Decreto 25
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Decreto 25
- Encabezado
- CAPÍTULO I: INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES GENERALES
- CAPÍTULO II: REGULACIÓN PARA EL CONTROL DE EMISIONES ASOCIADAS A CALEFACCIÓN DOMICILIARIA
- CAPÍTULO III: CONTROL DE EMISIONES AL AIRE DE CALDERAS Y OTRAS FUENTES EMISORAS
- CAPÍTULO IV: CONTROL DE EMISIONES ASOCIADAS A QUEMAS AGRÍCOLAS, FORESTALES Y DOMICILIARIAS
- CAPÍTULO V: REGULACIÓN PARA EL CONTROL DE EMISIONES DEL TRANSPORTE
- CAPÍTULO VI: COMPENSACIÓN DE EMISIONES DE PROYECTOS EN LA ZONA SATURADA EN EL MARCO DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
- CAPÍTULO VII: PLAN OPERACIONAL PARA ENFRENTAR EPISODIOS CRÍTICOS DE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA
- CAPÍTULO VIII: DIFUSIÓN, SENSIBILIZACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN A LA COMUNIDAD
- CAPÍTULO IX: FISCALIZACIÓN, VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL PLAN Y ACTUALIZACIÓN
- CAPÍTULO X: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
- CAPÍTULO XI: VIGENCIA
- Promulgación
- Anexo Cursa con alcances el decreto supremo Nº 25, de 2016, del Ministerio del Medio Ambiente
Decreto 25 ESTABLECE PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LA COMUNA DE VALDIVIA
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
ESTABLECE PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LA COMUNA DE VALDIVIA
Núm. 25.- Santiago, 2 de septiembre de 2016. Visto:
Lo establecido en la Constitución Política de la República de Chile, en sus artículos 19, números 8 y 9 y 32 número 6; lo dispuesto en la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el DFL Nº 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; en el DFL Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud, Código Sanitario; en el DS Nº 47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; en el DS Nº 39 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento para la Dictación de Planes de Prevención y de Descontaminación; en el decreto supremo Nº 17, de 20 de febrero de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, que declara Zona Saturada por Material Particulado Respirable MP10, como concentración diaria y anual, y por Material Particulado Fino Respirable MP2,5, como concentración diaria, a la comuna de Valdivia; en la resolución exenta Nº 678, de 23 de julio de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 30 de julio de 2014, que dio inicio al proceso de elaboración del Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Valdivia; en la resolución exenta Nº 839 de 24 de agosto de 2015, que aprobó al Anteproyecto del Plan, cuyo extracto fuera publicado en el Diario Oficial del día 8 de septiembre de 2015; la opinión del Consejo Consultivo Regional del Medio Ambiente de fecha 10 de noviembre de 2015; la opinión del Consejo Consultivo del Medio Ambiente de fecha 18 de enero de 2016; el Acuerdo Nº 10, del 8 de agosto de 2016, del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad; en la resolución exenta Nº 177 de 2016, del Ministerio del Medio Ambiente, que fija el Primer Programa de Regulación Ambiental 2016-2017, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y
Considerando:
Que, por decreto supremo 17, de 20 de febrero de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, se declaró Zona Saturada por Material Particulado Respirable MP10, como concentración diaria y anual, y por Material Particulado Fino Respirable MP2,5, como concentración diaria, a la comuna de Valdivia. Que, por resolución exenta Nº 678 de 23 de julio de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, se dio inicio al proceso de elaboración del Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Valdivia, publicada en el Diario Oficial del 30 de julio de 2014, y mediante resolución exenta Nº 691, de 23 de julio de 2015, del mismo Ministerio, se amplió el plazo de elaboración hasta el 24 de agosto de 2015.
Que, por resolución exenta Nº 839, de 24 de agosto de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, se aprobó el Anteproyecto del Plan de Descontaminación, cuyo extracto fuera publicado en el Diario Oficial del día 8 de septiembre de 2015.
Que la declaración de zona saturada por Material Particulado Respirable MP10, como concentración diaria y anual, se hizo en base a lo establecido en el DS Nº 20, del 2 de septiembre de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, en Especial de los Valores que Definen Situaciones de Emergencia y Deroga el decreto Nº 59, de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Que, el fallo del Segundo Tribunal Ambiental, de 16 de diciembre de 2014, en la causa Rol R Nº 22-2014, "Fernando Dougnac Rodríguez y otros / Ministerio del Medio Ambiente", y causas acumuladas Roles R Nº 25-2014, 28-2014, 29-2014 y 31-2014, y cuyos efectos generales se produjeron a partir del día 17 de octubre de 2015, anuló totalmente el referido decreto y recobró vigencia el DS Nº 59, aludido.
Que el DS Nº 20 anulado, establecía para el MP10, la misma norma primaria de calidad ambiental que la establecida por el DS Nº 59, de 1998. En ambos casos el valor para la concentración de 24 horas es de 150 µg/m3N, y en ambos casos el criterio de excedencia corresponde a que el Percentil 98 de las concentraciones de 24 horas registradas durante un período anual en cualquier estación monitora clasificada como EMRP, sea mayor o igual a 150 µg/m3N.
Que, el Informe Técnico, Cumplimiento de Normas de Calidad del Aire por MP2,5 y MP10, Red de Calidad del Aire de Valdivia Región de Los Ríos, de la Unidad Técnica División de Fiscalización DFZ-2014-39-XIV-NC-EI, de la Superintendencia del Medio Ambiente, da cuenta de la evaluación del cumplimiento de la norma de calidad del aire para MP10, contenida en el DS Nº 59 de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y concluye al respecto, que la norma diaria es superada en los años 2011, 2012 y 2013 y que la norma anual también está superada para ese periodo.
Que atendido lo anterior se estima que la condición de saturación se mantiene y es pertinente continuar con la dictación del presente Plan.
Que, el Plan de descontaminación es un instrumento de gestión ambiental que tiene por finalidad recuperar los niveles señalados en las normas primarias y/o secundarias de calidad ambiental de una zona saturada por uno o más contaminantes.
