Decreto 258 EXENTO
Decreto 258 EXENTO MODIFICA DECRETO Nº 1.320 EXENTO, DE 2007, CORRESPONDIENTE AL EX CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO EXTERIOR
MINISTERIO DE EDUCACIÓN; SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN
MODIFICA DECRETO Nº 1.320 EXENTO, DE 2007, CORRESPONDIENTE AL EX CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO EXTERIOR
Núm. 258 exento.- Santiago, 6 de abril de 2015.- Considerando:
Que el Centro de Formación Técnica Escuela Superior de Comercio Exterior ha sido creado y organizado en virtud de las normas contenidas en el DFL Nº 24, de 1981, mediante decreto exento Nº 1, de 6 de enero de 1982, modificado por decreto exento Nº 653, de 7 de diciembre de 1993, y resolución exenta Nº 455, de 23 de febrero de 1982, todos de Educación, e inscrito en el Libro de Registro correspondiente con el Nº 4;
Que, mediante decreto exento Nº 1.320, de 6 de julio de 2007, de Educación, se revocó el reconocimiento oficial del Centro de Formación Técnica Escuela Superior de Comercio Exterior y se eliminó del Libro de Registro correspondiente en que se encontraba inscrito con el Nº 4;
Que el Centro de Formación Técnica suscribió convenio con la Universidad de Aconcagua para la continuidad de la gestión educativa y para que dicha Casa de Estudios actuara como depositaria de todos los registros académicos de los alumnos del Centro de Formación Técnica desde el año 1982 hasta el semestre otoño 2007;
Que mediante Ord. Nº 11/2014, de 5 de agosto de 2014, el Rector de la Universidad informa que no está en condiciones de infraestructura para continuar siendo la depositaria de la documentación académica de los ex alumnos del CFT, ya que carece de espacio físico necesario, motivo por el cual solicita se revoque el considerando del acto administrativo que revoca el reconocimiento oficial del CFT en lo relativo a ser la depositaria de todos los registros académicos;
Que en consideración a las razones expuestas por la institución y teniendo presente la obligatoriedad del Ministerio de Educación de velar por mantener los registros académicos de las Instituciones de Educación Superior que han dejado de funcionar y se les ha revocado su reconocimiento oficial, mediante Ord. Nº 6/3922, de 24 de octubre de 2014, se autorizó a la Universidad de Aconcagua para hacer entrega de todos los registros académicos de los alumnos que estudiaron en el CFT;
Que de acuerdo a lo dispuesto en el DFL Nº 24, de 1981, del Ministerio de Educación, y DS Nº 1.080, de 1983, del Ministerio de Educación, procede dictar el acto administrativo correspondiente.
Visto: Lo dispuesto en el DFL Nº 24, de 1981, de Educación; en el DFL Nº 2, de 2009, de Educación, publicado en el Diario Oficial el 2 de julio de 2010, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº1, de 2005; en el DS Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el DS Nº 1.080, de 1983, del Ministerio de Educación, y en la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Decreto:
Artículo 1º: Déjase sin efecto, en lo pertinente, el cuarto considerando del decreto exento Nº 1.320, de 6 de julio de 2007, del Ministerio de Educación, que revoca el reconocimiento oficial del Centro de Formación Técnica Escuela Superior de Comercio Exterior.
Artículo 2º: Se autoriza la entrega, como consecuencia de la modificación, a la Universidad de Aconcagua de todos los registros académicos de los alumnos del Centro de Formación Técnica Escuela Superior de Comercio Exterior, a la División de Educación Superior, en su calidad de depositaria, según decreto exento Nº 1.320, de 6 de julio de 2007, del Ministerio de Educación, desde el año 1982 hasta el semestre otoño 2007.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 09-ABR-2015
|
09-ABR-2015 |
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