Resolución 2259 EXENTA
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Resolución 2259 EXENTA
Resolución 2259 EXENTA ESTABLECE ESTRUCTURA ORGÁNICA Y DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LAS DIRECCIONES REGIONALES DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES Y DEROGA FACULTADES QUE INDICA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN; CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES
ESTABLECE ESTRUCTURA ORGÁNICA Y DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LAS DIRECCIONES REGIONALES DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES Y DEROGA FACULTADES QUE INDICA
Núm. 2.259 exenta.- Valparaíso, 10 de diciembre de 2015.
Visto:
Lo dispuesto en la Ley Nº 19.891, que crea el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; en la Ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en la resolución Nº 268, de 2013, de este Servicio, que Delega Facultades que indica en los Directores Regionales del Servicio; en la resolución exenta Nº 3.858, de 2012, de este Servicio, que Fijó la Estructura Orgánica de la Dirección Regional de Arica y Parinacota; en la resolución exenta Nº 486, de 2013, de la Dirección Regional de Tarapacá, que fijó la Estructura Orgánica de dicha Dirección Regional; en la resolución exenta Nº 3.855, de 2012, de este Servicio, que fijó la Estructura Orgánica de la Dirección Regional de Antofagasta; en la resolución exenta Nº 3.857, de 2012, de este Servicio, que fijó la Estructura Orgánica de la Dirección Regional de Atacama; en la resolución exenta Nº 3.859, de 2012, de este Servicio, que fijó la Estructura Orgánica de la Dirección Regional de Coquimbo; en la resolución exenta Nº 3.751, de 2012, de este Servicio, que fijó la Estructura Orgánica de la Dirección Regional de Valparaíso; en la resolución exenta Nº 2.288, de 2013, de este Servicio, que fijó la Estructura Orgánica de la Dirección Regional Metropolitana; en la resolución exenta Nº 3.748, de 2012, de este Servicio, que fijó la Estructura Orgánica de la Dirección Regional del Libertador Bernardo O'Higgins; en la resolución exenta Nº 3.761, de 2012, de este Servicio, que fijó la Estructura Orgánica de la Dirección Regional del Maule; en la resolución exenta Nº 777, de 2013, de la Dirección Regional del Biobío, que fijó la Estructura Orgánica de dicha Dirección Regional; en la resolución exenta Nº 3.752, de 2012, de este Servicio, que fijó la Estructura Orgánica de la Dirección Regional de la Araucanía; en la resolución exenta Nº 3.762, de 2012, de este Servicio, que fijó la Estructura Orgánica de la Dirección Regional de Los Ríos; en la resolución exenta Nº 3.755, de 2012, de este Servicio, que fijó la Estructura Orgánica de la Dirección Regional de Los Lagos; en la resolución exenta Nº 3.754, de 2012, de este Servicio, que fijó la Estructura Orgánica de la Dirección Regional de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo; y en la resolución exenta Nº 3.753, de 2012, de este Servicio, que fijó la Estructura Orgánica de la Dirección Regional de Magallanes.
Considerando:
Que según el artículo 1º de la ley Nº 19.891, el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, en adelante también "el Servicio" o "el Consejo" indistintamente, es un servicio público autónomo, descentralizado y territorialmente desconcentrado, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Que conforme al artículo 5º de la citada ley, la Dirección Superior del Consejo corresponde al Directorio Nacional, órgano colegiado encabezado por el(la) Presidente(a) del Consejo, quien tendrá el rango de Ministro(a) de Estado y será jefe(a) superior del Servicio.
Que de acuerdo al numeral 4) del artículo 9º del mismo cuerpo legal, corresponde al(la) Ministro(a) Presidente(a) conocer y resolver todo asunto relacionado con los intereses del Consejo, salvo aquellas materias que la ley reserva al Directorio, pudiendo al efecto ejecutar los actos que sean necesarios o conducentes a la obtención de los objetivos del Servicio.