Decreto:
ESTABLECE PLAN DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LA COMUNA DE VALDIVIA
Artículo 1.- El presente Plan de Descontaminación Atmosférica (en adelante Plan), regirá en la comuna de Valdivia, de acuerdo a lo establecido en el DS Nº 17 de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, que Declara Zona Saturada por material particulado respirable (MP10), como concentración diaria y anual, y por material particulado fino respirable (MP2,5), como concentración diaria, a la zona geográfica que comprende la comuna de Valdivia.
Este instrumento de gestión ambiental tiene por objetivo, en un plazo de 10 años, lograr que en la zona saturada, se dé cumplimiento a la norma primaria de calidad ambiental para MP10, y a la norma primaria de calidad ambiental para MP2,5.
Al igual que en las ciudades del centro y sur del país, en la comuna de Valdivia, la principal fuente de contaminación atmosférica proviene del sector residencial, debido a la combustión de leña, tanto para calefacción como para cocina, razón por la cual, el presente Plan se enfoca principalmente en disminuir las emisiones generadas en este sector.
A lo anterior, se agregan en menor cantidad, otras actividades económicas o fuentes, tales como industrias y transporte, que contribuyen con emisiones de material particulado que aumentan el riesgo de efectos adversos sobre la salud de la población. Asimismo, la emisión de gases provenientes de estas fuentes son precursoras en la formación de MP2,5 secundario. Por lo tanto, es necesario regular también estos sectores, con el fin de contribuir a una mejora en la calidad del aire.
Concordante con la Estrategia Nacional de Planes de Descontaminación Atmosférica del Ministerio del Medio Ambiente, la cual busca disminuir las emisiones del sector residencial, el Plan de Descontaminación Atmosférica considera 4 ejes estratégicos:
1. Mejoramiento térmico de las viviendas.
2. Mejoramiento de la eficiencia de los artefactos de combustión a leña y otros derivados de la madera.
3. Mejoramiento de la calidad de la leña y disponibilidad de otros combustibles.
4. Educación y sensibilización a la comunidad.
Artículo 2.- Los antecedentes que fundamentan el presente Plan para Valdivia, se indican a continuación:
1. Antecedentes Normativos
La comuna de Valdivia se declaró zona saturada por MP10, como concentración diaria y anual, y zona saturada por MP2,5, como concentración diaria, mediante DS Nº 17 de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, producto de las superaciones de las normas primarias de calidad ambiental para MP10 y MP2,5.
De acuerdo a la Ley Nº19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y al Reglamento para la Dictación de Planes de Prevención y de Descontaminación, DS Nº39/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, una vez declarada la zona saturada, se debe elaborar un Plan de Descontaminación. En este contexto, el Ministerio del Medio Ambiente dictó la resolución exenta Nº 678, de fecha 23 de julio de 2014, que dio inicio a la elaboración del Anteproyecto del Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Valdivia.
2. Antecedentes y Descripción de la Zona Saturada
2.1. Descripción de la zona geográfica de la comuna de Valdivia1
La comuna de Valdivia, capital regional y provincial de la Región de Los Ríos, se encuentra emplazada en los 39º48' Latitud Sur y 73º14' Longitud Oeste, a una distancia de 841 Km al sur de Santiago, con una superficie total de 1.015,6 km2, distribuidos en 146,5 km2 en el territorio urbano y 899,1 km2 en el territorio rural. Limita al norte con Mariquina; al noreste con Máfil; al este con Los Lagos; al sureste con Paillaco; al sur con Corral y al oeste con el Océano Pacífico. Posee una población urbana de 141.923 habitantes y una población rural de 12.174 habitantes. (Proyección 2012 INE, Instituto Nacional de Estadísticas).
La superficie de Valdivia, representa el 5,51% de la superficie de la Región de Los Ríos y el 9,95% de la superficie provincial.
La geografía de la comuna, da cuenta que esta urbe se enmarca dentro de un entorno de llanos de sedimentación fluvial, rodeado de bosques higrófitos de Ulmo y Tineo, además de policultivos y frutales. Estos llanos se ubican en medio de la cordillera de la Costa gracias a la irrupción de los ríos que en ella convergen. La ciudad posee también una gran cantidad de humedales tanto ribereños como interiores.
En la cuenca hidrográfica de Valdivia se diferencian cuatro sub-cuencas principales, la sub-cuenca de Valdivia, la sub-cuenca de San José de la Mariquina, la del río San Pedro y la del río Calle-Calle. En cuanto al relieve y las unidades geomorfológicas relevantes presentes en la comuna de Valdivia, se diferencian cuatro unidades importantes; la Cordillera de la Costa, las depresiones o terrenos bajos, las terrazas litorales y el valle fluvial del río Valdivia. La Cordillera de la Costa está representada por dos cordones montañosos, uno costero y otro que se extiende al sureste de la comuna. El relieve es abrupto, las alturas llegan a 700 m., con un promedio de 500 m.; las depresiones o terrenos bajos son planicies aluviales de menos de 25 m.s.n.m, corresponden a la depresión de San José de la Mariquina, ubicada en la parte noreste y la depresión de Valdivia, ubicada en la confluencia de los ríos Calle-Calle y Cruces. Las terrazas litorales corresponden a planicies marinas o fluvio-marinas, localizadas en el borde costero y se ubican a cotas bajas.
2.2. Antecedentes demográficos de la comuna de Valdivia
La comuna de Valdivia representa el principal centro poblado de la Región de Los Ríos, con una población total de 154.097 habitantes al año 2012, de los cuales el 92,1% corresponde a población urbana (Proyección 2012 INE, Instituto Nacional de Estadísticas). Dentro de sus principales actividades económicas se encuentra la industria de construcción naval, maderera, papelera y cervecera, además del turismo, debido a los atractivos naturales que presenta la ciudad y sus alrededores. Desde el año 2002 a 2012, Valdivia ha presentado un crecimiento poblacional del 9,7%, porcentaje superior a la media provincial según datos INE 2012.

