Decreto 260
Decreto 260 ESTABLECE ESTROFAS DEL HIMNO NACIONAL, EN ACTOS O CEREMONIAS
MINISTERIO DEL INTERIOR
Promulgación: 15-MAR-1990
Publicación: 30-MAR-1990
Versión: Única - 30-MAR-1990
ESTABLECE ESTROFAS DEL HIMNO NACIONAL, EN ACTOS O CEREMONIAS
Santiago, 15 de Marzo de 1990.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 260.- Considerando:
Que existen Decretos Supremos de los años 1909 y 1941 de los Presidentes Montt y Aguirre Cerda, respectivamente, que dan normas sobre la interpretación del Himno Nacional de Chile;
Que existen diversos hechos históricos que dicen relación con dicho Himno;
Que es necesario y conveniente establecer normas para uniformar la interpretación de la Canción Nacional de Chile;
Que el texto manuscrito de la Canción Nacional de Chile, firmado por Don Eusebio Lillo, se guarda en el Ministerio de Educación Pública.
Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República de Chile, Decreto:
Artículo único: Déjase establecido que a partir de esta fecha, en las ceremonias o actos en que se cante el Himno Nacional, éste se ejecutará en la siguiente forma: Quinta estrofa y coro.
Anótese, tómese razón, publíquese y comuníquese.- ENRIQUE KRAUSS RUSQUE, Vicepresidente de la República.- Belisario Velasco Baraona, Ministro del Interior (S).- Ricardo Lagos Escobar, Ministro de Educación.- Patricio Rojas Saavedra, Ministro de Defensa.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 30-MAR-1990
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30-MAR-1990 |
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