Decreto 268
Decreto 268 NOMBRA A DON RUDECINDO ARTURO FLORES FRANULIC COMO RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE TARAPACÁ
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Promulgación: 17-JUN-2014
Publicación: 01-AGO-2014
Versión: Única - 01-AGO-2014
NOMBRA A DON RUDECINDO ARTURO FLORES FRANULIC COMO RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE TARAPACÁ
Núm. 268.- Santiago, 17 de junio de 2014.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 10 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en la ley Nº 19.305; en el DFL Nº 150, de 1981, del Ministerio de Educación; en los decretos supremos Nos 248, de 2010 y 191, de 2014, ambos del Ministerio de Educación; en el oficio ord. Nº 06/02185, de 29 de mayo de 2014, del Jefe de la División de Educación Superior del Ministerio de Educación; en el oficio H.J.D. Nº 18/2014, de 9 de mayo de 2014, del Presidente de la Junta Directiva de la Universidad de Tarapacá; en el certificado de fecha 9 de mayo de 2014 con Acuerdo Nº 1666 del Secretario de la Universidad de Tarapacá que comunica que ha sido electo el señor Rudecindo Arturo Flores Franulic; en el Tricel Nº 225/2014, de 28 de abril de 2014 y decreto exento Nº 232/14, de 21 de marzo de 2014, ambos de la misma Universidad.
Decreto:
Artículo 1º: Nómbrase, a contar del 21 de julio de 2014, a don Rudecindo Arturo Flores Franulic, RUT Nº 4.525.018-0, como Rector de la Universidad de Tarapacá, Grado 1º, por un período legal de cuatro (4) años.
Artículo 2º: El Rector señalado en el artículo anterior, asumirá sus funciones a contar de la fecha de su nombramiento, por razones de buen servicio, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
Artículo 3º: El Rector de la Universidad de Tarapacá, don Rudecindo Arturo Flores Franulic, mientras desempeñe dicho cargo, mantendrá la propiedad del cargo de Académico, jornada completa que sirve en esa Casa de Estudios Superiores, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 87 letra e) del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 01-AGO-2014
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