En cuanto al crecimiento del número de viviendas en la Región de Los Ríos, la comuna de Valdivia presenta una variación comunal del 36,2%.
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1 Fuente: Plan de desarrollo comunal comuna de Valdivia 2011-2014

De igual forma que lo anterior, de la tabla se puede inferir que el número de viviendas de Valdivia corresponde a un 53% del total provincial, según los datos presentados como proyección para el año 2012.
Según antecedentes, la comuna de Valdivia presenta un incremento demográfico ínter censal, que se ve reflejado también en el aumento del porcentaje de viviendas. Producto de este aumento poblacional, se tiene el desarrollo de nuevas áreas urbanas establecidas en el Plan Regulador Comunal, lo cual deriva en la necesidad de consumir recursos energéticos con la finalidad de calefacción residencial durante los meses fríos, que en este caso, es preferentemente leña.
2.3. Características climáticas y meteorológicas de la zona
El clima en la zona de Valdivia es del tipo templado lluvioso con infl encia mediterránea. La temperatura media anual es del orden de los 10ºC, con una amplitud térmica que no supera los 9ºC, lo que pone de manifi to la influencia moderadora del mar. El período cálido se observa entre los meses de diciembre a febrero, con una temperatura media del orden de los 17ºC y temperaturas máximas absolutas en el período, que varían en torno a los 30ºC. Las temperaturas mínimas se observan en el período de junio a agosto, con una temperatura mínima media del orden de los 7,7 ºC, en el mes de julio.
La precipitación media anual en la cuenca es de 2.588 mm. Las mayores precipitaciones se producen en la cordillera andina, llegando a más de 5.500 mm. Las menores precipitaciones medias ocurren en el sector noroccidental de la cuenca del río Valdivia, entre las localidades de San José de la Mariquina y Máfil, donde llueve de 1.200 a 1.600 mm al año. Existe un período seco especialmente en los meses de enero y febrero, en donde las precipitaciones en promedio no sobrepasan los 60 mm al mes.
Las precipitaciones de la zona son, en general, de origen ciclonal o frontal. Éstas pueden tener una duración de varios días, con un aporte de agua que puede superar los 100 mm por tormenta. A pesar de que la zona está expuesta a una alta pluviometría, las lluvias rara vez tienen intensidades superiores a los 10 mm/h. Ocasionalmente, algunos eventos de precipitación alcanzan intensidades de 15 a 25 mm/h pero casi siempre son de corta duración.
Respecto a la frecuencia promedio de los vientos, existe una predominancia de vientos Nor - Noroeste durante el año, prevaleciendo velocidades bajas y calmas entre los meses de marzo y agosto, lo cual asociado a bajas temperaturas, generan eventos de concentración y mala dispersión de contaminantes.
El hecho de que en los meses de otoño e invierno (marzo a agosto) se tenga una alta presencia de vientos Sureste como también Noroeste, implica que las masas de aire de desplazan en ambas direcciones, según las condiciones meteorológicas del día y por tanto las emisiones generadas en el área urbana se desplazarán tanto al sector noroeste como sureste de la ciudad.
2.4. Condiciones meteorológicas que dan origen a episodios de contaminación
Los altos niveles de concentraciones de MP10 y MP2,5 presentan una marcada estacionalidad y un ciclo diario característico. En términos de ciclo anual, las concentraciones promedio diarias se incrementan entre los meses de abril a septiembre, ocurriendo en este período los casos en los que se supera el valor establecido por norma. Tanto el ciclo anual como el ciclo diario están fuertemente asociados a condiciones meteorológicas que determinan la mala dispersión de contaminantes y la ocurrencia de episodios (estabilidad atmosférica y bajas temperaturas), así como también al aumento de emisiones producto de la calefacción residencial (menores temperaturas, mayor consumo de leña, para calefacción de la vivienda).
Por otra parte, la proporción del MP2,5 en el MP10 en los meses fríos (mayo-agosto) se incrementa de manera importante respecto a la proporción que se presenta en los meses del período más cálidos, alcanzando proporciones sobre un 80%.
3. Descripción de la calidad del aire y antecedentes que fundamentan la condición de zona saturada por MP10 y MP2,5
Actualmente la comuna de Valdivia cuenta con una estación de monitoreo continuo de la calidad del aire, ubicada en Parque Krahmer (Estación Parque Krahmer) instalada el año 2008. A partir del 17 de enero de ese año se dio inicio a la medición del contaminante MP10 en dicha estación, la cual cuenta con representatividad poblacional (EMRP), por resolución exenta Nº 288/2008, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud (SEREMI de Salud de Los Ríos). En agosto del mismo año se incorporó la medición continua de MP2,5, siendo calificada como EMRP para este monitoreo mediante la resolución exenta Nº 5.918, del 6 de agosto de 2012, de la SEREMI de Salud de Los Ríos.
La declaración de zona saturada por MP10, tanto para la norma diaria como anual, y de MP2,5 para la norma diaria, para la comuna de Valdivia, se fundamentó en los registros obtenidos mediante el monitoreo oficial de estos contaminantes en la estación descrita en el párrafo anterior.
3.1. Sobre la evolución y condiciones de la calidad del aire
a) Resumen de la información histórica validada para MP10
A continuación se presenta un resumen de la información obtenida en la estación Parque Krahmer, entre el período comprendido de enero del 2008 hasta diciembre del 2015.

Verificación de la superación de la norma:
Se observa que el percentil 98 para todos los años se encuentra sobre los 150 µg/m3, excepto para el año 2014. Si bien el año 2014 la norma primaria de calidad ambiental diaria para MP10 se mantuvo en estado de latencia, se observa que el año 2015 esta norma primaria de calidad ambiental se encuentra nuevamente sobrepasada en su métrica diaria.
