Resolución 7528 EXENTA
Resolución 7528 EXENTA MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.753 EXENTA (V. Y U.), DE 2015, Y SUS MODIFICACIONES, Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS EN LA PRIMERA QUINCENA MES DE SEPTIEMBRE DE 2015 DE SUBSIDIOS DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE REPARACIÓN DE VIVIENDAS SEGÚN LO DISPUESTO EN LA RESOLUCIÓN Nº 2.753 EXENTA (V. Y U.), DE 2015, CORRESPONDIENTE AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL D.S. Nº 255 (V. Y U.), DE 2006, Y APRUEBA RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE SUBSIDIOS CORRESPONDIENTES AL CITADO PROGRAMA
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO; SUBSECRETARÍA DE VIVIENDA Y URBANISMO
Promulgación: 30-SEP-2015
Publicación: 05-OCT-2015
Versión: Última Versión - 04-ENE-2017
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.753 EXENTA (V. Y U.), DE 2015, Y SUS MODIFICACIONES, Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS EN LA PRIMERA QUINCENA MES DE SEPTIEMBRE DE 2015 DE SUBSIDIOS DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE REPARACIÓN DE VIVIENDAS SEGÚN LO DISPUESTO EN LA RESOLUCIÓN Nº 2.753 EXENTA (V. Y U.), DE 2015, CORRESPONDIENTE AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL D.S. Nº 255 (V. Y U.), DE 2006, Y APRUEBA RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE SUBSIDIOS CORRESPONDIENTES AL CITADO PROGRAMA
Santiago, 30 de septiembre de 2015.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 7.528 exenta.
Visto:
a) El D.S. Nº 255 (V. y U.), de 2006, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, y sus modificaciones.
b) El DS Nº 104 de Interior, de 1977, y sus modificaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la Ley Nº 16.282.
c) La resolución exenta Nº 110 (V. y U.), de fecha 8 de enero de 2015, y sus modificaciones, que autoriza efectuar Llamados a Postulación y/o a comprometer recursos durante el año 2015 para el otorgamiento de subsidios habitacionales a través de los Sistemas y Programas Habitacionales que indica, entre otros, del programa regulado por el D.S. Nº 255 (V. y U.), de 2006.
d) El D.S. Nº 354 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 25 de marzo de 2015, que señala como zona afectada por la catástrofe derivada del mal tiempo a la Región de Atacama, y dispone medidas de carácter extraordinario que indica.
e) El D.S. Nº 355, de fecha 25 de marzo, y el D.S. Nº 357, de fecha 26 de marzo, ambos de 2015, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que señalan como zona afectada por la catástrofe derivada del mal tiempo a las comunas de Antofagasta y Taltal, de la Región de Antofagasta, respectivamente, y disponen medidas de carácter extraordinario que indican.
f) La resolución exenta Nº 2.753 (V. y U.), de fecha 27 de abril de 2015, y sus modificaciones, que Llama a Postulación Extraordinaria y Simplificada para la asignación de subsidios destinados al financiamiento de proyectos de reparación de viviendas correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el D.S. Nº 255 (V. y U.), de 2006, destinado a la atención de los damnificados de las regiones de Antofagasta y Atacama.
Considerando:
1. El correo electrónico de fecha 11 de septiembre de 2015 del Director de SERVIU de la Región de Atacama, quien señala la necesidad de postergar hasta el día 30 de septiembre de 2015 el cierre del llamado indicado en la resolución citada en el Visto f) de la presente resolución, debido a que falta un número significativo de familias que no han concurrido a SERVIU a retirar su subsidio, pero que contactados telefónicamente, han manifestado su interés de hacerlo, solicitando más plazo para ello.
2. Que existen familias damnificadas en las regiones de Antofagasta y Atacama que cumplen con los requisitos para ser seleccionadas en la primera quincena del mes de septiembre de 2015, y en atención a los recursos disponibles, se procedió a seleccionar a los beneficiarios de acuerdo a lo señalado en la resolución citada en el Visto f), dicto la siguiente
Resolución:
1.- Modifícase el punto 1.2 del Resuelvo 1. de la resolución exenta Nº 2.753 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, por el siguiente:
"1.2 Las familias podrán participar de este llamado, retirando sus tarjetas de los SERVIU respectivos hasta el día 30 de septiembre del presente año, o hasta agotarse los recursos disponibles para este llamado, lo que será oportunamente difundido para conocimiento de los interesados. Las asignaciones se realizarán quincenalmente.".
2.- Apruébase la nómina de postulantes seleccionados con un subsidio habitacional, correspondiente a la primera quincena del mes de septiembre de 2015, de acuerdo a lo dispuesto por la resolución citada en el Visto f) de la presente resolución, nómina que se adjunta y se entenderá forma parte integrante de esta resolución, correspondiente a las regiones de Antofagasta y Atacama, de acuerdo a lo señalado en la siguiente tabla:

3.- Fíjase el monto de recursos comprometidos para el financiamiento de subsidios de reparación de viviendas del Programa de Protección al Patrimonio Familiar, Título II, para la atención de los postulantes seleccionados a que se refiere el Resuelvo 2, según la siguiente tabla:Resolución 8395 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1 1.3
D.O. 04.01.2017
VIVIENDA
N° 1 1.3
D.O. 04.01.2017

4.- Comprométense los recursos disponibles por región para la selección correspondiente a la primera quincena del mes de septiembre de 2015, del llamado extraordinario para damnificados, ya citado, de conformidad a los montos asignados y los saldos disponibles, según la distribución señalada en el siguiente cuadro:Resolución 8395 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1 1.4
D.O. 04.01.2017
VIVIENDA
N° 1 1.4
D.O. 04.01.2017

5.- Para los efectos de rebajar los recursos que se comprometen en esta oportunidad, se utilizará para su conversión a Unidades de Fomento el valor de la UF correspondiente al 30 de abril de 2015 ($24.754,77), según lo establecido en el Resolutivo 14 de la resolución citada en el Visto f). En consecuencia, se debe imputar a la resolución exenta Nº 2.753 (V. y U.), de 2015, un total de Resolución 8395 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1 1.5
D.O. 04.01.201714.906,22 UF, los que corresponden al subsidio directo.
VIVIENDA
N° 1 1.5
D.O. 04.01.201714.906,22 UF, los que corresponden al subsidio directo.
6.- Publíquese en un periódico de circulación regional un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados, conforme al número 2 de esta resolución, la que deberá contener, a lo menos, la comuna y el nombre de cada postulante con su respectiva Cédula de Identidad.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 04-ENE-2017
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04-ENE-2017 | |||
Texto Original
De 05-OCT-2015
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05-OCT-2015 | 03-ENE-2017 |
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