Decreto 294
Decreto 294 DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO AL HOTEL CONTINENTAL, UBICADO EN LA COMUNA DE TEMUCO, PROVINCIA DE CAUTÍN, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Promulgación: 03-AGO-2011
Publicación: 18-AGO-2011
Versión: Única - 18-AGO-2011
DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO AL HOTEL CONTINENTAL, UBICADO EN LA COMUNA DE TEMUCO, PROVINCIA DE CAUTÍN, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Núm. 294.- Santiago, 3 de agosto de 2011.- Considerando:
Que el Hotel Continental tiene un alto valor rememorativo, histórico, arquitectónico, constructivo, urbano y de uso, que lo convierte en un hito de la ciudad de Temuco.
Que el inmueble, llamado en sus primeros años "Hotel de France", es considerado por los temuquenses como un emblema de la historia de la ciudad, tanto por su arquitectura como por las historias que ha reunido a lo largo del tiempo.
Que por su data (1890), está en el inconsciente colectivo de los temucanos, quienes lo relacionan con la ocupación de la Araucanía y llegada de colonias extranjeras (1860-1883), con la fundación de la ciudad (1881) y con la llegada del ferrocarril (1895), alojando en él los primeros colonos de la región e inmigrantes a la ciudad.
Que su historia está ligada a la de Temuco, especialmente a la del período de su formación e interacción de personas y comunidades de orígenes diversos. Coincide con una época de incipiente prosperidad en la ciudad, en la que se llevaron a cabo importantes trabajos públicos de paisajismo, adoquinado de calles y la construcción, tanto pública como privada, de innumerables edificios y en diferentes estilos y órdenes.
Que, el Hotel Continental albergó el apogeo de la actividad social, política, empresarial y cultural durante toda la primera mitad del siglo XX.
Que, la influencia cultural francesa propia de la época se manifestó con fuerza en el Hotel Continental, por cuanto su centralidad, arquitectura y espacios permitieron el lucimiento de espectáculos, artistas, agrupaciones musicales y exposiciones diversas.
Que, en el Hotel Continental se hospedaron ilustres personajes de nuestra historia. Gabriela Mistral, el año 1920 habría vivido en el hotel, cuando fue Directora del Liceo de Niñas de Temuco, ubicado al frente de éste. Otro pasajero ilustre del hotel fue Pablo Neruda y los presidentes Pedro Aguirre Cerda, Eduardo Frei Montalva y Salvador Allende. Este último dio un discurso desde el balcón de la esquina durante una de sus campañas presidenciales.
Que, el inmueble representa un modelo de arquitectura del siglo XIX, de una ciudad de frontera, y por lo tanto, propia de cierta austeridad de recursos, a pesar de lo cual genera espacios interiores de gran nobleza, tanto por sus amplias dimensiones como por la calidad de sus materiales y buenas terminaciones. Se trata de una solución de edificio-esquina, con una orientación nor-poniente que da categoría a su entorno y que se desarrolla en dos niveles, con ventanas rectas, donde originalmente existía un balcón por cada vano, destacando el que se situaba en la esquina ochavada. Posee un zócalo característico de los edificios de su época, en el que rematan en su parte inferior las ventanas del primer nivel. El uso de pilastras en torno a las ventanas sirve para remarcar y jerarquizar los vanos.
Que, el Hotel Continental fue estructurado en base a un sistema de muros perimetrales en albañilería de ladrillo confinados en madera, propio del siglo XIX y anterior a la normativa sismo resistente. A pesar de ello, ha resistido todos los sismos del siglo XIX y XX en la Región de la Araucanía. Tiene entrepiso de madera y tabiquerías interiores de estructura con revestimientos de madera, destacando el predominio de revestimientos de madera en interiores.
Que, el Hotel Continental es parte de la trama fundacional de Temuco, una de fachadas continuas y manzanas cerradas, de dos pisos, con esquinas ochavadas. Conforma y colabora así a preservar el carácter tradicional de una esquina central de la ciudad, en su concepción original, de una tipología propia de su época y hoy escasa.
Que, se trata de un edificio representativo del patrimonio hotelero de Chile, que no ha cambiado su uso.
Que, existe escaso patrimonio inmueble protegido, tanto en la ciudad de Temuco como en toda la Región de la Araucanía, y
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la ley Nº 17.288, el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el oficio ordinario Nº 3485, de 14 de julio de 2011 del Consejo de Monumentos Nacionales; las actas de sesión del Consejo de Monumentos Nacionales de 13 de abril, 11 de mayo y 8 de junio, todas de 2011; el oficio ordinario Nº 867, de 16 de mayo de 2011, de don Miguel Becker Alvear, alcalde de la I. Municipalidad de Temuco; la carta de 10 de diciembre de 2010, de don Andre Grimblatt Hinzpeter; y la resolución Nº 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República de Chile.
Decreto:
Artículo único: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico, al Hotel Continental, ubicado en calle Antonio Varas Nº 708, de la comuna de Temuco, provincia de Cautín, Región de la Araucanía.
El área protegida tiene una superficie aproximada de 1.287 m2, como se grafica en el polígono con las letras A-B-C-D-E-A, del plano adjunto, que forma parte del presente decreto.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 18-AGO-2011
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18-AGO-2011 |
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