Resolución 235 EXENTA
Resolución 235 EXENTA AMPLÍA RESOLUCIÓN Nº 208, DE FECHA 4 DE MARZO DE 2009, COMPLEMENTADA POR LA RESOLUCIÓN 1.474, DE FECHA 21 DE AGOSTO DEL 2009, AMBAS DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE EDUCACIÓN DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS, Y DELEGA FACULTADES QUE SEÑALA EN JEFE/S PROVINCIAL/ES DE INSPECCIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN; SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL VI REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
AMPLÍA RESOLUCIÓN Nº 208, DE FECHA 4 DE MARZO DE 2009, COMPLEMENTADA POR LA RESOLUCIÓN 1.474, DE FECHA 21 DE AGOSTO DEL 2009, AMBAS DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE EDUCACIÓN DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS, Y DELEGA FACULTADES QUE SEÑALA EN JEFE/S PROVINCIAL/ES DE INSPECCIÓN
Núm. 235 exenta.- Rancagua, 10 de marzo de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653, de 2001, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia; la Ley Nº 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; la Ley 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación; el decreto con fuerza de ley Nº 2, de Educación, de 1998, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales; el decreto supremo de Educación Nº 8.144, de 1980, y sus modificaciones; la Ley Nº 20.314, de Presupuestos para el Sector Público, para el año 2009; la Ley Nº 20.407, de Presupuestos para el sector público para el año 2010; la Ley Nº 20.481, de Presupuestos para el sector público para el año 2011, Programa 21, capítulo 01, partida 09, glosa 01; la resolución exenta Nº 3.569 del Ministerio de Educación; resoluciones exentas Nº 208 de 4 de marzo del 2009 y Nº 1.474 de 21 de agosto de 2009, ambas de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1.- Que, es función del Ministerio de Educación adoptar las medidas y generar las condiciones que sean necesarias para un efectivo cumplimiento de los fines que le son propios, siendo una política institucional la modernización y desconcentración de la gestión, un mecanismo para el cumplimiento de los mismos.
2.- Que, esta Secretaría Ministerial de Educación, se encuentra inserta en el Programa de Modernización de la Gestión, lo que implica una agilización en los trámites administrativos en el servicio de la educación de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con el fin de otorgar una mejor atención al usuario.
3.- Que, en este marco, se ha detectado la necesidad de reforzar las labores de fiscalización de los establecimientos educacionales subvencionados del país, optimizando los recursos humanos y materiales para llevar a cabo dicha función, creándose para estos efectos la Unidad Nacional de Subvenciones a través de la Ley Nº 20.314, de Presupuestos para el sector público para el año 2009, ordenándose su continuidad mediante las Leyes Nº 20.407 y 20.481, de Presupuestos para el sector público para los años 2010 y 2011, respectivamente.
4.- Que, en virtud del programa 21, capitulo 01, partida 09, glosa 02, de la Ley Nº 20.481, de Presupuesto para el año 2011, el Ministro de Educación, el Subsecretario de Educación, los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación y los Jefes Provinciales de Educación delegarán, cuando corresponda, en los Jefes Regionales de Subvenciones, Jefes Provinciales de Inspección y Jefes Provinciales de Pago, de la Unidad de Subvenciones, las facultades técnicas y administrativas que sean necesarias para el buen funcionamiento de la Estructura Nacional, Regional y Provincial de dicha Unidad.
5.- Que las facultades para instruir, sustanciar procesos administrativos y aplicar las sanciones a los establecimientos educacionales que cometan infracciones al DFL Nº2, de Educación, de 1998 y sus modificaciones, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales y al decreto supremo de Educación Nº 8.144 de 1980, y sus modificaciones, se encuentran radicadas en los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación, y han sido delegadas por resoluciones exentas Nº 208 de 4 de marzo del 2009, y Nº 1.474 de 21 de agosto del 2009, ambas de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, al Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones de esta misma región.
6.- Que por resolución exenta Nº 3.569 del Ministerio de Educación, se fijan los Códigos de Observación del Sistema de Inspección del Ministerio de Educación.
7.- Que, de acuerdo a las consideraciones anteriores, se hace necesario ampliar las delegación efectuada al Jefe Regional de Subvenciones, en el sentido de delegar también en los Jefes Provinciales de Inspección que se indican, la facultad de sustanciar procesos administrativos y aplicar sanciones a los establecimientos educacionales que cometan ciertas infracciones al DFL Nº 2, de Educación, de 1998, y sus modificaciones, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales y al decreto supremo de Educación Nº 8.144, de 1980, y sus modificaciones, las que serán indicadas en el resuelvo de este acto administrativo,
Resuelvo:
Artículo 1º Amplíase la resolución exenta Nº208 de 4 de marzo del 2009 complementada por la resolución exenta Nº 1.474 de 21 de agosto del 2009, ambas de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins en el sentido y términos que a continuación se expresa:
1º Agrégase el siguiente artículo 2 bis:
Artículo 2 Bis. Deléguese en los Jefes Provinciales de Inspección de los Departamentos Provinciales de Educación de Cachapoal, Colchagua y Cardenal Caro, las facultades de instruir, sustanciar y resolver procesos administrativos en primera instancia y aplicar sanciones a los establecimientos educacionales que infrinjan el DFL Nº 2, de Educación, de 1998, y sus modificaciones, y al decreto supremo de Educación Nº 8.144, de 1980, y sus modificaciones, respecto de aquellos códigos que den origen a la aceleración en la tramitación del proceso administrativo, definidos a través de un instructivo del Subsecretario de Educación, de acuerdo a lo dispuesto en la resolución exenta Nº 3.569 del Ministerio de Educación, que fija los Códigos de Observación del Sistema de Inspección del Ministerio de Educación.
Artículo 2º Los procesos administrativos por infracción al DFL Nº 2 de Educación, de 1998, y sus modificaciones, y al decreto supremo de Educación Nº 8.144, de 1980, y sus modificaciones, que se encuentren pendientes a la fecha de este acto administrativo, continuarán siendo conocidos y tramitados por la autoridad en que ya se encuentran radicados.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 17-MAR-2011
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17-MAR-2011 |
Comparando Resolución 235 EXENTA |
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