Decreto 1111 EXENTO
Decreto 1111 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA CLARO INFRAESTRUCTURA 171 S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA CLARO INFRAESTRUCTURA 171 S.A.
Santiago, 20 de noviembre de 2015.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 1.111 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) El decreto supremo Nº 179 de 1988, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 57.940 de 01.04.2015.
b) La solicitud de autorización provisoria de la modificación de la concesión indicada en la letra precedente, ingreso Subtel Nº 68.181 de 24.04.2015, por cuyo intermedio la interesada expuso los fundamentos de su petición, en torno a la gravedad y urgencia que justifican acceder a ella. Autorizada a través de resolución exenta Nº 3.751 de 2015.
c) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones otorgada a la empresa Claro Infraestructura 171 S.A., RUT Nº88.381.200-K, con domicilio en Avenida El Salto Nº5450, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar cuatro (4) radioenlaces, según se indica a continuación:

3. La resolución exenta Nº3.751 de 2015, que autorizó provisoriamente la modificación de la concesión, dictada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, se extinguirá al momento de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
4. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
5. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 16-DIC-2015
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16-DIC-2015 |
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