Decreto 363
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Decreto 363
Decreto 363 APRUEBA NORMAS TECNICAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS GABINETES TECNICOS DE LAS ESCUELAS ESPECIALES O DIFERENCIALES DEL PAIS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Promulgación: 13-JUL-1994
Publicación: 20-AGO-1994
Versión: Única - 20-AGO-1994
APRUEBA NORMAS TECNICAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS GABINETES TECNICOS DE LAS ESCUELAS ESPECIALES O DIFERENCIALES DEL PAIS
Núm. 363.- Santiago, 13 de Julio de 1994.- Considerando:
Que, es necesario actualizar la normativa técnico-pedagógica vigente en relación a la organización y funcionamiento de los Gabinetes Técnicos de las Escuelas Especiales o Diferenciales del país;
Que, la Educación Especial o Diferencial atiende personas discapacitadas que por sus necesidades específicas y trastornos concomitantes requieren del apoyo de un equipo multiprofesional;
Que, el quehacer pedagógico de la Educación Especial o Diferencial exige a los profesionales que se desempeñan en ella una formación de alto nivel y una permanente actualización técnica para el mejoramiento progresivo de la calidad técnico-pedagógica, que asegure un adecuado desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje;
Que, el enfoque actual de la Educación Especial o Diferencial implica un programa educativo individual, para cada alumno, en el que se requiere de la participación activa del equipo multiprofesional que aplique adecuadamente las directrices normativas de carácter técnico emanadas del nivel central del Ministerio de Educación; y
Visto: Lo dispuesto en la Ley N° 18.956, de 1990; Decreto Supremo de Educación N° 911, de 1977; y en los artículos 32 N° 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
Decreto:
Artículo 1°: Los Gabinetes Técnicos de las Escuelas Especiales o Diferenciales son los organismos conformados por equipos multiprofesionales encargados de programar, organizar, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar con un enfoque transdisciplinario, el desarrollo del proceso educativo integral realizado en dichos establecimientos educacionales y corresponden a la Unidad Técnico Pedagógica.
Artículo 2°: Los Gabinetes Técnicos tendrán los siguientes objetivos:
a) Propender al mejoramiento progresivo de la calidad técnico-pedagógica del establecimiento, para asegurar el adecuado desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje;
b) Apoyar la adecuada aplicación de las normas de carácter técnico emanadas del Ministerio de Educación, de acuerdo a la realidad del déficit atendido y a las características socio-culturales en las que se inserta la escuela, de cuerdo a su propia identidad;
c) Promover las actividades de extensión con fines de difusión, detección y prevención que el establecimiento programe hacia la familia y la comunidad;
d) Organizar y mantener actualizada la información técnica referida a los alumnos;
e) Propiciar la integración del niño con déficit en su comunidad y proporcionarle la asesoría técnica necesaria según el caso.
Artículo 3°: Para alcanzar los objetivos señalados en el artículo anterior, los Gabinetes Técnicos deberán cumplir las siguientes funciones:
A.- En relación a la Dirección del establecimiento:
1.- Organizar, planificar, orientar, asesorar y supervisar en conjunto con el Director, las acciones técnico-pedagógicas del establecimiento, de acuerdo al tipo de déficit que presentan los educandos y a las normas técnicas generales impartidas por el Ministerio de Educación.
2.- Planificar, organizar y coordinar en conjunto con el Director, las acciones técnico-pedagógicas del establecimiento, con organismos afines y de la comunidad.
B.- En relación al Personal Docente del establecimiento:
1.- Asesorarlo, orientarlo y supervisarlo
sistemáticamente con un enfoque transdisciplinario, respecto de técnicas, pautas de tratamiento, motodología y evaluación del proceso educativo y remedial.
2.- Organizar, planificar, coordinar y evaluar reuniores técnicas de trabajo que incluyan el desarrollo de programas, estudio de casos y análisis de temas específicos, promoviendo su participación activa.
3.- Promover y facilitar su perfeccionamiento a través de reuniones técnicas.
4.- Coordinar su quehacer con las entidades que correspondan.
C.- En relación al Alumno:
1.- Recibir y recopilar los antecedentes de los que ingresan al establecimiento y efectuar su evaluación integral cuando corresponda.
2.- Ubicarlo en el curso, ciclo o nivel que le corresponda según los antecedentes obtenidos y a la normativa vigente.
3.- Establecer los lineamientos generales y específicos para su tratamiento, evaluándolos periódicamente y realizando interconsultas con otros profesionales, cuando sea necesario.
