Resolución 2824 EXENTA
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Resolución 2824 EXENTA
Resolución 2824 EXENTA MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 8.161 EXENTA, DE 2014, Y SUS MODIFICACIONES, QUE APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS DEL MES DE NOVIEMBRE, CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO LLAMADO A POSTULACIÓN NACIONAL EN CONDICIONES ESPECIALES, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL D.S. Nº 255, DE 2006, Y APRUEBA RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE DICHOS SUBSIDIOS
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO; SUBSECRETARÍA DE VIVIENDA Y URBANISMO
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 8.161 EXENTA, DE 2014, Y SUS MODIFICACIONES, QUE APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS DEL MES DE NOVIEMBRE, CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO LLAMADO A POSTULACIÓN NACIONAL EN CONDICIONES ESPECIALES, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL D.S. Nº 255, DE 2006, Y APRUEBA RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE DICHOS SUBSIDIOS
Santiago, 29 de abril de 2015.- Hoy se resolvió lo que sigue.
Núm. 2.824 exenta.
Visto:
a) El DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, y en especial lo dispuesto en la letra d) de su artículo 13.
b) La resolución exenta Nº 110 (V. y U.), de fecha 8 de enero de 2015, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2015 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el D.S. Nº 255 (V. y U.), de 2006;
c) La resolución exenta Nº 8.161 (V. y U.), de fecha 4 de, diciembre de 2014, y sus modificaciones, que aprueba nómina de postulantes seleccionados del mes de noviembre, correspondiente al segundo llamado a postulación nacional en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el D.S. Nº 255 (V. y U.), de 2006, y aprueba recursos que se destinarán al financiamíento de dichos subsidios.
d) El oficio Nº 333, de fecha 19 de enero de 2015, del Subdirector de Operaciones Habitacionales del SERVIU de la región Metropolitana, mediante el cual solicita modificar la resolución citada en el Visto precedente, en el sentido de rectificar los montos de subsidio del proyecto denominado "Lo Velásquez Norte", código de grupo 109692, de la comuna de Renca y de los proyectos denominados "Santa Corina" y "Villa Comercio", códigos de grupo 109691 y 109690 respectivamente, ambos de la comuna de Pudahuel, y
Considerando:
1) Que los antecedentes expuestos por el Subdirector de Operaciones Habitacionales de la Región Metropolitana en el oficio citado en el Visto d), ponen de manifiesto la necesidad de modificar la resolución exenta Nº 8.161 (V. y U.), de 2014, por cuanto los beneficiarios no recibieron los montos de subsidio que les correspondía debido a un error en la digitación por parte del Prestador de Servicios de Asistencia Técnica Proyecta 3 Servicios Habitacionales Ltda., lo que se tradujo en que los montos de subsidio solicitados para las familias vinculadas a los referidos proyectos, no correspondieran a los requeridos para el desarrollo de los respectivos proyectos.
2) Que mediante informe técnico del Departamento de Estudios del SERVIU se pudo constatar que el monto de subsidio para cada beneficiario debió ser 66 UF, no 55 UF que correspondió al monto otorgado mediante la resolución citada en el Visto c), dicto la siguiente,
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta Nº 8.161, (V. y U.), de 2014, y sus modificaciones, en la forma que se dispone a continuación:
a) Reemplázase la tabla inserta en el resuelvo 4 por la que se indica a continuación:

b) Reemplázase en la nómina de familias beneficiadas en la resolución exenta Nº 8.161, (V. y U.), de 2014, y sus modificaciones, las filas de los beneficiarios de la Región Metropolitana adscritos al proyecto "Lo Velásquez Norte", código de grupo 109692, de la comuna de Renca y a los proyectos "Santa Corina" y "Villa Comercio", códigos de grupo 109691 y 109690 respectivamente, de la comuna de Pudahuel, las que se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de la resolución que se modifica.
2. Impútase la diferencia de 1.540 Unidades de Fomento, por los subsidios asignados y reflejados en la Tabla inserta en el resuelvo 1 a) de la presente resolución, a los recursos autorizados a la Región Metropolitana para el Programa de Protección del Patrimonio Familiar del año 2015.
3. Establécese que la resolución exenta Nº 8.161 (V. y U.), de 2014, y sus modificaciones, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 06-MAY-2015
|
06-MAY-2015 |
Comparando Resolución 2824 EXENTA |
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