Decreto 182 EXENTO
Decreto 182 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.
Santiago, 13 de abril de 2015.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 182 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) La resolución Nº 1.117, de 1995, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.
f) El decreto supremo Nº 144, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso Subtel Nº 97.905, de 03.12.2013, complementada por ingreso Subtel Nº 53.200, de 02.05.2014.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, cuyo actual titular es la empresa Claro Chile S.A., RUT Nº 96.799.250-K, Av. Del Cóndor Nº 820, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria a modificar las siguientes características técnicas de cinco (5) radioenlaces punto a punto, cuyas características se indican a continuación:


2. Los plazos máximos para el inicio y término de la construcción de las obras, así como para el inicio del servicio, de cada etapa, serán los que se indican a continuación:

3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
---|---|---|---|---|
Única
De 05-MAY-2015
|
05-MAY-2015 |
Comparando Decreto 182 EXENTO |
Loading...