4.- Realizar tratamientos específicos individuales o grupales en los casos que corresponda y de acuerdo a la planificación de cada especialidad.
5.- Efectuar su reevaluación diagnóstica cuando corresponda.
6.- Aplicar en forma sistemática y permanente las técnicas de evaluación al proceso de enseñanza-aprendizaje, que de común acuerdo se establezca en Consejo de Profesores y de niveles.
7.- Ubicar al niño en otros establecimientos de continuidad, ya sean otros establecimientos de Educación Diferencial o de Educación Común;
organismos u otras instancias de Capacitación Laboral, según corresponda.
8.- Mantener un proceso de seguimiento con apoyo técnico a nivel de establecimientos e instituciones de continuidad o capacitación laboral, según los recursos existentes.
D.- En relación al Personal Paradocente y Auxiliar:
1.- Promover su perfeccionamiento en relación al o los déficit atendidos respecto del manejo del alumno.
E.- En relación a los Padres:
1.- Integrar a la familia como agente activo en el proceso educativo del alumno desde la etapa de Diagnóstico.
2.- Informarlos y orientarlos permanentemente en relación a la evolución del proceso educativo y a las características del alumno, para que en acción conjunta se implementen estrategias que favorezcan su desarrollo.
3.- Organizar, planificar y desarrollar Escuela de Padres, de acuerdo a los intereses y necesidades detectados y al proyecto educativo que desarrolle el establecimiento.
F.- En relación a la Comunidad:
1.- Promover la aceptación del discapacitado realizando acciones de sensibilización en la comunidad.
2.- Establecer coordinaciones técnicas con organismos e instituciones de la comunidad, con el fin de promover y desarrollar acciones de prevención, tratamiento, atención e integración del discapacitado.
3.- Propiciar el intercambio técnico entre los profesionales de diferentes unidades educativas y organismos afines.
4.- Realizar el diagnóstico de menores derivados de otras instituciones y comunidad, siempre y cuando esta medida no vaya en desmedro de la atención de los educandos del propio establecimiento.
G.- En realización al Equipo Multiprofesional:
1.- Elaborar en conjunto el plan de trabajo general del Gabinete Técnico.
2.- Fomentar su interacción técnica.
3.- Realizar reuniones de planificación de programas de tratamiento integral, estudio de casos y análisis de temas específicos.
4.- Interrelacionar las evaluaciones diagnósticas de cada profesional, a través de reuniones clínicas con la participación del docente a cargo, para orientar el ingreso, la evolución, el tratamiento y el egreso del alumno de que se trate.
5.- Fomentar su investigación, capacitación y perfeccionamiento para actualizar técnicas y métodos de trabajo.
6.- Realizar evaluaciones semestrales de las actividades del Gabinete Técnico.
7.- Mantener actualizados los informes que
constituyen el expediente individual del alumno.
8.- Mantener un registro anual de los alumnos integrados en sistemas de continuidad o capacitación laboral.
9.- Elaborar coordinadamente el informe anual en relación al plan de trabajo general del Gabinete Técnico.
Artículo 4°: Los Gabinetes Técnicos deberán estar integrados de acuerdo al tipo de déficit y a la matrícula del establecimiento, por:
* Un Profesor Especialista Jefe de Gabinete Técnico;
* Uno o más Profesores Especialistas de acuerdo a los requerimientos técnicos de la Unidad Educativa;
* Psicólogo;
* Asistente Social;
* Fonoaudiólogo;
* Kinesiólogo;
* Terapeuta Ocupacional; y por otros profesionales cuya especialidad sea necesaria al tipo de déficit que atiende el establecimiento.
El Director del establecimiento integrará por derecho propio el equipo multiprofesional, apoyando la implementación de las decisiones técnicas del Gabinete Técnico.
El Jefe del Gabinete Técnico y los docentes integrantes, deberán ser especialistas en el déficit atendido y tener experiencia docente que les habilite.
Los profesionales no docentes antes señalados, deberan estar en posesión del título profesional habilitante otorgado por alguna Universidad reconocida por el Estado y registrados en la Secretaría Regional Ministerial de Educación correspondiente.
Artículo 5°: En documento Anexo, que forma parte integrante del presente decreto, se contemplan precisiones y proposiciones respecto del rol y funciones de los profesionales de los Gabinetes Técnicos.