Además, el promedio trianual para los tres períodos considerados se encuentra sobre el valor de 50 µg/m3, por lo que la norma primaria anual de calidad del aire para MP10, también está superada. Para la dictación del DS Nº 17 de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, que declaró saturada la zona se utilizó el período comprendido entre el año 2008 al 2012.
b) Resumen de la información histórica validada para MP2,5
De acuerdo al monitoreo realizado en la estación Parque Krahmer, entre el período comprendido desde enero de 2009 hasta diciembre de 2015, se presentan los siguientes datos:

Verificación de la superación de la norma:
Se observa que el percentil 98 para todos los años se encuentra sobre los 50 µg/m3, por lo que la norma primaria de calidad ambiental para MP2,5 se encuentra sobrepasada en su métrica diaria.
Los resultados de las mediciones permitieron concluir que la norma primaria de calidad de aire para MP2,5 como concentración de 24 horas se encuentra sobrepasada, de acuerdo al resultado del percentil 98 para los años 2009 al 2015 reportados y la dictación del DS Nº 17 de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, que declaró saturada la zona.
3.2. Ciclos anuales y diarios del MP2,5 y MP10
Ciclo Anual: Tanto el MP2,5 como el MP10 presentan una marcada estacionalidad, en donde las mayores concentraciones se producen en meses fríos, otoño e invierno, tal como se observa en el gráfico a continuación:


Esta estacionalidad se explica por dos condiciones: primero, debido a la presencia en otoño e invierno de condiciones meteorológicas que no favorecen la dispersión de los contaminantes (mala ventilación, bajas temperaturas, inversión térmica, altas presiones, etc.), y segundo, la existencia de un aumento de las emisiones de material particulado en el área, ya que la principal fuente emisora es el uso de leña para calefacción, cuyo uso aumenta con las bajas temperaturas de los meses entre abril y septiembre.
Ciclo Diario: El MP2,5, al igual que el MP10, presenta un marcado ciclo diario, en donde las altas concentraciones se presentan en horas de la tarde y noche, tal como se observa en el gráfico a continuación:

Este ciclo se puede explicar por dos condiciones: primero, se acentúan en horas de la tarde y noche las condiciones meteorológicas que no favorecen la dispersión de los contaminantes (mala ventilación, bajas temperaturas, inversión térmica, altas presiones, etc.), y segundo, la existencia del aumento de las emisiones de material particulado MP10 y MP2,5 en el área, ya que en esas horas se incrementa el uso de leña para calefacción domiciliaria, producto de la mayor habitabilidad de los hogares y utilización de calefacción, y de la disminución considerable de las temperaturas.
3.3. Relación entre MP10 y MP2,5
El material particulado respirable se compone de una fracción fina y otra gruesa (MP10 = fracción fina + fracción gruesa). La literatura internacional ha determinado las relaciones, en porcentajes, entre el material particulado ultra fino (MP1,0), material particulado fino (MP2,5) y el material particulado respirable (MP10), para diferentes tipos de combustibles y fuentes emisoras, lo cual nos ha entregado valiosa información que nos permite determinar su procedencia.
En las siguientes figuras, se analiza la proporción de MP2,5 contenido en el MP10, obtenidos de los monitoreos realizados en Valdivia en el período 2015; se observa la existencia de una proporción mayor en algunos meses del año, específicamente en los meses más fríos, donde el material particulado fino (2,5 µm) alcanza una proporción de hasta 80%, generando de esta forma altos impactos en la salud de la población. En el caso de los meses de mayores temperaturas, la relación del MP2,5 contenido en el MP10 disminuye considerablemente, llegando a una proporción sobre el 30%, indicando de esta forma la incidencia que tiene el uso de leña de bajos estándares de calidad (leña húmeda) y la limitada tecnología de los artefactos de calefacción residencial (chimeneas, salamandras, cocinas, calefactores de cámara simple) utilizados para calefacción en los meses fríos.

4. Fuentes emisoras de MP10 y MP2,5
4.1. Inventario de emisiones
El inventario de emisiones es un estudio en el cual se estiman las emisiones que genera cada fuente en la zona saturada. En el caso de Valdivia, las principales fuentes emisoras de material particulado respirable MP10 y MP2,5 corresponden a la combustión residencial de leña, seguida por las fuentes fijas, fugitivas, quemas agrícolas; y por último las fuentes móviles, tal como se observa en la Tabla 5, donde se describe el aporte de cada una de las fuentes según el Análisis General del Impacto Económico y Social (AGIES) considerando como año base el 2013.

Según los resultados del inventario de emisiones para la comuna de Valdivia, la principal fuente de emisiones tanto para MP10 como para MP2,5 es la combustión residencial de leña, seguida por las fuentes industriales, como se observa en la figura 6 y figura 7.

Respecto de las figuras Nº6 y Nº7, se puede señalar lo siguiente:
a. Emisiones residenciales
Respecto a las emisiones de la fuente residencial se puede indicar lo siguiente:
- Según datos obtenidos del Estudio Inventario de Emisiones Atmosféricas y Modelación de contaminantes de la comuna de Valdivia, año base 2013, en la comuna, el 92% de las viviendas usa leña como combustible para calefacción y/o cocinar, lo que se traduce en un consumo estimado de leña de 391.612 m3 estéreo/año.
- El consumo promedio de leña estimado por vivienda dentro del radio urbano de la comuna es de 10,1 m3 estéreo/año.
- Las principales tipologías de artefactos de combustión de leña dentro del área urbana de la comuna son los calefactores de combustión lenta con templador (conocidos como doble cámara, por la presencia de templador que permite la inyección de aire secundario a la combustión), con un porcentaje de participación de 44,6%, y cocinas a leña con un 35%.
En la Tabla 6 siguiente se puede observar el tipo y número de artefactos utilizados en el área urbana de Valdivia (considerar que hay viviendas en las cuales se utilizan más de 1 artefacto).

b. Emisiones de fuentes fijas
Respecto a las emisiones de fuentes fijas se puede indicar lo siguiente:
- Las principales fuentes de emisión son las calderas con un 92,3%, seguidas con un 4,7% de los grupos electrógenos, 3% de otros procesos industriales y 0,01% los hornos de panaderías.
