Resolución 752 EXENTA
Resolución 752 EXENTA RESOLUCIÓN EXENTA Nº752 DE FECHA 22 DE JULIO DE 2015 QUE APRUEBA PROCESO ADMINISTRATIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN; SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN REGIÓN DE VALPARAÍSO
Promulgación: 22-JUL-2015
Publicación: 15-OCT-2015
Versión: Única - 15-OCT-2015
La Superintendencia de Educación, aprobó mediante resolución exenta Nº752 de fecha 22 de julio de 2015, proceso instruido por resolución exenta Nº281 de fecha 10 de marzo de 2015, ordenó instruir proceso administrativo al Establecimiento Educacional Complejo Educacional Educase R.B.D. Nº 19975-3, de la comuna de Angol ubicado en Traiguén Nº 485 cuyo sostenedor es Creser Regional y Compañía Limitada, RUT Nº 77.070.770-6. Por presuntas contravenciones a la normativa educacional, designando fiscal investigador, formulando cargo y otorgando un plazo para presentar descargos de acuerdo a lo siguiente: 1.- Que, a través de Acta de Fiscalización Nº 1.509.00.549 de fecha 5 de marzo de 2015 se constataron hechos que configuran presuntas contravenciones a la normativa educacional. 2.- Que conforme los antecedentes que constan en el proceso, se ordenó instruir proceso administrativo por el siguiente cargo: Número de hallazgo 39 establecimiento no presenta rendiciones de cuentas número de sustento (39.00) establecimiento no presenta rendiciones de cuentas. Norma transgredida: Artículo 54 de la ley Nº 20.529. Artículo 5 del decreto con fuerza de ley Nº 2 de 1998 del Ministerio de Educación. Artículos 7 letra a) y 32 de la ley Nº 20.248. Artículos 24 al 27 del decreto supremo Nº 235 de 2008 del Ministerio de Educación, Tipo Infraccional: Infracción Grave, Artículo 76 letra a) de la ley Nº 20.529 en relación a lo prescrito en el artículo 50 inciso tercero letra i) del DFL Nº2 1998 de Ministerio de Educación y artículo 34 de la ley Nº 20.248 de 2008. 3.- Se designó Fiscal Instructor a doña Pamela Alejandra Figueroa Carter, funcionaria de la Dirección Regional de la Superintendencia de Educación, Región de la Araucanía. 4.- Se deja constancia que el sostenedor dispone, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 70 de la ley Nº 20.529, de un plazo de diez días hábiles, contado desde la fecha de notificación, para presentar descargos y los medios de prueba que estime pertinentes ante la fiscalía de la dirección regional ubicada en calle San Martín Nº 895, comuna de Temuco, en horario de Lunes a Viernes desde las 9:00 horas hasta las 14:00 horas. 5.- Se notificó mediante Carta Certificada con fecha 31 de marzo del 2015. 6.- Se certificó por la Fiscal Instructora con fecha 16 de junio del 2015, la no presentación de descargos por parte del sostenedor. 7.- Por resolución exenta Nº 752 de fecha 22 de julio de 2015, se aprueba proceso administrativo y se aplica sanción de Multa de 501 Unidades Tributarias Mensuales, por el cargo Uno, formulado y confirmado y se ordena su notificación. 8.- Se deja constancia que el sostenedor tiene un plazo de 15 días hábiles contados desde la fecha de la notificación para presentar Recurso de Reclamación al tenor de lo dispuesto en el artículo 84 de la ley Nº 20.529.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 15-OCT-2015
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15-OCT-2015 |
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