Artículo 6°: Las situaciones no previstas en el presente decreto, serán resueltas por la División de Educación General dentro del ámbito de su competencia, sin perjuicio de las atribuciones que sobre esta materia corresponden a las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación.
Artículo 7°: El presente decreto comenzará a regir desde el año escolar 1995. A contar de esa misma fecha, deróganse los artículos 2° y 3° del Decreto Supremo de Educación N° 911, de 1977.
Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Ernesto Schiefelbein, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a usted, Gonzalo Undurraga Mackenna, Subsecretario de Educación.
ROLES Y FUNCIONES DE LOS PROFESIONALES ADSCRITOS A
LOS GABINETES TECNICOS DE LAS ESCUELAS DIFERENCIALES
I De los Requisitos del Jefe de Gabinete.
En atención a que las funciones del Gabinete Técnico de las Escuelas Diferenciales están referidos especialmente al quehacer Técnico pedagógico del Establecimiento, corresponderá a un Profesor Especialista asumir la Jefatura de dicho Gabinete. Este Profesor Especialista deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. Poseer el título de Profesor Especialista en el déficit de mayor prevalencia atendido por la Unidad Educativa.
2. Poseer, a lo menos, cinco años de experiencia en el aula.
3. Poseer excelencia académica, compatible con el cargo y estar permanentemente actualizado.
4. Demostrar características personales que le permitan ejercer su función en un ambiente de armonía y disciplina profesional conjuntamente con el equipo multiprofesional.
II De las funciones específicas del Jefe de Gabinete.
1. Diagnóstico:
Participar en el diagnóstico del currículo del establecimiento, del que emanarán las acciones a realizar durante el año escolar.
Realizar diagnóstico psicopedagógico, cuando corresponda, con el fin de orientar el proceso educativo del alumno en referencia.
2.- Tratamiento:
Favorecer las condiciones para que se efectúen los tratamientos en forma oportuna y eficiente.
3. Asesoría:
Asesorar y supervisar el desarrollo de acciones técnicas relativas a planificación, evolución de tratamiento, metodológias y material didáctico, a fin de cautelar el cumplimiento de la normativa vigente.
Promover y organizar jornadas de perfeccionamiento.
Asesorar y orientar a los padres en el conocimiento y aceptación de la problemática de su hijo, con el propósito de comprometerlo en el proyecto educativo propuesto.
4. Prevención:
Coordinar las acciones de prevención programadas por el equipo multiprofesional y que se desarrollarán a nivel escolar y de comunidad.
5. Coordinación:
Coordinar y participar en la planificación, desarrollo y evaluación de los objetivos propuestos, a nivel de: personal de la Unidad Educativa, alumnos, grupo familiar y comunidad.
Coordinar las funciones del equipo multidisciplinario.
Colaborar con la Dirección del Establecimiento, en la coordinación de todas las acciones propuestas por la Unidad Educativa, tendientes a optimizar el proceso.
Coordinar y participar, junto a los demás integrantes del Gabinete Técnico en la ubicación del alumno en otra instancia educativa, cuando proceda.
Coordinar con el equipo multidisciplinario, las acciones referidas al seguimiento de los alumnos.
6. Extensión:
Propiciar las acciones de extensión y difusión, en relación con otros organismos afines, del servicio y de la comunidad.
Informar y orientar a padres, profesionales, instituciones (públicas y privadas), alumnos en práctica, empresas y comunidad en general, acerca de los objetivos y carecterísticas de la Unidad Educativa.
7. Investigación:
Incentivar, organizar y participar en el desarrollo de las acciones de investigación, con el fin de optimizar la calidad técnico-pedagógica de la Unidad Educativa.
Nota: Las funciones de los otros profesores
especialistas que integren el Gabinete Ténico, serán eminentemente técnicas y estarán establecidas por el Jefe de éste, considerando las necesidades de la Unidad Educativa.
III Funciones Específicas de los Profesionales.
1. Del Fonoaudiólogo.
La labor que el Fonoaudiólogo realiza en Educación Diferencial debe adecuarse a las siguientes funciones:
1.1 Diagnóstica
Realizar la evaluación clínica fonoaudiológica, considerando: aspectos anatomofuncionales de los órganos fonoarticulatorios; desarrollo del lenguaje a nivel receptivo y expresivo; habla en cuanto a ritmo, fluidez, prosodia y voz.
También en estos exámenes se evaluarán los niveles fonológicos, léxico semántico, morfosintáctico y pragmático.
