Resolución 4760 EXENTA
Resolución 4760 EXENTA APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS PRIMERA QUINCENA MES DE JUNIO DE 2015, DE SUBSIDIOS DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE REPARACIÓN DE VIVIENDAS SEGÚN LO DISPUESTO EN LA RESOLUCIÓN Nº 3.696 EXENTA (V. Y U.), DE 2015, CORRESPONDIENTE AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL DS Nº 255 (V. Y U.), DE 2006, Y APRUEBA RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE SUBSIDIOS CORRESPONDIENTES AL CITADO PROGRAMA
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO; SUBSECRETARÍA DE VIVIENDA Y URBANISMO
APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS PRIMERA QUINCENA MES DE JUNIO DE 2015, DE SUBSIDIOS DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE REPARACIÓN DE VIVIENDAS SEGÚN LO DISPUESTO EN LA RESOLUCIÓN Nº 3.696 EXENTA (V. Y U.), DE 2015, CORRESPONDIENTE AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL DS Nº 255 (V. Y U.), DE 2006, Y APRUEBA RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE SUBSIDIOS CORRESPONDIENTES AL CITADO PROGRAMA
Santiago, 26 de junio de 2015.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 4.760 exenta.
Visto:
a) El DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, y sus modificaciones.
b) El DS Nº 104, de Interior, de 1977, y sus modificaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la ley 16.282.
c) La resolución exenta Nº110 (V. y U.), de fecha 8 de enero de 2015, que autoriza efectuar llamados a Postulación para Subsidios Habitacionales en Sistemas y Programas Habitacionales que indica, para el año 2015, entre otros, a la atención del Programa regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006.
d) El DS Nº 506, de Interior, de fecha 22 de abril de 2015, que señala como zonas afectadas por la catástrofe derivada de la erupción del volcán Calbuco, ocurrida el 22 de abril de 2015, a la comuna de Puerto Octay y a la Provincia de Llanquihue, de la Región de Los Lagos, y dispone medidas de carácter extraordinario que indica.
e) La resolución exenta Nº 3.696 (V. y U.), de fecha 26 de mayo de 2015, que Llama a Postulación Extraordinaria y Simplificada para la asignación de subsidios destinados al financiamiento de proyectos de reparación de viviendas correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS Nº 255, (V. y U.), de 2006, destinado a la atención de los damnificados de la comuna de Puerto Octay y de la provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos.
Considerando:
Que existen familias cuyas viviendas resultaron dañadas por la catástrofe a que se refiere el Visto d) precedente y que cumplen con los requisitos para ser seleccionadas, y en atención a los recursos disponibles, se procedió a efectuar la selección de beneficiarios correspondientes a la primera quincena del mes de junio de 2015, de acuerdo a lo señalado en la resolución citada en el Visto e), dicto la siguiente
Resolución:
1.- Apruébase la nómina de postulantes seleccionados con un subsidio habitacional, correspondientes a la primera quincena del mes de junio de 2015, de acuerdo a lo dispuesto por la resolución citada en el Visto e) de la presente resolución, nómina que se adjunta y se entenderá forma parte integrante de esta resolución, correspondiente a la provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos, de acuerdo a lo señalado en la siguiente tabla:

2.- Fíjase el monto de recursos comprometidos para el financiamiento de subsidios de reparación del Programa de Protección al Patrimonio Familiar, Título II, para la atención de los postulantes seleccionados a que se refiere el Resuelvo 1, según la siguiente tabla:

3.- Comprométense los recursos disponibles para región, la selección correspondiente a la primera quincena del mes de junio de 2015, del llamado extraordinario para damnificados, ya citado, de conformidad a los montos asignados y los saldos disponibles, según la distribución señalada en el siguiente cuadro:

4.- Para los efectos de rebajar los recursos que se comprometen en esta oportunidad, se utilizará para su conversión a Unidades de Fomento el valor de la UF correspondiente al 30 de mayo, de 2015 ($ 24.899,94), según lo establecido en el punto Resolutivo 14 de la resolución citada en el Visto e). En consecuencia, se debe imputar a la resolución exenta Nº 3.696 (V. y U.), de 2015, un total de 3.373,50 UF, los que corresponden al subsidio directo.
5.- Publíquese en un periódico de circulación regional, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados, conforme al número 1 de esta resolución, la que deberá contener a lo menos, la comuna y el nombre de cada postulante con su respectiva Cédula Nacional de Identidad.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 03-JUL-2015
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03-JUL-2015 |
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