Resolución S/N
Resolución S/N Sesión 364 COMISIÓN NACIONAL ENCARGADA DE INVESTIGAR LA EXISTENCIA DE DISTORSIONES EN EL PRECIO DE LAS MERCADERÍAS IMPORTADAS
COMISIÓN DE DISTORSIONES
Promulgación: 13-SEP-2013
Publicación: 08-OCT-2013
Versión: Única - 08-OCT-2013
COMISIÓN NACIONAL ENCARGADA DE INVESTIGAR LA EXISTENCIA DE DISTORSIONES EN EL PRECIO DE LAS MERCADERÍAS IMPORTADAS
Determinación definitiva respecto de la investigación por dumping en los precios de importación de "maíz trabajado de otro modo" -en adelante, maíz partido- originario de Argentina, clasificado en el código arancelario 1104.2300, del Sistema Armonizado Chileno, de fecha de inicio 23 de enero de 2013.
La Comisión, en virtud del inciso 4º del artículo 15 del decreto de Hacienda Nº 575, pone en conocimiento de las partes interesadas que en su Sesión Nº 364, celebrada el 13 de septiembre de 2013, acordó poner término a la citada investigación, cuyo denunciante fue la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA), en representación de los productores de maíz.
Asimismo, luego de analizar y ponderar los antecedentes disponibles sobre la materia, resolvió no recomendar la aplicación de derechos antidumping definitivos a las importaciones de maíz partido originarias de Argentina.
La resolución se sustentó en los antecedentes reunidos durante la investigación, los cuales no permiten constatar la existencia de dumping en los precios de importación de maíz partido originario de Argentina, que cause o amenace causar un daño importante a la rama de la producción nacional de maíz.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 08-OCT-2013
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08-OCT-2013 |
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