Aplicar tests y otros instrumentos de evaluación fonoaudiológica.
Apreciación clínica del sujeto.
Elaboración de informes de la especialidad.
Aportar las sugerencias específicas de apoyo a la labor educativa.
Reevaluaciones de acuerdo a las necesidades.
1.2 Tratamiento:
Habilitar y rehabilitar en forma integral al alumno a través de la aplicación de Planes de tratamientos fonoaudiológicos.
Desarrollar planes de tratamiento individual y grupal, cuando corresponda.
Favorecer la participación activa de los padres y apoderados en el reforzamiento de la terapia fonoaudiológica.
Evaluar periódicamente la evolución del tratamiento.
Elaborar informe evolutivo periódico.
1.3 Asesoría:
Asesorar y colaborar en materias técnicas relativas a la especialidad en:
Consejos Técnicos Docentes.
Reuniones de Padres y Apoderados (Escuela de Padres).
Otros organismos del servicio y la comunidad.
Asesorar y colaborar en los Planes Educativos Individuales.
Asesoría a los docentes en temas específicos del área del lenguaje.
Apoyo técnico, a través de cursos, talleres y charlas de temas relativos al área.
Desarrollo de planes curriculares tendientes a optimizar el área del lenguaje a nivel de grupo curso.
Participación en las actividades de perfeccionamiento docente.
Aporte de sugerencias referidas a aspectos fonoaudiológicos.
Planificar y desarrollar actividades con el fin de orientar y asesorar a padres y apoderados en relación a problemática general.
1.4 Prevención:
Desarrollar programas referidos a la prevención de enfermedades profesionales derivadas del mal uso de la voz.
Participar en la formulación y desarrollo de programas preventivos, dirigidos a diferentes grupos de la comunidad.
Elaboración de programas y pautas de estimulación temprana del lenguaje en la Unidad Educativa.
Realizar charlas a padres y apoderados, acerca del desarrollo del lenguaje y sus alteraciones.
Aplicar acciones sistemáticas destinadas a evitar aparición o incremento de problemáticas que afecten el proceso psicolingüÍstico.
1.5 Coordinación:
Coordinar permanentemente con organismos de la salud para la obtención y realización de exámenes necesarios para la agilización de la terapia.
Participación en comisión salud-educación en aspectos atingentes a la especialidad.
1.6 Extensión:
Participar en actividades de extensión en el área fonoaudiológica.
Seguimiento en forma individual y grupal por niveles de curso, cuando corresponda.
1.7 Investigación:
Realizar estudios, análisis y perfeccionamiento de temas específicos, que permitan obtener nuevas hipótesis para optimizar la labor fonoaudiológica y crear nuevas investigaciones.
2. Del Psicólogo.
La labor del Psicólogo en Educación Diferencial comprende las siguientes funciones primordiales:
2.1 Diagnóstico:
Esta función puede ser realizada en los siguientes niveles:
- Individual
- Grupal
- Familiar
2.1.1 Diagnóstico individual:
Se refiere al estudio psicológico integral del alumno, considerando aspectos de personalidad, rendimiento intelectual, desarrollo emocional, intereses, aptitudes, etc. Este estudio conlleva:
- Antecedentes del desarrollo.
- Observación clínica.
- Administración y tabulación de pruebas
psicológicas.
- Elaboración de un informe psicológico que
incluya a lo menos: antecedentes, pruebas
aplicadas, conducta durante el examen,
resultados, análisis cualitativo, conclusiones
y sugerencias.
2.1.2 Diagnóstico Grupal:
Se efectúa en dos niveles:
a) De la unidad educativa. Se refiere al estudio del sistema educativo particular, de sus características, interacciones, estrategias metodológicas, otros para determinar cuánto influye esta realidad en la problemática del alumno.
b) Del grupo curso o taller: utilizando técnicas psicológicas tales como observaciones, cuestionarios, encuestas, dinámica, otros cuyo objetivo primordial es conocer la realidad del grupo para definir estrategias de trabajo.
2.1.3 Diagnóstico Familiar:
Se refiere a la evaluación de la estructura y dinámica del sistema familiar con fines de orientación e intervención profesional.
2.2 Tratamiento:
A partir de los diagnósticos realizados a nivel individual, grupal, familiar deberán plantearse acciones terapéuticas tendientes a mejorar las situaciones problemas detectados.
