Resolución 5445 EXENTA
Resolución 5445 EXENTA AUTORIZA A LLAMAR A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, CUYO TEXTO FUE REEMPLAZADO POR EL ARTÍCULO PRIMERO DEL DS Nº 105 (V. Y U.), DE 2014, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL CON PROYECTO EN LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO; SUBSECRETARÍA DE VIVIENDA Y URBANISMO
Promulgación: 20-JUL-2015
Publicación: 23-JUL-2015
Versión: Última Versión - 07-DIC-2015
AUTORIZA A LLAMAR A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, CUYO TEXTO FUE REEMPLAZADO POR EL ARTÍCULO PRIMERO DEL DS Nº 105 (V. Y U.), DE 2014, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL CON PROYECTO EN LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Núm. 5.445 exenta.- Santiago, 20 de julio de 2015.
Visto:
a) El D.S. Nº 49 (V. y U.), de 2011, cuyo texto fue reemplazado por el artículo primero del DS Nº 105 (V. y U.), de 2014, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en especial lo dispuesto en los artículos 20. y 21., relativo a la realización de llamados a procesos de selección;
b) La resolución exenta Nº 110 (V. y U.), de fecha 8 de enero de 2015, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2015 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el D.S. Nº 49 (V. y U.), de 2011, cuyo texto fue reemplazado por el artículo primero del D.S. Nº 105 (V. y U.), de 2014;
c) El oficio Nº 607, de fecha 5 de mayo de 2015, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía, en el que solicita autorización para efectuar un llamado en condiciones especiales del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, para personas con proyecto, en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, de la Región de La Araucanía;
d) El oficio Nº 728, de fecha 1 de junio de 2015, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía, mediante el cual reitera solicitud que autorice efectuar un llamado en condiciones especiales del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, para personas con proyecto, en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, de la Región de La Araucanía, y modifica los montos por los cuales se debe realizar este llamado en condiciones especiales, y
Considerando:
Que existen familias pertenecientes a comunidades indígenas de algunas comunas de la Región de La Araucanía, asociadas a proyectos, cuyas tierras y cultura corresponde preservar, respetar, proteger y promover, siendo necesario realizar un llamado en condiciones especiales para que puedan obtener un subsidio habitacional, y dar también una respuesta a la situación de urgente necesidad habitacional en que se encuentran, dicto la siguiente
Resolución:
1. Autorízase a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía para llamar a concurso en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en la alternativa de postulación individual para familias con proyecto, en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, de las comunas de Freire y de Lumaco, por un monto total de hasta 123.000 unidades de fomento, a realizarse durante el mes de NovieResolución 9379 EXENTA, VIVIENDA
N° 1 a)
D.O. 07.12.2015mbre y Diciembre de 2015.
N° 1 a)
D.O. 07.12.2015mbre y Diciembre de 2015.
2. Autorízase a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía para establecer las condiciones especiales requeridas para la participación de las personas con sus proyectos asociados en el llamado autorizado mediante la presente resolución, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 del D.S. Nº 49 (V. y U.), de 2011, cuyo texto fue reemplazado por el artículo primero del D.S. Nº 105 (V. y U.), de 2014.
3. A la fecha de cierre de este llamado en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en la alternativa de postulación individual con proyecto, en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, los proyectos asociados a las personas postulantes deben contar con certificado de Calificación Definitiva o Condicional otorgado hasta el 11.Resolución 9379 EXENTA, VIVIENDA
N° 1 b)
D.O. 07.12.201512.2015.
N° 1 b)
D.O. 07.12.201512.2015.
4. El número de proyectos seleccionados alcanzará hasta el número de subsidios susceptibles de financiar con los recursos previstos para el presente concurso, incluidos sus respectivos servicios de asistencia técnica, inspección técnica de obra y los subsidios complementarios, si corresponde.
5. Para los efectos de determinar el número de subsidios a financiar, se considerarán los montos de subsidio aplicables a los proyectos calificados a los cuales se encuentran vinculadas las personas postulantes. El monto definitivo a considerar para la aplicación del subsidio será determinado al momento de la asociación al proyecto por parte del postulante seleccionado.
6. En el marco del presente llamado, cuando se otorgue el subsidio de habilitación, al que se refiere la letra h) del artículo 35 del D.S. Nº 49 (V. y U.), de 2011, a los proyectos que resulten beneficiados por el presente llamado y existan saldos del monto otorgado, estos podrán ser redestinados a los proyectos que así lo requieran, de acuerdo a la evaluación técnica y económica que realice el Serviu de la Región de La Araucanía.
7. Mediante resolución de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía, que se deberá publicar en el Diario Oficial, se aprobará la nómina de personas seleccionadas, la que deberá ser informada a la División de Política Habitacional de este Ministerio. Dicha resolución deberá estar sancionada con fecha máxima deResolución 8383 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1 c)
D.O. 06.11.2015 31 de diciembre de 2015. La difusión de dicha nómina podrá realizarse en un periódico de circulación regional o nacional u otro medio de comunicación pública.
VIVIENDA
N° 1 c)
D.O. 06.11.2015 31 de diciembre de 2015. La difusión de dicha nómina podrá realizarse en un periódico de circulación regional o nacional u otro medio de comunicación pública.
8. Impútase el monto de hasta 123.000 unidades de fomento asignado en esta resolución, a los recursos autorizados a la Región de La Araucanía, para el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, del año 2015.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
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Intermedio
De 06-NOV-2015
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06-NOV-2015 | 06-DIC-2015 | ||
Texto Original
De 23-JUL-2015
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23-JUL-2015 | 05-NOV-2015 |
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