- Según los antecedentes disponibles, el número de calderas es 290 en Valdivia, que corresponden en un 54% al sector institucional, 29% sector industrial, 15% al sector comercial y 2% al sector residencial.
- Por otra parte, cerca de la mitad del número de calderas (48%) utiliza un combustible en estado sólido (biomasa y carbón bituminoso), el 43% usa combustible líquido (solamente petróleo diésel) y el 9 % de las calderas utiliza combustible gaseoso (gas licuado).
- Así, las calderas industriales que utilizan combustible sólido son responsables del 81,3% de las emisiones de MP10 y las calderas de calefacción que usan combustible sólido aportan con el 9% de las emisiones de MP10.
- Las industrias son mayoritariamente manufactureras no metálicas, de los rubros de alimentos, forestal y otras de menor envergadura.
- En el caso de los óxidos de azufre, las emisiones de fuentes fijas se deben principalmente a calderas que combustionan carbón bituminoso.
En consecuencia, el presente Plan pondrá especial énfasis en la reducción de emisiones provenientes de la combustión residencial de leña, con fines energéticos para la calefacción.
Adicionalmente, se implementan y aplican medidas a los sectores de menor contribución de emisiones de MP10 y MP2,5, como es el caso de los sectores de industrias, transporte y el sector agrícola.
4.2. Incidencia en la contaminación del aire por el uso de leña en la comuna de Valdivia
Tal como se mencionó en el punto anterior, el uso de leña en las viviendas es responsable del 90,7% y 94,1% de las emisiones totales anuales de MP10 y MP2,5 respectivamente, debido a que la leña es el principal combustible residencial en la ciudad de Valdivia, empleándose tanto para calefacción como para cocción de alimentos.
El alto consumo de leña se explica principalmente por las siguientes condiciones:
- Alta demanda energética de las viviendas por poseer una mala aislación térmica;
- Bajas temperaturas, desde marzo a fines de septiembre, período en que se concentra el consumo y uso de leña;
- Menor precio de venta, comparado con el de otros combustibles tales como gas, petróleo, parafina y electricidad;
- Disponibilidad local del combustible; y
- Arraigo cultural presente en la población.
Se debe señalar que son cuatro los factores que han convertido a la combustión residencial de leña en la principal fuente contaminante en Valdivia:
1) La comercialización y uso de leña que no cumple con los estándares mínimos de calidad para generar una combustión óptima, es decir, que entregue toda la energía contenida en el combustible y produzca, a la vez, un mínimo de emisiones. Actualmente, en la comercialización de leña existe una gran heterogeneidad en formatos de venta, contenidos de humedad y, en definitiva, en poder calorífico.
2) La leña se usa, mayoritariamente, en equipos (calefactores y cocinas) que carecen de la tecnología adecuada para mantener una reacción de combustión de bajas emisiones y a la vez presentan niveles de eficiencia de combustión muy bajos.
3) La alta demanda de leña para mantener una temperatura de confort, producto de la precaria aislación térmica con que cuentan las viviendas existentes. El calor obtenido de la leña no se conserva dentro de la vivienda, sino que se disipa rápidamente al exterior a través de la envolvente (muros, pisos y techumbre).
4) Se estima que una cierta cantidad de consumidores de leña no adopta conductas adecuadas en el uso de ésta: no adquieren ni usan leña seca y no operan los artefactos de la forma correcta.
La combinación de estos factores implica que las emisiones de partículas (MP10 y MP2,5) a la atmósfera pueden ser muy superiores a las generadas en condiciones óptimas o ideales.
Se estima que, dado el importante crecimiento de las ciudades y su permanente expansión urbana, el consumo de leña siga en aumento de forma proporcional. Por ello, las medidas y acciones del Plan se orientan al control prioritario de las emisiones directas de material particulado provenientes de procesos de combustión, con énfasis en el sector residencial.
5. Sobre las Metas del Plan
5.1. Meta global de reducción de emisiones
Las metas de calidad del aire del Plan corresponden a alcanzar una concentración de contaminantes que genere el cumplimiento de la norma en el plazo establecido. De esta manera, fi alizada la implementación del Plan, se debe cumplir con las normas primarias de calidad ambiental para MP10 y MP2,5. Dado que un gran porcentaje del MP2,5 generado por la combustión residencial de leña está contenido en el MP10, el cumplimiento de la norma de MP2,5 implicará el cumplimiento de la norma de MP10. Por esta razón, la meta del Plan se centra en la disminución de las concentraciones diarias de MP2,5 hasta los valores que dicta la norma, como se indica en la Tabla 7.

5.2. Indicadores de efectividad del Plan
Los siguientes indicadores de efectividad para el presente Plan, tienen la función de verificar en forma anual el efecto de las medidas en los niveles ambientales de MP10 y MP2,5, dentro de la zona saturada, los que están principalmente orientados a la relación exposición/dosis de la población. La disminución de cada uno de ellos, en conjunto o por separado, puede señalar que la población se verá menos afectada, al exponerse a niveles inferiores de material particulado:
- Disminución del número de días al año que se supera la norma diaria (24 hrs) de MP10 (150 µg/m3), y MP2,5 (50 µg/m3)
- Disminución del percentil 98 de los promedios diarios de MP10 y MP2,5.
- Disminución de las concentraciones promedio anual y trianual de MP10 y MP2,5.
- Disminución de la duración de los episodios críticos, lo que se puede medir de acuerdo a la disminución del número de horas continuas con promedios móviles de 24 horas.
- Disminución del número de episodios en categoría Emergencia y Pre emergencia.
Además, antecedentes internacionales indican la importancia del control del material particulado, en especial el material particulado fino (partículas menores a 2,5 ?m), que como contaminante atmosférico está fuertemente asociado con el aumento en la morbilidad y mortalidad de la población.
Por lo anterior, el mejoramiento de la calidad del aire en el período de aplicación del Plan, se traducirá en una importante reducción de los impactos negativos sobre la salud de la población.
