Decreto 434 EXENTO
Decreto 434 EXENTO DETERMINA NÚMERO DE SEMANAS PARA EL CÁLCULO DEL PRECIO DE PARIDAD DE IMPORTACIÓN DE LA GASOLINA AUTOMOTRIZ DE ACUERDO A LA LEY Nº 20.493
MINISTERIO DE HACIENDA
DETERMINA NÚMERO DE SEMANAS PARA EL CÁLCULO DEL PRECIO DE PARIDAD DE IMPORTACIÓN DE LA GASOLINA AUTOMOTRIZ DE ACUERDO A LA LEY Nº 20.493
Núm. 434 exento.- Santiago, 2 de abril de 2012.-Vistos: Lo dispuesto en los incisos octavo y décimo del artículo Nº 2 de la ley Nº 20.493; en el oficio Ord. Nº 111, de 2 de abril de 2012, de la Comisión Nacional de Energía, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, dicto el siguiente
Decreto:
1.- Determínase que el número de semanas para calcular el precio de paridad de importación, de acuerdo a los incisos octavo y décimo del artículo Nº 2 de la ley Nº 20.493, será de una semana para la gasolina automotriz, para los precios que se establezcan al menos durante los próximos tres meses, a partir del día jueves 5 de abril de 2012.
2.- Para los demás combustibles derivados del petróleo a los que se aplica la ley Nº 20.493, se mantiene el número de dos semanas, establecido en el inciso décimo del artículo Nº 2, de la ley Nº 20.493.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
---|---|---|---|---|
Única
De 04-ABR-2012
|
04-ABR-2012 |
Comparando Decreto 434 EXENTO |
Loading...