Decreto 221
Decreto 221 MODIFICA CONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA Y AMPLITUD MODULADA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA Y AMPLITUD MODULADA
Santiago, 30 de diciembre de 2015.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 221.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126 de 1997, modificado por decreto supremo Nº 23 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y
f) Los decretos supremos que otorgaron las concesiones, individualizados a continuación:

Considerando:
a) Las solicitudes de autorizaciones previas para transferir dos (2) concesiones de Radiodifusión Sonora en frecuencia modulada y una (1) de amplitud modulada, otorgadas mediante decretos supremos indicados en la letra f) de los Vistos, ingresos Subtel Nº 73.826, Nº 73.827 y Nº 73.828 todos de fecha 07.05.2015, complementadas mediante ingreso Subtel Nº 96.244 de 19.06.2015;
b) Los informes favorables de la Fiscalía Nacional Económica, notificados mediante ingresos Subtel Nº 65.679, Nº 65.680 y Nº 65.468 todos de fecha 20.04.2015 de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la ley Nº 19.733 de 2001;
c) La resolución exenta Nº 5.092 de 07.09.2015, que autorizó previamente la transferencia;
d) El instrumento público de fecha 24.09.2015, perfeccionado ante don Horacio Silva Reyes, Abogado, Notario Público de Magallanes y Antártica;
e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel Nº 181.311 de 13.10.2015; y, en uso de mis atribuciones.
Decreto:
1. Modifíquense las concesiones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, señales distintivas XQD-12, XQD-192, para las localidades de Punta Arenas y Puerto Natales respectivamente; y la concesión de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada, señal distintiva CD-96, para la localidad de Punta Arenas, todas ellas de la XII Región, cuyo titular es la Organización Comercial Radio Polar Limitada., RUT Nº 77.259.660-K, según consta en los decretos supremos indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es Radio Polar SpA., RUT Nº 76.253.185-2, con domicilio en Bories Nº871, piso Nº 2, comuna de Punta Arenas, XII Región.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 23-FEB-2016
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23-FEB-2016 |
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