIBUCION ELECTRICA S.A. PARA TRANSFERIR CONCESIONES A FILIAL QUE INDICA
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIÓN; SUBSECRETARIA DE ECONOMIA, FOMENTO Y ECONSTRUCCION
AUTORIZA A LA COMPAÑIA METROPOLITANA DE DISTRIBUCION ELECTRICA S.A. PARA TRANSFERIR CONCESIONES A FILIAL QUE INDICA
Núm. 12.- Santiago, 01.02.88.- Visto: Estos antecedentes y lo dispuesto en el artículo 4°, inciso final, y artículo 46° del DFL No. 1, de 1982, del Ministerio de Minería.
Considerando:
Que la Compañía Chilena Metropolitana de Distribución Eléctrica S.A. ha solicitado autorización para transferir determinadas concesiones que corresponden a los planos CMD-14087; CMD-14084; CMD-14085 y CMD-1486.
Que asimismo solicita se autorice la transferencia del sistema de distribución primaria y secundaria externas a las zonas geográficas de concesión contenidas en el plano CMD-14088, debidamente actualizados, en circunstancias que sólo puede autorizar el sistema incluido en el plano considerado en el decreto que la otorgó.
Que se pide, por otra parte, la debida autorización para transferir el sistema de transporte y transformación, según detalle del documento CMD-16.110, en circunstancias que el artículo 46° del DFL No. 1, de Minería, de 1982, sólo faculta transferir instalaciones de servicio público de distribución y no el sistema de transporte, por lo que este sistema corresponde transferirlo por acto privado entre las partes, sin intervención del Ministerio.
Resuelvo
Artículo 1°.- Autorízase a la Compañía Chilena Metropolitana de Distribución Eléctrica S.A. para transferir a su filial Distribuidora Chilectra Metropolitana S.A., constituida por escritura pública otorgada ante el Notario Público de Santiago don Patricio Zaldívar Mackenna, con fecha 28 de Octubre de 1987, las concesiones que actualmente detenta y que fueron otorgadas por decretos supremos No. 823 de 24 de Agosto de 1984 del Ministerio del Interior y No. 227 de 19 de Julio de 1985 de este Ministerio, en lo referente para establecer, operar y explotar las instalaciones de servicio público de distribución de energía eléctrica en toda la Región Metropolitana.
Artículo 2°.- La sociedad distribuidora Chilectra Metropolitana S.A. deberá disponer de las instalaciones y elementos necesarios para ejercer la concesión dentro del plazo de seis meses contados de la toma de razón de la presente resolución.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 17-MAR-1988
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17-MAR-1988 |
Comparando Resolucion 12 |
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