Decreto 550 EXENTO
Decreto 550 EXENTO APRUEBA MODIFICACIONES A LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIOS Y DENOMINACIÓN DE LA CARRERA QUE INDICA DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA EDUCAP
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
APRUEBA MODIFICACIONES A LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIOS Y DENOMINACIÓN DE LA CARRERA QUE INDICA DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA EDUCAP
Núm. 550 exento.- Santiago, 1 de agosto de 2014.- Considerando:
Que el Centro de Formación Técnica Educap ha sido creado y organizado en virtud de las normas contenidas en el DFL Nº 24, de 1981, mediante decreto exento Nº 75, de 1 de marzo de 1990, modificado por decreto exento Nº 265, de 11 de octubre de 1990, ambos de Educación, e inscrito en el Libro de Registro correspondiente con el Nº 202;
Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 112º del DFL Nº 2, de 2009, de Educación, publicado en el Diario Oficial el 2 de julio de 2010, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº 1, de 2005, se considera de pleno derecho reconocido oficialmente;
Que mediante decreto exento Nº 1.982, de 26 de mayo de 2008, de Educación, se aprobó el plan y los programas de estudios de la carrera de Técnico en Educación Parvularia, para ser impartida en el Centro de Formación Técnica Educap;
Que mediante decreto exento Nº 265, de 11 de octubre de 1990, de Educación, se aprobó el plan y los programas de estudios de la carrera de Secretariado Ejecutivo, para ser impartida en el Centro de Formación Técnica Educap;
Que con fecha 8 de octubre y 30 de diciembre de 2013 la institución presentó modificaciones a los planes y programas de estudios de las mencionadas carreras y éstos han sido aprobados en tiempo y forma;
Que de acuerdo a lo dispuesto en el DFL Nº 2, de 2009, de Educación, publicado en el Diario Oficial el 2 de julio de 2010, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº 1, de 2005, y DS Nº 1.080, de 1983, de Educación, procede dictar el acto administrativo correspondiente;
Visto: Lo dispuesto en el artículo 112º del DFL Nº 2, de 2009, de Educación, publicado en el Diario Oficial el 2 de julio de 2010, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº 1, de 2005; los artículos 9º, 23º y 26º del DS Nº 1.080, de 1983, del Ministerio de Educación; en el decreto exento Nº 75, de 1990, de Educación, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Decreto:
Artículo 1º.- Apruébanse las modificaciones introducidas al plan y programas de estudio del Centro de Formación Técnica Educap, de la carrera y título técnico de nivel superior que se indica, para ser impartida a contar del año 2014, con la siguiente denominación:
Carrera: Técnico en Educación Parvularia, cambia por:
Carrera: Técnico en Educación Parvularia y Básica
Título : Técnico en Educación Parvularia y Primer Ciclo de Educación
Básica
(D. Ex. Nº 1.982, de 26.05.2008)
Artículo 2º.- Apruébase la actualización del plan y programas de estudio de la carrera que se indica, antes aprobada para el Centro de Formación Técnica Educap, la que podrá impartirse a contar del año 2014:
Carrera: Secretariado Ejecutivo
Título : Técnico de Nivel Superior en Secretariado Ejecutivo
(D. Ex. Nº 265, de 11.10.1990)
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 23-AGO-2014
|
23-AGO-2014 |
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