6. Beneficios y costos del Plan de Descontaminación Atmosférica de Valdivia
El DS Nº 39, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento para la Dictación de Planes de Prevención y Descontaminación, exige la elaboración de un AGIES de los planes de descontaminación, el cual debe ser evacuado en el mismo plazo de elaboración del Anteproyecto y deberá estar disponible previo al proceso de consulta pública.
La metodología empleada en la elaboración del AGIES del Plan de Descontaminación Atmosférica de la comuna de Valdivia, es la de análisis Costo-Beneficio, ampliamente utilizada y recomendada en la literatura para evaluación de proyectos sociales. La reducción de emisiones asociadas a planes de descontaminación, tiene efectos económicos, sociales y ambientales, que se resumen en beneficios para los receptores de las emisiones y costos para los regulados.
El AGIES tiene como objetivo evaluar los costos y beneficios asociados a las medidas propuestas en el presente Plan, de tal forma de apoyar la toma de decisiones en el proceso de elaboración del mismo.
Los beneficios valorizados asociados a las medidas del Plan corresponden a impactos en la salud de la población expuesta, producto de la disminución de concentración ambiental de MP2,5, asociado a la reducción de emisiones de las fuentes reguladas. Específicamente se valoran los eventos evitados de mortalidad prematura, morbilidad, días de actividad restringida y productividad perdida. No obstante, no han sido evaluados beneficios en visibilidad, corrosión en materiales, efectos sobre ecosistemas, reducción de daños en árboles, disminución de gases de efecto invernadero, beneficios para la agricultura y suelos, imagen país, externalidades positivas asociadas a la educación ambiental, efectos en la salud en otras comunas del país y co-beneficios derivados de la reducción de Black Carbon.
Con respecto a los costos evaluados, éstos corresponden al costo incremental de las medidas respecto del escenario base, esto es, en ausencia del plan de descontaminación, pero considerando normativas previas vigentes a nivel nacional o en la zona de aplicación de las medidas. Debido a las diferentes vidas útiles de las inversiones necesarias para dar cumplimiento al Plan, se anualizan los costos para una adecuada comparación de éstos con los beneficios asociados a salud y ahorro de combustibles.
La evaluación realizada en el AGIES se enfoca en el cumplimiento de la norma diaria de MP2,5 al constituir la mayor meta de reducción de la concentración que se debe lograr con el presente Plan. A continuación se presentan los principales resultados de la elaboración del AGIES, bajo la metodología de análisis Costo-Beneficio utilizada y considerando las medidas propuestas en el Plan, las cuales se detallan en secciones posteriores.
La siguiente figura muestra el valor presente de los beneficios y costos asociados a la implementación del Plan.

El valor de la reducción de riesgos fatales (valor de la vida estadística) sigue una distribución triangular con mediana de Valor de la vida estadística=10.850 UF al año 2002 (Iragüen y Ortúzar, 2004), proyectado según poder de paridad de compra y crecimiento de la población / Tasa de descuento=6% / Horizonte de evaluación=10 años / Tipo cambio dólar: 600 CLP / Tipo cambio UF: 24.200 CLP.
Fuente: Análisis General del Impacto Económico y Social del Proyecto Definitivo del Plan Descontaminación de Valdivia por MP10 y MP2,5, Ministerio del Medio Ambiente 2016.
Los beneficios valorizados se estiman en US$ 285 millones, para un horizonte de evaluación de 10 años. Es importante destacar que la mayoría de estos beneficios son atribuibles a la disminución de casos de mortalidad.
Los costos asociados a la implementación del Plan, considerando un horizonte de evaluación de 10 años, ascienden a US$56 millones y corresponden a: reacondicionamiento térmico de viviendas, subsidios para el recambio de calefactores, renovación de artefactos que utilicen leña como combustible y mejoramiento en la calidad de la leña. Un 58% de estos costos son asumidos por el Estado (Figura 9). La valoración de los beneficios y costos del Plan, indica que su implementación es altamente rentable desde la perspectiva social. Los beneficios netos2 en valor presente a 10 años se estiman en US$ 229 millones, lo que constituye una razón beneficio-costo de 5,1, tal como lo indica la Figura 8.
Las siguientes figuras presentan la distribución de los beneficios y costos:

De lo anterior se desprende que los beneficios se asocian a la población (92%), debido principalmente a casos evitados de mortalidad prematura y morbilidad, y un ahorro en combustibles para calefacción.
Con respecto a los costos, el Estado financia un 58%, por concepto de subsidio a los recambios de calefactores y subsidios de aislación térmica. Por su parte, los emisores financian el 42% restante, debido principalmente a copagos y recambios de calefactores para el cumplimiento del Plan.
Finalmente el número de casos evitados con la implementación del Plan se presenta en la Tabla 8:

Artículo 3.- Para efectos de lo dispuesto en el presente Plan, se entenderá por:
Acuerdo de Producción Limpia (APL): Convenio celebrado entre un sector empresarial, empresa o empresas, y el o los órganos de la Administración del Estado con competencia en materias ambientales, sanitarias, de higiene y seguridad laboral, uso de energía y de fomento productivo, cuyo objetivo es aplicar la producción limpia a través de metas y acciones específicas.
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2 Los beneficios netos corresponden a los beneficios menos los costos
Aserrín: Granos de madera que se obtienen como subproducto del proceso de aserrío de madera.
Astilla: Trozos de madera seca, cuya dimensión la hace especialmente apta para iniciar la combustión, a nivel domiciliario.
Briqueta: Combustible sólido, generalmente de forma cilíndrica, elaborado a partir de biomasa densificada de tamaño superior al pellet de madera. Sus características técnicas se establecen en la Norma Técnica NCh 3246/1 Of. 2011 Biocombustibles sólidos - Especificaciones y Clases. Parte I Requisitos Generales.
Caldera: Unidad principalmente diseñada para generar agua caliente, calentar un fluido térmico y/o para generar vapor de agua, mediante la acción del calor.
