Resolución 8707 EXENTA
Resolución 8707 EXENTA DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN EL/LA FUNCIONARIO(A) QUE SEÑALA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Promulgación: 11-DIC-2014
Publicación: 19-DIC-2014
Versión: Única - 19-DIC-2014
DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN EL/LA FUNCIONARIO(A) QUE SEÑALA
Núm. 8.707 exenta.- Santiago, 11 de diciembre de 2014.- Visto: El DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; los artículos 3, 5, 6 y 11, de la Ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación, y sus modificaciones; el artículo 41, del DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;
Considerando:
Que, conforme lo indica DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ésta debe desempeñar su función acorde a los principios de eficiencia, eficacia y celeridad, entre otros, de manera que las solicitudes sometidas a su conocimiento sean de rápido despacho, procurando cumplir con una gestión correcta y oportuna, de acuerdo a los fines de esta Secretaría de Estado;
Que, en cumplimiento de los principios antes señalados, se ha estimado necesario, delegar las facultades que a continuación se indican y que corresponden a esta Autoridad, en el/la Jefe(a) de la División Jurídica del Ministerio de Educación;
Resuelvo:
1º.- Deléganse en el/la Jefe(a) de la División Jurídica del Ministerio de Educación, o quien le subrogue legalmente, las facultades que a continuación se detallan:
a) Comparecer en representación del Subsecretario de Educación, en los recursos de protección que se intenten en contra del Ministerio de Educación.
b) Suscribir informes, presentaciones y solicitudes relativas a la tramitación de asuntos de la Institución ante la Contraloría General de la República.
c) Suscribir presentaciones ante los Tribunales de Justicia y/o entidades fiscalizadoras de la Administración del Estado, en materias legales y/o procesos judiciales que afecten a la institución.
2º.- Las resoluciones a que se refiere la presente delegación, se firmarán bajo la fórmula "Por orden del/la Subsecretario(a) de Educación".
3º.- La responsabilidad por las decisiones administrativas que se adopten por las actuaciones que se ejecuten en virtud de la presente delegación, se ajustará a lo dispuesto en el artículo 41, del DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y en todo lo previsto por la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 19-DIC-2014
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19-DIC-2014 |
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