Decreto 461
Decreto 461 DESIGNA A PERSONAS QUE INDICA COMO CONSEJERAS DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN -CNED-
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DESIGNA A PERSONAS QUE INDICA COMO CONSEJERAS DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN -CNED-
Núm. 461.- Santiago, 16 de octubre de 2015.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32, Nos 6 y 10, de la Constitución Política de la República de Chile; el Título VI, párrafos tercero, cuarto, sexto y séptimo de la Ley Nº 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; la Ley de Presupuestos del Sector Público vigente; el DFL Nº 1-19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el Título IV, del DFL Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, con las normas no derogadas del DFL Nº 1, de 2005; lo establecido en el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el decreto Nº 70, de 2010, del Ministerio de Educación, que aprueba el Reglamento para la Designación de Integrantes del Consejo Nacional de Educación, establecido en la ley Nº 20.370; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y en los oficios ordinarios Nºs 2.955, 2.956 y 2.957, todos de 2015, del Director Nacional del Servicio Civil.
Considerando:
Que, el Consejo de Alta Dirección Pública, por intermedio de la Dirección Nacional del Servicio Civil ha convocado a un proceso de selección público y abierto, de amplia difusión para proveer los cargos de Consejeros (as), correspondiendo a dos Profesionales de la Educación de reconocido prestigio y un profesional de reconocido prestigio, que ejerza labores docentes en el área de la educación parvularia, básica o media, del Consejo Nacional de Educación - CNED
Que, en conformidad a lo dispuesto por el artículo 7º del decreto Nº 70, de 2010, del Ministerio de Educación, que aprueba el Reglamento para la Designación de Integrantes del Consejo Nacional de Educación, establecido en la ley Nº 20.370, se ha dado cumplimiento a las etapas requeridas por la ley para su nombramiento.
Que, de los candidatos propuestos por el Consejo de Alta Dirección Pública, en tanto cumplen con los requisitos legales y los perfiles exigidos para el desempeño de la función indicada y, habiendo sido ratificados por el Honorable Senado de la República, en sesión 53a, de 16 de septiembre de 2015, se ha resuelto nombrar en el cargo a las personas que se indicarán.
Que, en sesión ordinaria de 28 de enero de 2015 y, de conformidad a los artículos 14 y 15 del decreto Nº 359, de 2012, de esta Cartera de Estado, que reglamenta el funcionamiento interno del Consejo Nacional de Educación, se calificó la renuncia al cargo de Consejero, a contar del 9 de abril de 2015, a don José Weinstein Cayuela, cuya designación fue realizada por decreto supremo Nº 172, de 2012, de Educación.
Decreto:
I. Acéptese la renuncia al cargo de consejero a don José Weinstein Cayuela, designado a través del decreto supremo Nº 172, de 2012, de Educación, la que se hizo efectiva, a contar del 9 de abril de 2015.
II. Desígnese a contar de la fecha del presente decreto, como miembros del Consejo Nacional de Educación, a las siguientes personas, de conformidad a las señaladas en la letra c) del artículo 89 del DFL Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 20.370, con las normas no derogadas del DFL Nº 1, de 2005, reglamentadas por el artículo 31, del decreto supremo Nº 70, de 2010, del Ministerio de Educación:
1. Doña Cecilia Sepúlveda Carvajal, RUT Nº 5.718.147-8, en reemplazo de don José Weinstein Cayuela, por el periodo que restare a su nombramiento, el que expira el 9 de abril de 2018.
2. Doña Lorena Andrea Meckes Gerard, RUT Nº 7.017.577-0, por un periodo de 6 años.
3. Doña Loreto Fontaine Cox, RUT Nº 5.710.137-7, por un periodo de 6 años.
III. Por razones impostergables de buen servicio, las personas antes individualizadas, deberán asumir sus funciones en la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
IV. Tendrán derecho a percibir una dieta equivalente a 15 unidades de fomento por cada sesión a la que asistan, con un máximo de 60 de dichas unidades por mes calendario. Esta dieta será compatible con otros ingresos que perciba la Consejera.
V. El gasto que demande el presente decreto, se imputará a la Partida 09, Capítulo 15, Programa 01, Subtítulo 21, Glosa 01, de Gastos de Personal del Consejo Nacional de Educación.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 28-NOV-2015
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28-NOV-2015 |
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