Decreto 10
Decreto 10 OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE COCHRANE
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
Promulgación: 06-ENE-2014
Publicación: 21-FEB-2014
Versión: Única - 21-FEB-2014
OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE COCHRANE
Santiago, 6 de enero de 2014.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 10.- Vistos:
a) El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº126 de 1997, modificado por el decreto supremo Nº23 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo Nº103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
f) La resolución exenta Nº36 de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora;
g) La resolución exenta Nº479 de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que Fijó Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora;
h) La resolución exenta Nº5.234, de 30.10.2012, de la Subsecretaría, que aprobó las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Tercer Cuatrimestre del 2012.
Considerando:
a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial Nº40.364, de 15.09.2012, rectificado por resolución exenta Nº5.176, de 25.10.2012, publicada en el Diario Oficial el 30.10.2012;
b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº96.761, de 11.12.2012;
c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum Nº 56/C, de 01.07.2013;
d) La resolución exenta Nº3.998, de 17.10.2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Cochrane, XI Región, a Inversiones Campos & Campos Limitada;
e) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión; y, en uso de mis atribuciones;
Decreto:
1.- Otórgase una concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Cochrane, XI Región, a Inversiones Campos & Campos Limitada, RUT Nº76.199.836-6, con domicilio en Río Colonia Nº52, comuna de Cochrane, XI Región, en adelante la concesionaria.
2.- Apruébase el proyecto técnico, contenido en la solicitud de concesión presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQD-633, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican:
ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN
- Tipo de servicio : Radiodifusión Sonora en Frecuencia
Modulada.
- Zona de servicio : Localidad de Cochrane, XI Región.
Superficie delimitada por una intensidad
de campo mayor o igual que 54 dB (µV/m),
referida al punto de emisión de la señal.
- Período de la concesión : 25 años.
- Plazo inicio de obras : 5 días.
- Plazo término de obras : 50 días.
- Plazo inicio de transmisiones : 59 días.
- Potencia : 250 W.
- Frecuencia : 88,1 MHz.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES
- Tipo de emisión : 180KF8EHF.
- Desviación máxima : ±75 KHz.
- Diagrama de Radiación : Omnidireccional.
- Ganancia : 14,8 dBd de ganancia máxima.
- Polarización : Vertical.
- Tipo de antenas : Log Periódica de 8 elementos.
- Nº Antenas : 6.
- Altura del centro de radiación : 25,9 m.
- Pérdidas en cables, conectores y otros : 3,3 dB.
- Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla:

UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES
- Ubicación del Estudio : Río Colonia Nº 52, Cochrane, XI Región.
- Coordenadas Geográficas : 47º15'12" Latitud Sur.
72º34'13" Longitud Oeste.
Datum WGS84.
- Ubicación de la Planta Transmisora
y Sistema Radiante : Cerro o Sector Tamango s/n, Cochrane, XI Región.
- Coordenadas Geográficas : 47º14'45" Latitud Sur.
72º33'42" Longitud Oeste.
Datum WGS84.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL RADIOENLACE ESTUDIO - PLANTA
TRANSMISORA
- Frecuencia : 303,1 MHz.
- Potencia : 10 W.
- Ganancia : 10 dBd.
- Polarización : Horizontal.
- Tipo emisión : 180KF8EHF.
- Antena Transmisora : Yagi, abertura lóbulo principal 55º.
- Coordenadas etapa transmisora : 47º15'12" Latitud Sur.
72º34'13" Longitud Oeste.
Datum: WGS84.
- Coordenadas etapa receptora : 47º14'45" Latitud Sur.
72º33'42" Longitud Oeste.
Datum: WGS84.
4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
5.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley.
6.- La concesionaria no podrá iniciar los servicios, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado.
7.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por la Contraloría General de la República.
8.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
---|---|---|---|---|
Única
De 21-FEB-2014
|
21-FEB-2014 |
|
Comparando Decreto 10 |
Loading...