Decreto 125
Decreto 125 MODIFICA CONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LAS LOCALIDADES DE GALVARINO Y CHOLCHOL
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LAS LOCALIDADES DE GALVARINO Y CHOLCHOL
Santiago, 29 de julio de 2014.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 125.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;
d) El decreto supremo Nº 126 de 1997, modificado por decreto supremo Nº 23 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y
f) Los decretos supremos que otorgaron las concesiones, individualizados a continuación:

Considerando:
a) La solicitud de autorización previa para transferir las concesiones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, otorgadas mediante decretos supremos indicados en la letra f) de los Vistos, ingreso Subtel Nº 84.923 de 24.10.2013, complementada mediante ingreso Subtel Nº 20.929 de 05.02.2014;
b) El informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificado mediante ingreso Subtel Nº 90.480 de 12.11.2013 de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la ley Nº 19.733 de 2001;
c) La resolución exenta Nº 1.870 de 03.06.2014, que autorizó previamente la transferencia;
d) El instrumento privado de fecha 19.06.2014;
e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel Nº 74.242 de 24.06.2014, y en uso de mis atribuciones,
Decreto:
1.- Modifícanse las concesiones de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señales distintivas XQD-274 para la localidad de Galvarino, IX Región y XQD-519 para la localidad de Cholchol, IX Región, cuyo titular es la sociedad Demo Limitada, RUT Nº 78.753.200-4, según consta en los decretos supremos indicados en la letra f) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es la Sociedad Comunicaciones Rayen Limitada, RUT Nº 76.229.223-8, con domicilio en calle Independencia Nº 451, comuna de Galvarino, IX Región.
2.- La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.
3.- El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley.
4.- Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 24-SEP-2014
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24-SEP-2014 |
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