Resolución 3818 EXENTA
Resolución 3818 EXENTA FIJA EL MÁXIMO DE INGRESOS DEL NÚCLEO FAMILIAR PARA POSTULACIÓN AL DECRETO Nº 1 DE 2011, Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 8.917 EXENTA, DE 2012
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Promulgación: 01-JUL-2014
Publicación: 05-JUL-2014
Versión: Única - 05-JUL-2014
FIJA EL MÁXIMO DE INGRESOS DEL NÚCLEO FAMILIAR PARA POSTULACIÓN AL DECRETO Nº 1 DE 2011, Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 8.917 EXENTA, DE 2012
Santiago, 1 de julio de 2014.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 3.818 exenta.- Visto: El DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, que reglamenta el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional; el Ord. Nº 2.347, de fecha 4 de septiembre de 2012, del Director del Servicio de Impuestos Internos, el cual señala que sólo es factible informar los ingresos netos de los postulantes con sus respectivos grupos familiares, entendiéndose por ingresos netos los ingresos brutos, menos los impuestos y descuentos legales; la resolución exenta Nº 8.917 (V. y U.), de 2012, publicada en el Diario Oficial del 10 de noviembre de 2012; la necesidad de determinar el límite máximo de los ingresos del núcleo familiar declarado, para quienes postulen a cada Título y tramo, cuando corresponda, del DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, y
Considerando:
a) El DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, que reglamenta el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, en especial lo previsto en la letra m) de su artículo 16, con relación al monto total de ingresos del núcleo familiar incorporado a su declaración de núcleo que el interesado debe declarar al postular; y a que mediante resoluciones del Ministro de Vivienda y Urbanismo, se fijará el límite máximo de los ingresos que para postular a cada Título y tramo, cuando corresponda, podrá tener el núcleo familiar declarado.
b) La necesidad de establecer otro parámetro para determinar el sector de la población a que está dirigido el subsidio habitacional normado por el DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, con el objeto que no accedan al subsidio quienes tienen ingresos suficientes para adquirir o construir una vivienda sin el subsidio habitacional, considerando el número de integrantes del núcleo familiar, con este requisito se logra orientar el beneficio a quienes efectivamente lo requieren y que sin éste, no podría tener acceso a financiar el precio de adquisición o construcción de una vivienda.
c) La necesidad de determinar el límite máximo de los ingresos del núcleo familiar declarado, para quienes postulen a cada Título y tramo del DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, dicto la siguiente,
Resolución:
1º.- Para los efectos de postular a los llamados normados por el DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, si el núcleo familiar declarado en la postulación es de hasta tres integrantes, no podrá tener ingresos netos que excedan de los que a continuación se indican para cada Título y tramo, cuando corresponda:

2º.- Por cada integrante del grupo familiar que exceda de tres, el ingreso neto del grupo familiar se incrementará en 8 Unidades de Fomento a los señalados en el resuelvo 1º, hasta un máximo de 7 integrantes.
3º.- Los montos máximos de ingreso determinados conforme a los resuelvos 1º y 2º, se considerarán al valor de la Unidad de Fomento que se fijará en las resoluciones que dispongan los llamados a postulación regulados por el DS Nº 1 (V. y U.), de 2011.
4º.- Déjase sin efecto la resolución exenta Nº 8.917 (V. y U.), de 2012.
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Única
De 05-JUL-2014
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05-JUL-2014 |
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