Decreto 505
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Decreto 505
Decreto 505 DECLARA QUE LA ORGANIZACIÓN ASSOCIATED UNIVERSITIES INC. Y SU PERSONAL QUE SEÑALA, GOZARÁN DE LAS EXENCIONES RELACIONADAS CON LA CONSTRUCCIÓN EN CHILE DEL OBSERVATORIO DENOMINADO "CERRO CHAJNANTOR ATACAMA TELESCOPE" (OBSERVATORIO CCAT)
MINISTERIO DE HACIENDA
Promulgación: 25-ABR-2012
Publicación: 22-OCT-2012
Versión: Última Versión - 27-NOV-2012
DECLARA QUE LA ORGANIZACIÓN ASSOCIATED UNIVERSITIES INC. Y SU PERSONAL QUE SEÑALA, GOZARÁN DE LAS EXENCIONES RELACIONADAS CON LA CONSTRUCCIÓN EN CHILE DEL OBSERVATORIO DENOMINADO "CERRO CHAJNANTOR ATACAMA TELESCOPE" (OBSERVATORIO CCAT)
Núm. 505.- Santiago, 25 de abril de 2012.- Vistos: Lo establecido en el artículo 32 N° 6, de la Constitución Política de la República de Chile, lo dispuesto en el artículo único de la ley N° 15.172, y sus modificaciones; en el decreto supremo N° 13, de 2010, del Ministerio de Relaciones Exteriores; el oficio RR.EE. (DECYTI) Of. Púb. N° 09332, de 12 de julio de 2011, del Director de Energía, Ciencia y Tecnología e Innovación del Ministerio de Relaciones Exteriores, y sus antecedentes; lo informado por la Directora Nacional de Aduanas mediante el oficio ord. N° 15.637, de 21 de septiembre de 2011; lo informado por la Directora de la Dirección de Presupuestos mediante el oficio ord. N° 1.240, de 26 de septiembre de 2011; lo informado por el Director del Servicio de Impuestos Internos mediante el oficio ord. N° 2.404, de 17 de octubre de 2011, y lo dispuesto en el decreto supremo N° 2.490, del año 1965, modificado por los decretos supremos N° 455, del año 1984, N° 25, de 1985, y N° 351, del año 1989, todos del Ministerio de Hacienda, y
Considerando: Que el decreto supremo N° 13, del año 2010, del Ministerio de Relaciones Exteriores, citado en los vistos, dispone que la Associated Universities Inc. (AUI) y los científicos, ingenieros y técnicos de la misma que ingresen al país en funciones relacionadas con la construcción, instalación, operación y mantenimiento del "Observatorio CCAT", según el Convenio de Cooperación Científica en Investigaciones Astronómicas suscrito con fecha 1 de noviembre de 2009, entre la Universidad de Chile y la Associated Universities Inc., estarán sujetos al mismo régimen y gozarán de iguales prerrogativas y facilidades que las establecidas en el Convenio celebrado entre el Gobierno de Chile y la Organización Europea para la Investigación Astronómica del Hemisferio Austral (ESO), promulgado por el decreto supremo Nº 18, del año 1964, del Ministerio de Relaciones Exteriores,
Decreto:
Artículo 1°.- Declárase que la organización Associated Universities Inc. (AUI) gozará de las siguientes exenciones relacionadas con la construcción, instalación, operación y mantenimiento en Chile del Observatorio Astronómico denominado "Cerro Chajnantor Atacama Telescope" (Observatorio CCAT):
a) De los impuestos a la renta y de las contribuciones territoriales que afecten a los bienes raíces de su propiedad.
b) Del impuesto establecido en el Título II del decreto ley N° 825, de 1974, por la adquisición de bienes o utilización de servicios destinados a la construcción, equipamiento y alhajamiento de sus oficinas y dependencias en general, como también por las adquisiciones de bienes o utilización de servicios necesarios para la operación de sus observatorios.
c) Del impuesto establecido por la letra b), del artículo 6° de la ley Nº 18.502, que grava a las compras de petróleo diesel que destine a la operación de sus observatorios.
La organización aludida podrá solicitar la devolución de los impuestos referidos en aquellos casos en que no haga valer la exención anterior.
El gasto fiscal que represente la devolución señalada precedentemente, deberá imputarse al ítem 50 01 01 03 39 202 Devoluciones de Otros Impuestos, establecido en la Ley de Presupuesto.
d) De los impuestos y derechos municipales que afecten a las construcciones que realice para desarrollar su actividad en el país.
e) Derechos de importación; y
f) Tasa de admisión temporal.
Artículo 2°.- Declárase que el personal de científicos, ingenieros y técnicos de la organización Associated Universities Inc. (AUI) que ingrese al país en funciones relacionadas con la construcción, instalación, operación y mantenimiento en Chile del Observatorio Astronómico denominado "Cerro Chajnantor Atacama Telescope" (Observatorio CCAT), gozará de las siguientes exenciones:
a) Exención de derechos de aduana y del IVA por la internación de efectos personales y de un automóvil.
b) En cuanto a sus bienes, fondos y haberes, se aplican a estos funcionarios las mismas disposiciones que rigen para los expertos y funcionarios de la Comisión Económica para América Latina (CEPAL). Decreto supremo Nº 433, del año 1954, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. Atentamente, Julio Dittborn Cordua, Subsecretario de Hacienda.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División JurídicaAviso S/N, HACIENDA
D.O. 27.11.2012
D.O. 27.11.2012
Cursa con alcance el decreto N° 505, de 2012, del Ministerio de Hacienda
Nº 63.914.- Santiago, 12 de octubre de 2012.
Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, que declara que la organización Associated Universities Inc. y su personal que señala gozarán de las exenciones que indica, relacionadas con la construcción en Chile del observatorio denominado "Cerro Chajnantor Atacama Telescope" (Observatorio CCAT), por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que el gasto fiscal que represente la devolución de impuestos a la que se alude en el artículo 1º del decreto en examen, deberá imputarse a la asignación 50-01-01-01-09-202 Devoluciones de Otros Impuestos, de la Ley de Presupuestos vigente, y no como se indica, de acuerdo al decreto N° 854, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que determina las clasificaciones presupuestarias.
Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
Al señor
Ministro de Hacienda
Presente.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 27-NOV-2012
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Texto Original
De 22-OCT-2012
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22-OCT-2012 | 26-NOV-2012 |
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