Decreto 9 EXENTO
Decreto 9 EXENTO AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO QUE INDICA, EN TÉRMINOS QUE SEÑALA, PERTENECIENTE A LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN; SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Promulgación: 13-ENE-2015
Publicación: 16-ABR-2015
Versión: Única - 16-ABR-2015
AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO QUE INDICA, EN TÉRMINOS QUE SEÑALA, PERTENECIENTE A LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
Núm. 9 exento.- Santiago, 13 de enero de 2015.- Considerando:
Que, mediante el documento que se adjunta, el Secretario Ejecutivo de la Agencia de Calidad de la Educación, ha solicitado, en base a las razones que expone, al Ministro de Educación autorización para que uno de los vehículos de propiedad de dicho Servicio, específicamente el Station Wagon, marca Hyundai, modelo Santa Fe GLS 2.4 Aut, motor Nº G4KEEU457652, chasis Nº KMHSU81CBFU389903, color plateado titanio, placa patente GZPG.90-7 del año 2015, pueda circular sin utilizar el disco distintivo estatal y en días y horas inhábiles.
Que, la Agencia de Calidad de la Educación es dueña del vehículo antes mencionado, el cual es ocupado por el Secretario Ejecutivo de la Agencia, en el ejercicio de sus funciones.
Que, la reciente creación de la Agencia de Calidad de la Educación, a través de la ley Nº20.529, junto con toda la implementación que ello ha conllevado, las funciones que desarrolla dicho Servicio Público, la participación del Secretario Ejecutivo en las sesiones del Consejo de la Agencia, las que se realizan a primera hora de la mañana y que implican su traslado desde su domicilio a dependencias de la Agencia, las labores coordinadas con otros organismos que desarrolla el Secretario Ejecutivo de esta Agencia, en representación de la misma, todo lo cual se realiza frecuentemente en días y horas inhábiles, y la circunstancia que dichas funciones dicen relación con materias de creciente y relevante impacto en la ciudadanía, hacen aconsejable acceder a lo requerido por dicho Servicio Público.
Que, la solicitud del Secretario Ejecutivo de la Agencia de Calidad de la Educación, en base a lo antes expuesto, es del todo atendible, a fin que dicha autoridad pueda satisfacer las necesidades de transporte inherentes a las funciones del cargo que desempeña.
Que, de acuerdo al oficio circular Nº26, de 2003, de los ministerios de Hacienda y de Interior, que instruye sobre dotaciones máximas y usos de vehículos institucionales en la Administración del Estado, sin perjuicio de la autorización que se otorga por el solo ministerio de la ley para eximir de la obligación de usar disco distintivo a los Ministros y Subsecretarios, se podrá autorizar la exención a los vehículos asignados a los Jefes de Servicio, así como a aquellos que la requieran por razones de seguridad, sea ésta de los funcionarios o de los propios vehículos, y
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto supremo Nº100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la ley Nº20.529; el artículo 14 de la ley Nº18.267; la ley Nº20.502; el decreto ley Nº799, de 1974; el DFL Nº12-2.345, de 1979; el decreto supremo Nº19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el oficio Ord. Nº779, de 2001, del Ministerio del Interior, que imparte instrucciones sobre autorización de circulación de vehículos, en días y horas inhábiles, y sobre exención de uso de disco distintivo fiscal; el oficio circular Nº26, de 2003, de los ministerios de Hacienda y de Interior; el Oficio Ord. Nº D-18.667, de 2008, del Jefe de la División Jurídica del Ministerio del Interior; el oficio Ord. Nº275, de 24 de diciembre de 2014, de Secretario Ejecutivo de la Agencia de Calidad de la Educación; y la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Decreto:
Artículo 1º: Asígnase a la Agencia de Calidad de la Educación, el vehículo que se indica a continuación, de propiedad de dicho servicio:
Vehículo : Station Wagon
Marca : Hyundai
Modelo : Santa Fe GLS 2.4 Aut.
Año fabricación : 2015
Nº de motor : G4KEEU457652
Nº de chassis : KMHSU81CBFU389903
Color : Plateado Titanio
Registro Nacional de
Vehículos Motorizados : GZPG.90-7
Placa Única : GZPG.90-7.
Artículo 2º: Autorízase al vehículo individualizado anteriormente para que pueda circular en días sábado en la tarde, domingo y festivos, y en horario no hábil, tanto dentro como fuera de la Región Metropolitana, sin el disco distintivo, de acuerdo a lo establecido en la parte considerativa del presente decreto.
Artículo 3º: La Agencia de Calidad de la Educación estará obligada a establecer los controles internos y de resguardo que procedan, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º del decreto ley Nº799, de 1974.
Anótese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Educación.- Rodrigo Peñailillo Briceño, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a usted, Vivien Villagrán Acuña, Subsecretaria de Educación (S).
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 16-ABR-2015
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16-ABR-2015 |
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