Caldera existente: Aquella caldera que se encuentra operando a la fecha de entrada en vigencia del presente Plan o aquella que entrará en operación dentro de los doce meses siguientes a dicha fecha.
Caldera nueva: Es aquella caldera que entra en operación doce meses después de la fecha de entrada en vigencia del presente Plan.
Calefacción distrital: Sistema de generación y distribución centralizada de calor, mediante el cual se proporciona un servicio de calefacción y agua caliente sanitaria a un conjunto de edificaciones conectadas en red.
Calefactor: Artefacto que combustiona o puede combustionar leña y derivados de la madera, fabricado, construido o armado, en el país o en el extranjero, que tiene una potencia térmica nominal menor o igual a 25 kW, de alimentación manual o automática, de combustión cerrada, provisto de un ducto de evacuación de gases al exterior, destinado para la calefacción en el espacio en que se instala y su alrededor.
Calefactor hechizo: Artefacto a leña utilizado para la calefacción y/o cocción de alimentos. Se fabrica en hojalaterías o talleres de forma artesanal. No posee templador, tiene evacuación directa de gases de combustión y son reconocibles por la falta de terminaciones y soldaduras visibles en sus uniones.
Calefactor unitario: Calefactor individual destinado para calefaccionar.
Calefactor de cámara simple: Calefactor que posee sólo entrada de aire primario.
Carbón vegetal: Madera que ha sido sometida a un tratamiento térmico intenso, entre 400ºC y 700ºC, en ausencia de oxígeno. De esta forma, este material aumenta su densidad energética respecto a su origen.
Carbón mineral: Combustible fósil formado en épocas geológicas pasadas por la descomposición parcial de materias vegetales, fuera del acceso del aire y bajo la acción de la humedad y, en muchos casos, de un aumento de presión y temperatura.
Carga automática de combustible: Sistema que inyecta dosifi adamente la cantidad de combustible que ingresa a una caldera o quemador sin intervención directa del operador.
Carga manual de combustible: Procedimiento de inyección de combustible a una caldera controlada directamente por un operador.
Cocina: Artefacto que combustiona o puede combustionar leña diseñado para transferir calor a los alimentos, que también puede estar provisto de un horno no removible.
CONAF: Corporación Nacional Forestal de la Región de Los Ríos.
CORFO: Corporación de Fomento de la Producción de la Región de Los Ríos.
Chimenea de hogar abierto: Artefacto para calefacción de espacios, construido en albañilería, piedra, metal u otro material, en el que la combustión de leña u otro combustible sólido se realiza en una cámara que no cuenta con un cierre y, por tanto, está desprovista de un mecanismo adicional a la regulación del tiraje, que permita controlar la entrada de aire.
Chip: Partícula de madera que tiene un tamaño estandarizado según la aplicación y se obtiene de cortes limpios con cuchillas.
Condiciones normales (N): Se entenderán como aquellas condiciones normalizadas a una temperatura de 25 grados Celsius (ºC) y a una presión de 1 atmósfera (atm).
Cogeneración: Corresponde a aquel proceso de producción de dos o más formas de energía útil a partir de una fuente primaria, aumentando significativamente la eficiencia térmica global.
Eficiencia de calderas: Corresponde a la relación entre la potencia útil cedida al fluido portador de calor y el consumo calorífico de la caldera, expresada como porcentaje, donde se entenderá como potencia útil, a la cantidad de calor útil transmitida al agua por la caldera por unidad de tiempo y se entenderá como consumo calorífico a la cantidad de energía por unidad de tiempo aportada por el combustible a la cámara de combustión de la caldera, expresada en función del poder calorífico inferior del combustible.
Establecimiento Comercial: Espacio físico donde se ofrecen servicios o mercaderías para su venta al público.
Fuente de proceso industrial: Corresponde a una unidad de operación industrial cuyo propósito es la transformación de materia prima para la obtención de un producto, y que descarga sus emisiones al aire, tales como: almacenamiento y transporte de materiales, procesos de reducción de tamaño, procesos de separación de componentes, procesos térmicos, reacciones químicas y procesamiento biológico, entre otros.
Fuente de proceso industrial existente. Es aquella fuente de proceso industrial que se encuentra operando a la fecha de entrada en vigencia del presente Plan o aquella que entrará en operación dentro de los 12 meses siguientes a dicha fecha.
Fuente de proceso industrial nueva. Es aquella fuente de proceso industrial que entra en operación doce meses después de la fecha de entrada en vigencia del presente Plan.
INDAP: Instituto de Desarrollo Agropecuario de la Región de Los Ríos.
Intendencia Regional: Intendencia Regional de Los Ríos.
Leña: Porción de madera en bruto de troncos, ramas y otras partes de árboles o arbustos, utilizada como combustible sólido.
Leña seca: Aquella que tiene un contenido de humedad menor al 25% medida en base seca, de acuerdo a lo estipulado en la Norma Chilena Oficial Nº2907/2005, o la que la reemplace.
Madera impregnada: Madera que ha sido sometida a procesos de impregnación, generalmente mediante autoclaves y a elevadas presiones. Lo anterior introduce sales tóxicas para los agentes que descomponen la madera, como hongos e insectos. De esta forma se aumenta la durabilidad natural del material original.
Madera torrefactada: Madera que ha sido sometida a un tratamiento térmico, entre 230ºC y 300ºC, en ausencia de oxígeno (pirolisis suave). De esta forma, este material pierde higroscopicidad y aumenta su densidad energética.
NCh3246: Se refiere a la NCh3246/1:2011 Biocombustibles sólidos - Especificaciones y clases - Parte 1: Requisitos generales. Fue declarada Oficial por decreto exento Nº 227, de fecha 30 de mayo de 2013, del Ministerio de Energía, publicado en el Diario Oficial el 2 de agosto de 2013.
NCh2907: Se refiere a la NCh2907:2005 Combustible sólido - Leña - Requisitos. Fue declarada Oficial por resolución exenta Nº 569, de fecha 13 de septiembre de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicada en el Diario Oficial el 23 de septiembre de 2005.
