Resolución 190 EXENTA
Resolución 190 EXENTA EXTRACTO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN; SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN; SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL XIII REGIÓN METROPOLITANA
En Santiago, por resolución exenta N° 190, de fecha 25 de enero del año 2017, de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana, se establece que:
Para impetrar el aporte por gratuidad en los establecimientos educacionales que impartan enseñanza regular diurna en el primer y segundo nivel de transición de educación parvularia, educación general básica y enseñanza media, será además requisito que dicho establecimiento esté adscrito al régimen de Subvención Escolar Preferencial de la ley Nº 20.248.
Mediante resolución exenta Nº 6.283, de 2016, del Ministerio de Educación, se ha dispuesto la no renovación, a partir de la finalización del año escolar 2016, de los Convenios de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa suscritos entre el Ministerio de Educación y los sostenedores, respecto de los establecimientos educacionales señalados en la misma.
Por lo tanto, el término al derecho a impetrar la subvención especial "Aporte por Gratuidad", establecida en el artículo 49 bis del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, a los sostenedores que detalla la resolución exenta Nº 190, disponible en Consulta Pública en sgd.mineduc.cl.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 02-FEB-2017
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02-FEB-2017 |
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