Que de conformidad a lo indicado en el párrafo 5º de la ley antes citada, el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, se desconcentrará territorialmente a través de las Direcciones Regionales, a cargo de un(a) Director(a) Regional a quien le corresponderá ejercer las funciones de administración y representación del Servicio a nivel regional.
Que con miras a adecuar la organización del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y sus Direcciones Regionales a nuevos desafíos y de aumentar los niveles de eficacia y eficiencia en el desarrollo de sus funciones y de la optimización de los recursos humanos y materiales para el logro de sus fines, es que cada Dirección Regional del Servicio determinó su propia estructura y organigrama, lo cual fue formalizado mediante las resoluciones exentas singularizadas en los vistos del presente acto administrativo.
Que, asimismo, mediante resolución Nº 268, de 2013, de este Servicio, se dispuso la delegación de facultades en los Directores Regionales del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, entre las que se encuentra la de aprobar y modificar la estructura orgánica interna de la respectiva Dirección Regional.
Que, en ejercicio de las atribuciones legales y con miras a adecuar la organización del Consejo para aumentar los niveles de eficiencia y eficacia en el desarrollo de sus funciones, y en la optimización de una estructura orgánica que refleje el quehacer en las regiones y ordene el trabajo por ellas realizado, es que resulta necesario establecer una sola estructura orgánica común para las diferentes Direcciones Orgánicas del Servicio, por tanto,
Resuelvo:
Primero: Deróguese la facultad entregada a los Directores Regionales del Servicio de "Aprobar y modificar la estructura orgánica interna de la respectiva Dirección Regional", contenida en el numeral 43, de la letra F, del artículo primero de la resolución Nº 268, de 2013, que delega facultades en funcionarios que indica, de este Servicio, quedando inalterada en sus demás partes.
Segundo: Fíjase la siguiente estructura orgánica para cada una de las Direcciones Regionales del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, en relación al organigrama señalado en el artículo tercero, aprobándose las funciones que se indican:
1. Director/a Regional: Representante del servicio a nivel regional, quien actuando dentro de sus competencias legales y delegadas deberá administrar los recursos humanos, físicos, financieros y tecnológicos para el logro del cometido funcional. El Director/a Regional será responsable de planificar, gestionar y dirigir la ejecución de las políticas planes y programas orientados al fomento de la creación artística, patrimonio cultural y participación ciudadana en la región.
2. Encargado de Relaciones Institucionales: Planificar, coordinar y dirigir la gestión política y estratégica de la Dirección Regional, de acuerdo a las directrices del correspondiente Director/a. Asimismo deberá coordinar e implementar, de acuerdo a las instrucciones del Director/a, la recepción y atención de autoridades, representantes de organizaciones y la comunidad en general, y las solicitudes por ellos presentadas. Le corresponderá además, desarrollar toda labor que le asigne el Director/a Regional.
3. Asesor Jurídica Regional: Deberá prestar asesoría jurídica al Director/a y a las unidades, programas y encargados de la Dirección Regional, elaborando los actos administrados para dar curso a las actividades de carácter institucional. Asimismo, en general deberá velar por la juridicidad de los actos administrativos y procesos de la Dirección Regional debiendo coordinarse con la Unidad de Coordinación Jurídica Regional del Departamento Jurídico en lo que fuese necesario. Además, le corresponderá desarrollar toda labor en materias legales que le asigne el Director/a Regional.
4. Encargado Regional de Comunicaciones: Deberá diseñar, planificar e implementar estrategias y campañas de comunicación destinadas a difundir los objetivos, programas, iniciativas y actividades de la Dirección Regional, siguiendo los lineamientos del Departamento de Comunicaciones y las directrices del Director/a Regional, a su vez reforzando las estrategias de comunicaciones transversales a la institución. De igual forma deberá encargarse de las comunicaciones internas del servicio en la región.
5. Oficina de Partes / Secretaría: Deberá administrar y controlar el flujo documental interno de la Dirección Regional, entendiendo por esto la numeración, tramitación, distribución y registro de la totalidad de los documentos, custodiando y almacenando la documentación original procurando su digitalización cuando fuese necesario. Además, prestará apoyo administrativo secretarial al Director/a Regional.