Estas acciones terapéuticas deberían estar referidas, por ejemplo a: modificación conductual, orientación a padres y profesores, terapia psicológica, terapia familiar y otros con el objetivo de desarrollar al máximo las potencialidades intelectuales y socio afectivas del educando e intervenir en su ambiente inmediato favoreciendo su adaptación social.
2.3 Asesoría:
Comprende la particiapación y entrega de elementos propios de la especialidad en las diferentes instancias técnicas de la institución educativa, por ejemplo: atención y orientación de consultas de los docentes en relación al educando y su grupo familiar.
Realización perfeccionamiento a docentes y paradocentes.
Participación en la planificación, desarrollo y evaluación de los diferentes programas del establecimiento.
2.4 Prevención Terciaria:
Diseñar y realizar programas educativos dirigidos a la comunidad intra y extraescolar, con el fin de reducir las posibilidades de alteraciones en el desarrollo psicoevolutivo del niño y en el incremento de problemáticas en el niño discapacitado. Ejemplo: programas de estimulación temprana, abordaje de problemas psicosociales como alcoholismo, embarazo precoz, delincuencia, drogadicción, etc. Desarrollar estrategias para prevenir problemas conductuales y alteraciones emocionales a través de programas específicos: fomento de la autoestima, desarrollo de habilidades sociales, motivación escolar, etc.
2.5 Coordinación:
Coordinar con el equipo multidisciplinario y con la Dirección las acciones referidas a diagnóstico, tratamiento, asesoría y prevención.
2.6 Extensión:
Aportar información y asesorar a otras instancias de la comunidad local y eventualmente, fuera de ella, a través de charlas, exposición de trabajos, reuniones, etc.
2.7 Investigación:
Participación en el diseño y realización de investigación en psicología aplicada a la Educación Diferencial.
3. Funciones del Asistente Social La labor del Asistente Social en Educación Diferencial comprende las siguientes funciones:
3.1 Diagnóstico:
Destinado a conocer la realidad socio-económica y cultural del menor y su familia y conlleva la aplicación de análisis, entrevistas domiciliarias, observación de conductas, revisión de antecedentes, con el fin de establecer pautas de tratamiento.
3.2 Tratamiento:
A partir del diagnóstico, se plantean acciones destinadas a modificar positivamente las problemáticas detectadas mediante las siguientes funciones:
3.2.1 Educativa:
Destinada a informar y orientar a la familia acerca del déficit, del adecuado manejo a nivel del hogar y la importancia de su participación en el proceso de rehabilitación.
3.2.2 Terapéutica:
Destinada a brindar apoyo al alumno y su grupo familiar para aliviar tensiones y en caso necesario, derivar a profesionales e instituciones especializadas.
3.2.3 Asistencial:
Destinada a orientar y referir al alumno y su grupo familiar para la utilización óptima de los recursos comunitarios existentes. Calificación socio económica que permite la obtención de estos recursos.
3.3 Asesoría:
Participación y entrega de elementos de la especialidad en las diferentes instancias de la unidad educativa a nivel individual y grupal.
Aportar el aspecto social a la formulación, planificación y ejecución de programas intra y extrainstitucionales.
3.4 Prevención Terciaria:
Destinada a que los padres comprendan el problema de su hijo, aminorando así las alteraciones de la dinámica familiar y preparar a la familia para enfrentar y solucionar en forma óptima los problemas que derivan de la incapacidad del niño en las distintas etapas de la vida.
3.5 Coordinación:
Coordinar en forma sistemática y permanente con las distintas instancias de la Unidad Educativa con fines de conocer, informar y orientar sobre aquellas problemáticas sociales que interfieren el proceso educativo, estableciendo criterios de tratamiento con los otros integrantes del equipo.
- Con las instituciones de la comunidad para detectar recursos de tipo material, técnico y otros que puedan ser utilizados por el educando y su grupo familiar.
3.6 Extensión:
Información y orientación sobre aspectos propios de la especialidad y aquellos de los que se tenga capacitación a nivel de la Unidad Educativa y de la Comunidad a través de entrevistas, charlas, Escuelas de Padres.
3.7 Investigación:
Realizar investigación en aspectos propios de Servicio Social y participar en aquellos que programe el equipo multiprofesional.
4. Del Kinesiólogo
La labor del Kinesiólogo en Educación Diferencial comprende las siguientes funciones:
4.1 Diagnóstica:
Realizar las evaluaciones y reevaluaciones kinésicas en los rubros de potencia muscular, movilidad articular, capacidad motora funcional de desplazamiento, postura y coordinación neuromotriz del desarrollo psicomotor, etc., que culminen en una apreciación y diagnóstico kinésico que permita orientar y determinar las posibles terapias a desarrollar e indicaciones generales.