NCh2965: Se refiere a la NCh2965:2005 Combustible sólido - Leña - Muestreo e Inspección, que permite verificar que un lote de leña cumple con los requisitos establecidos en la Norma NCh2907. Fue declarada Oficial por resolución exenta Nº 569, de fecha 13 de septiembre de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicada en el Diario Oficial el 23 de septiembre de 2005.
NCh3173: Se refi re a la NCh3173:2009 Estufas que utilizan combustibles sólidos - Requisitos y métodos de ensayo. Fue declarada Ofi por resolución exenta Nº 1.535, de 27 de agosto de 2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, publicada en el Diario Ofi ial el 2 de septiembre de 2009.
NCh851: Se refiere a la NCh851:2008 ISO 8990:1994 Aislación térmica - Determinación de propiedades de transmisión térmica en estado estacionario y propiedades relacionadas - Cámara térmica calibrada y de guarda. Fue declarada Oficial por decreto exento Nº823 de fecha 5 de diciembre de 2008, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial del 16 de diciembre de 2008.
NCh853: Se refiere a la NCh853:2007 acondicionamiento térmico - Envolvente térmica de edificios - Cálculo de resistencias y transmitancias térmicas. Fue declarada Oficial por decreto Nº 44 de fecha 25 de enero de 2008, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial del 25 de febrero de 2008.
NCh3117: Se refiere a la NCh3117: 2008 Comportamiento térmico de edificios - Transmisión de calor por el terreno - Métodos de cálculo. Fue declarada Oficial por decreto exento Nº845 de fecha 22 de diciembre de 2008, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial del 29 de diciembre de 2008.
NCh1973: Se refiere a la Norma Chilena 1973:2014 Comportamiento higrotérmico de elementos y componentes de construcción - Temperatura superficial interior para evitar la humedad superficial crítica y la condensación intersticial - Métodos de cálculo. Fue declarada oficial mediante decreto exento Nº 257, del 16 de noviembre del 2015, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 19 de noviembre del 2015.
Pellet de madera o Pellet: Combustible sólido, generalmente de forma cilíndrica, fabricado a partir de madera pulverizada sin tratar, extraída del conjunto del árbol y aglomerada con o sin ayuda de ligantes. Las características técnicas serán aquellas señaladas en la NCh3246/1, Biocombustibles sólidos - Especificaciones y Clases. Parte I Requisitos Generales
Potencia térmica nominal: Corresponde a la potencia máxima de la caldera, informada por el fabricante, que puede suministrar un equipo en funcionamiento continuo, ajustándose a la eficiencia declarada por el fabricante.
Quemas controladas: Acción de usar el fuego para eliminar vegetación en forma dirigida, circunscrita o limitada a un área previamente determinada, conforme a metodologías o procedimientos preestablecidos, con el fin de mantener el fuego bajo control.
Quema libre: Aquella que se realiza al aire libre, sin ningún factor de control de la emisión, con la finalidad de eliminar residuos de cualquier clase.
Rastrojos: Desechos vegetales que quedan en el terreno después de efectuada la cosecha o poda en el ámbito silvoagropecuario.
Rendimiento del calefactor: Es la relación entre el calor total que sale del artefacto y el calor total introducido en el mismo, durante el período de ensayo, expresada como porcentaje, según la NCh 3173.
SAG: Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Los Ríos.
Salamandra: Calefactor de cámara simple y de fierro fundido.
SERCOTEC: Servicio de Cooperación Técnica de la Región de Los Ríos.
SEREMI de Agricultura: Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Los Ríos.
SEREMI de Economía: Secretaría Regional Ministerial de Economía de la Región de Los Ríos.
SEREMI de Educación: Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región de Los Ríos.
SEREMI del Medio Ambiente: Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región de Los Ríos.
SEREMI de Salud: Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Los Ríos.
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones: Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Los Ríos.
SEREMI de Vivienda: Secretaría Regional Ministerial de Vivienda de la Región de Los Ríos.
SERVIU: Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Ríos.
Transmitancia térmica (U): Es la cantidad de calor que atraviesa, en la unidad de tiempo, una unidad de superficie de un elemento constructivo cuando entre dichas caras hay una diferencia de temperatura de 1 grado entre el interior y el exterior. Se expresa en [W/(m2K)].
Valor R100: Corresponde a la resistencia térmica del material aislante térmico multiplicada por 100. Se expresa en [(m2K)/W] x 100. La resistencia térmica del material aislante térmico corresponde al espesor del material (medido en metros) dividido por su conductividad térmica (medida en [W/(mK)]).
Viruta: Hojuelas de madera que se obtienen como subproducto del cepillado de madera.
Vivienda nueva: Toda vivienda cuya solicitud de permiso de edificación o de anteproyecto sea ingresada con posterioridad a la entrada en vigencia del presente Plan.
Xilohigrómetro: Instrumento portátil que permite determinar el contenido de humedad en la madera mediante resistencia eléctrica.
Artículo 4.- A partir de la entrada en vigencia del presente Plan, se prohíbe utilizar chimeneas de hogar abierto. Asimismo, se prohíbe quemar en los calefactores, carbón mineral, maderas impregnadas, residuos o cualquier elemento distinto a: leña, briquetas o pellets de madera. La fiscalización de esta medida y sanción en caso de incumplimiento, corresponderá a la SEREMI de Salud, conforme a sus atribuciones.
Artículo 5.- A partir del 1º enero del año 2022, se prohíbe el uso de calefactores a leña en uso del tipo cámara simple, salamandras y hechizos. La fiscalización de esta medida y sanción en caso de incumplimiento, corresponderá a la SEREMI de Salud, conforme a sus atribuciones.
Artículo 6.- A partir del 1º enero del 2025, queda prohibido el uso de todos los calefactores a leña, que no cumplan con el DS Nº39, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente. La fiscalización de esta medida y sanción en caso de incumplimiento, corresponderá a la SEREMI de Salud, conforme a sus atribuciones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 23-JUN-2017
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23-JUN-2017 |
Comparando Decreto 25 |
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