6. Unidad Regional de Ciudadanía Cultural: Deberá apoyar a nivel regional la participación cultural tanto a nivel de las personas como de las organizaciones que estas forman y de la colectividad en su conjunto, de modo que encuentren espacios de expresión en el territorio, de acuerdo a las políticas del servicio y las directrices del Director/a Regional.
7. Unidad Regional de Fomento de la Cultura y las Artes: Deberá fomentar y apoyar la creación, producción, promoción y distribución de bienes y servicios creativos en la región, a través del desarrollo y ejecución de los fondos de fomento administrados por el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y la Dirección Regional. Asimismo, y de acuerdo a la política del servicio y las Directrices del Director/a Regional, deberá implementar programas, realizar acciones y actividades tendientes al fomento de las artes y las economías creativas.
8. Unidad Regional de Planificación y Presupuesto: Deberá diseñar la planificación estratégica, programática y presupuestaria de la Dirección Regional, coordinando la implementación y el desarrollo de los sistemas de monitoreo y control de gestión que busquen optimizar la gestión institucional y evaluar permanentemente el aporte del nivel operativo al logro de los objetivos estratégicos institucionales, según los principios de racionalidad, control, coordinación, eficiencia y eficacia en la administración, para lo cual deberá trabajar en coordinación con las demás unidades y departamentos del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y la Dirección Regional.
9. Unidad Regional de Administración y Finanzas: Deberá administrar, ejecutar y controlar los recursos materiales de la Dirección Regional, estableciendo los procedimientos e instrucciones tendientes a cumplir las normas legales sobre la materia y supervisar su cumplimiento, salvaguardando la estricta observancia a los principios de transparencia y probidad de la gestión pública. Además, aplicará las políticas y procedimientos de gestión y desarrollo de las personas a nivel regional, supervisando las actividades relativas a la administración funcionaria y ajustándose a la disponibilidad presupuestaria en esta materia.
10. Encargado Regional de Educación y Formación en Artes y Cultura: Deberá diseñar, planificar, implementar, gestionar y apoyar programas, procesos y/o políticas en educación y de formación en artes y cultura en la región, de acuerdo a los lineamientos del servicio y las directrices del Director/a Regional.
11. Encargado Regional de Patrimonio Cultural: Deberá diseñar, planificar, implementar, gestionar y apoyar programas, procesos y/o políticas vinculados a la puesta en valor, salvaguardia, valorización y uso sustentable del patrimonio cultural, tanto material como inmaterial, en la región, de acuerdo a los lineamientos del servicio y las directrices del Director/a Regional.
12. Encargado Regional de Pueblos Originarios: Deberá diseñar, planificar, implementar, gestionar y apoyar los programas, procesos y/o políticas que consagren derechos que protejan y promuevan, el patrimonio cultural, las expresiones artísticas y culturales de los pueblos originarios y comunidades afrodescendientes del país, si las hubiere en la región, de acuerdo a los lineamientos del servicio y las directrices del Director/a Regional,
Tercero: Apruébese el siguiente organigrama, que será aplicado en cada una de las Direcciones Regionales del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes:

Cuarto: Deróguense los organigramas, orgánicas y descripción de funciones y atribuciones establecidas para las Direcciones Regionales del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes de fecha anterior a la total tramitación de la presente resolución.
Quinto: Una vez tramitada, publíquese la presente resolución en el portal web de Gobierno Transparente del Consejo por la Secretaría Administrativa y Documental, en la sección "Marco Normativo" y categoría "Potestades, Competencias, Responsabilidades, Funciones, Atribuciones y/o Tareas", a objeto de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 7º de la Ley de Transparencia de la Función Pública, aprobada por el artículo 1º de la Ley Nº 20.285 sobre Acceso a la Información Pública y en el artículo 51 de su Reglamento.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 16-DIC-2015
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16-DIC-2015 |
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