Esta función se desarrolla permanentemente, culminando con un informe kinésico cuando corresponda.
4.2 Tratamiento:
Determinar normas sobre el manejo del niño (cómo tomarlo, de qué lado hablarle, etc.)
Desarrollar programas de terapia kinésica individual o grupal según corresponda a aquellos niños que por su problemática lo requieran directa o indirectamente a través de indicaciones a desarrollar en sala de clases y en el hogar.
Indicar el mobiliario y adaptaciones especiales necesarias para la rehabilitación del niño.
Mantener una evolución clara y permanente del tratamiento registrándolo en la ficha individual del alumno.
4.3 Asesoría:
Ubicación y postura adecuada del alumno en sala de clases.
Normas de manejo en salas y en actividades básicas cotidianas.
Orientación sobre el déficit, terapia, implementación y objetivos planteados.
Evolución del tratamiento.
Actividades de apoyo al desarrollo motor y psicomotor del niño que favorezca el proceso enseñanza aprendizaje (PEI).
Actividades de perfeccionamiento.
Informar a los padres sobre el diagnóstico kinésico y dar instrucciones en relación al manejo del niño en el hogar y el apoyo que debe prestar a la terapia específica que recibe el alumno.
4.4 Prevención Terciaria:
Intervención directa sobre el individuo:
a) Estimulación temprana en distintos déficit (sensoriales, motores, deficiencia mental).
b) Utilización de medidas terapéuticas para evitar alteraciones del sistema músculo-esquelético (alteraciones posturales, contracturas, deformidades) y del aparato respiratorio.
Intervención directa sobre el medio inmediato, familia y comunidad:
a) Educación a la familia.
b) Educación a la comunidad.
4.5 Coordinar con los distintos estamentos acciones a realizar en las distintas funciones establecidas.
Coordinar acciones con instituciones afines, salud u otros cuando el caso lo requiera.
4.6 Realizar diagnóstico, orientación e información a niños que provienen de otras instituciones de la comunidad que lo soliciten a través del Gabinete Técnico.
Difundir a través de entrevistas, charlas, cursos, publicaciones, etc. materias de la especialidad u otras en las que se tenga capacitación.
4.7 Participar en actividades de investigación que se programen en el establecimiento tanto intra o extrainstitucional.
5. Del Terapeuta Ocupacional
Mediante la actividad, las Relaciones interpersonales y el Ambiente, el Terapeuta Ocupacional interviene en Educación Diferencial.
5.1 Diagnóstico:
Realizar las evaluaciones y reevaluaciones individuales o grupales contemplando capacidades funcionales, prevocacionales, hábitos laborales y análisis de puestos de trabajo.
Elaborar el informe correspondiente.
5.2 Tratamiento:
Realizar estrategias para lograr la funcionalidad del individuo de acuerdo a las distintas etapas del desarrollo psicomotriz utilizando técnicas específicas.
Realizar acciones tendientes a lograr la adaptación del educando al medio, a través del desarrollo de potencialidades e intereses socio-laborales.
5.3 Asesoría:
Asesorar y orientar a los docentes respecto a actividades desarrolladas con los educandos que tengan relación con Terapia Ocupacional.
Orientar a la familia respecto al diagnóstico, tratamiento y manejo en el hogar y comunidad.
5.4 Prevención:
Realizar acciones sistemáticas destinadas a prevenir la aparición de problemáticas funcionales en estimulación temprana y en el desarrollo socio-laboral.
5.5 Coordinación:
Realizar coordinación interna con los demás integrantes del equipo para llevar a efecto las funciones específicas establecidas.
Coordinar acciones con instituciones comunales, regionales y nacionales con fines de perfeccionamiento, colocación laboral, extensión, etc.
5.6 Extensión:
Colaborar en actividades programadas por el Establecimiento (curriculares o extracurriculares) con este fin.
Colaborar en el proceso de seguimiento, especialmente en el área laboral de los alumnos egresados del Establecimiento.
5.7 Investigación:
Realizar investigación en las diversas áreas que se relacionan con terapia ocupacional en Educación Diferencial en conjunto con otros profesionales del equipo y según necesidades de la Unidad Educativa.
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Única
De 20-AGO-1994
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20-AGO-1994 |
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