Decreto 330
Decreto 330 MODIFICA LÍMITES DE LA ZONA TÍPICA "PLAZA MUÑOZ GAMERO Y EDIFICIOS QUE LA OCOTAN DE PUNTA ARENAS", UBICADA EN LA COMUNA DE PUNTA ARENAS, PROVINCIA DE MAGALLANES, REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA, DECLARADA COMO TAL, MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO Nº 67, DE 1991, EN LA FORMA QUE INDICA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
MODIFICA LÍMITES DE LA ZONA TÍPICA "PLAZA MUÑOZ GAMERO Y EDIFICIOS QUE LA OCOTAN DE PUNTA ARENAS", UBICADA EN LA COMUNA DE PUNTA ARENAS, PROVINCIA DE MAGALLANES, REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA, DECLARADA COMO TAL, MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO Nº 67, DE 1991, EN LA FORMA QUE INDICA
Núm. 330.- Santiago, 10 de agosto de 2015.
Considerando:
Que, por decreto supremo Nº 67, de 22 de febrero de 1991, del Ministerio de Educación, se declaró como zona típica a la Plazo Muñoz Gomero de Punta Arenas y a los edificios que la acotan, ubicada en la comuna de Punta Arenas, provincia de Magallanes, Región de Magallanes y Antártica Chilena, como consta en el artículo 1º del citado acto administrativo;
Que, con el propósito de resguardar de mejor manera el carácter ambiental y propio, así como los valores definidos en el decreto, de la zona típica mencionada, el Consejo de Monumentos Nacionales, trabajó una propuesta de ampliación de límites, o lo que se suma la solicitud formal del Sr. Emilio Bocazzi Campos, Alcalde de la Municipalidad de Punta Arenas, de ampliar dicha zona;
Que, en la sesión ordinaria del 8 de octubre de 2014, el Consejo de Monumentos Nacionales, se revisó la propuesta, fijándose por mayoría de los consejeros, los nuevos límites de la zona típica de la Plaza Muñoz Gomero y edificios que la acotan de Punta Arenas, motivo por el cual procede la dictación del presente decreto modificatorio, y
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la ley Nº 17.288; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el decreto supremo Nº 67, de 22/02/1991, del Ministerio de Educación; los Oficios ORD. Nº 4.780, de 30/12/2014 y Nº 1.269 de 06/05/2015, de la Secretaria Ejecutiva (S) del Consejo de Monumentos Nacionales; el Oficio ORD. Nº 1.053, de 24/07/2013, del Alcalde de la Municipalidad de Punta Arenas; las Actas de la Sesión Ordinaria de 8 de octubre de 2014 (punto 16) y Ordinaria de 11 de marzo de 2015 (punto 575), del Consejo de Monumentos Nacionales y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;
Decreto:
Artículo único: Modifíquese el artículo único del decreto supremo Nº 67, de 1991, del Ministerio de Educación, como a continuación se indica:
1. En el inciso primero, deróguense todos los párrafos existentes a continuación de los dos puntos que siguen a la palabra "decreto", los que pasan a ser un punto aparte.
2. Agréguese un inciso segundo cuyo tenor es el siguiente:
"Fíjanse los límites de la Zona Típica Plaza Muñoz Gomero de Punta Arenas y de los edificios que la acotan, declarada como tal por el decreto supremo Nº 67, de 22 de febrero de 1991, del Ministerio de Educación, ubicada en la comuna Punta Arenas, provincia de Magallanes, región de Magallanes y Antártica Chilena, como a continuación se indica:

3. Agréguese un nuevo inciso tercero a continuación del cuadro de la Memoria Explicativa del Polígono de Protección, cuyo tenor es el siguiente:
"El área protegida tiene una superficie aproximada de 62.841,63 mts.2, según se delimita por el polígono 1-2-3-4-5-6-7-8-9-10-11-12-13-14-15-16-17-18-19-20-21-22-23-24-25-26-27-28-29-30-31-32-33-34-35-36-37-38-1, del plano adjunto, que forma parte del presente decreto.".
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
---|---|---|---|---|
Única
De 03-SEP-2015
|
03-SEP-2015 |
Comparando Decreto 330 |
Loading...