Decreto 146 EXENTO
Decreto 146 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA TRANSAM COMUNICACIONES S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA TRANSAM COMUNICACIONES S.A.
Santiago, 23 de marzo de 2015.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 146 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) El decreto supremo Nº103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) La resolución exenta Nº4.902 de 2009, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Intermedio de Telecomunicaciones que opera en la Banda de 900 MHz.
f) Los decretos supremos Nº 325 y Nº 336 ambos de 2010 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº44.685 de 09.04.2014, complementado mediante ingreso Subtel Nº13.442 de 26.01.2015.
b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
Decreto:
Modifíquense las concesiones de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, otorgadas a la empresa Transam Comunicaciones S.A., RUT Nº96.652.650-5, con domicilio en Avenida Costanera Sur Río Mapocho Nº2760, Torre C Parque Titanium, piso 2, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para rectificar las coordenadas y/o dirección, de tres (3) estaciones base, autorizadas por decreto exento Nº 472 de 2013, quedando según se indica a continuación.

2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 04-MAY-2015
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04-MAY-2015 |
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